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La Corte Constitucional le dio al presidente Gustavo Petro un espaldarazo de primer nivel. El alto tribunal le puso freno de mano a la investigación que adelantaba el Consejo Nacional Electoral (CNE) en contra del jefe de Estado por supuestas irregularidades en las cuentas de la campaña presidencial que lo llevó a la Casa de Nariño en 2022. La medida provisional, que causó división en la Sala Plena, pues la votación quedó cinco contra cuatro, solo suspende las pesquisas de esa instancia electoral en contra de Petro y, además, le pone pausa a los términos del expediente y deja también pausada la fecha de su prescripción. La decisión que se impuso en la Corte fue propuesta por el magistrado Vladimir Fernández.
En su edición del pasado 13 de abril, El Espectador reveló que el ponente, el exsecretario jurídico de la Casa de Nariño, seleccionó la tutela que presentó su exjefe, el presidente Petro, en contra de la decisión de la Sala de Consulta del Consejo de Estado que, en agosto de 2024, le dio vía libre al CNE para investigarlo. Precisamente fue esa decisión la que suspendió la Corte Constitucional, lo que representa los primeros asomos de un choque de trenes judicial del más alto calibre. El magistrado Fernández escaló el caso hasta la Sala Plena para que fueran los nueve magistrados que la componen quienes decidieran en el expediente de primer nivel por la relevancia del tema.
Asimismo, el magistrado Fernández le propuso a sus compañeros tomar como medida preventiva frenar la investigación hasta que no resolvieran ellos mismos el proceso. Su propuesta, aunque polémica por la cercanía que ha tenido con el primer mandatario, resultó victoriosa en la Sala Plena. Pero no salió limpia. Aunque los magistrados Vladimir Fernández, Miguel Polo Rosero, Cristina Pardo Schlesinger, Diana Fajardo Rivera y Juan Carlos Cortés González votaron por suspender la investigación mientras resuelven el caso de fondo, los cuatro miembros restantes de la Sala se opusieron.
Los magistrados Natalia Ángel Cabo, Paola Andrea Meneses Mosquera, Jorge Enrique Ibáñez Najar y José Fernando Reyes Cuartas salvaron sus votos en la decisión y se apartaron, porque no estuvieron de acuerdo con los argumentos de Fernández. La propuesta que le presentó el magistrado Fernández a sus colegas concretamente señalaba que la medida provisional evitaría un perjuicio irremediable e irreversible al presidente. Según el documento que envió a la Sala Plena, los derechos de quien fue su jefe serían seriamente afectados si el CNE lo llegase a sancionar antes de que la Corte tome una decisión.
Además, sostuvo que el asunto que tiene que resolver el alto tribunal va más allá del caso Petro, y que es un debate de primer nivel sobre el fuero presidencial. Incluso, dijo que el proceso debe ser prioritario para la Sala, porque si el CNE decide antes, el país podría entrar en una crisis institucional. Adicionalmente, el magistrado Fernández aseguró que la Comisión de Acusación de la Cámara de Representantes es la que debe encargarse de recibir y estudiar las denuncias contra el presidente, como lo ha dicho en repetidas ocasiones su exjefe. Sin embargo, para algunos de sus compañeros, esos argumentos no convencieron.
Por mencionar algunos, para la magistrada Ángel, “no se demostró la necesidad de precaver un daño irreparable para los derechos del presidente o para el interés público”. Además, dice su salvamento de voto, si lo que le preocupa a la Sala Plena es que el CNE tome una decisión sancionatoria contra el presidente, pues lo que corresponde es que la Corte tome una decisión de fondo rápido. Por su parte, el presidente de la Corte, el magistrado Ibáñez, señaló que la medida provisional es errónea, porque “el proceso que adelanta el CNE está en curso, todavía en la etapa de investigación, con la práctica de pruebas”.
Por lo tanto, dice el magistrado, “no hay ninguna decisión tomada y tampoco puede considerarse que haya inminencia en ello, ya que todavía es necesario surtir varias actuaciones”. Para él, “en este caso no hay un perjuicio, ni siquiera inminente, para el actor (Gustavo Petro)”. Para Ibáñez, tomar una medida como la que tomó este jueves la Corte, podría “afectar el ejercicio de las competencias del CNE”. La noticia cayó como un salvavidas para el presidente Gustavo Petro, quien desde que iniciaron las pesquisas en su contra en el CNE ha alegado que ese órgano no es competente para investigarlo, pues tiene fuero presidencial.
Según el primer mandatario, es la Comisión de Acusación la instancia a la que le corresponde conocer las denuncias en su contra. Aunque en más de una ocasión Petro ha dicho que el alto tribunal toma decisiones en contra suya o de sus iniciativas para darle un “golpe blando”, esta vez publicó en su cuenta de X: “La Corte Constitucional frena un golpe de Estado”. Y, en un evento público en Soledad (Atlántico), agregó: “Tengo que agradecerle a la Corte de que se haya parado firme”. Por lo pronto, el grueso del expediente del CNE en contra la campaña presidencial de Petro y sus alfiles, como el gerente y los tesoreros, sigue avanzando, pues la Corte aclaró que su decisión solo congela las pesquisas contra el jefe de Estado.
Con esta pausa en la investigación contra Petro, el alto tribunal entra en una etapa activa para resolver una pregunta de carga jurídica y constitucional, pero esencial para darle las costuras finales a una discusión que podría cambiar la investigación contra Petro: ¿Puede el CNE investigar a un presidente o la única instancia que puede hacerlo es la Comisión de Acusación? Un debate, en última, para alquilar balcón.
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