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JEP aceptó sometimiento del excongresista Rodrigo Roncallo por vínculos con AUC

El político ya había pedido pista en 2022 y la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas le había cerrado la puerta. En esta ocasión, el tribunal consideró que los hechos por los que fue llamado a juicio en la Corte Suprema de Justicia son validos para conocer su expediente.

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10 de abril de 2023 - 11:28 p. m.
El político ya había pedido pista en 2022 y la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas le había cerrado la puerta. En esta ocasión, el tribunal consideró que los hechos por los que fue llamado a juicio en la Corte Suprema de Justicia son validos para conocer su expediente.
El político ya había pedido pista en 2022 y la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas le había cerrado la puerta. En esta ocasión, el tribunal consideró que los hechos por los que fue llamado a juicio en la Corte Suprema de Justicia son validos para conocer su expediente.
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En mayo de 2018, la Corte Suprema de Justicia llamó a juicio al excongresista Rodrigo de Jesús Roncallo Fandiño por el delito de concierto para delinquir por, supuestamente, haber recibido apoyo financiero del Bloque Norte de las AUC para las elecciones del Congreso en 2006 y 2010 en las que resultó elegido como representante a la cámara por el departamento de Magdalena. Este lunes, la Jurisdicción Especial para la Paz anunció que aceptó su sometimiento.

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El político había pedido pista el año pasado, pero el tribunal le negó su pretensión porque consideró que el aporte a la verdad que consignó tenía inconsistencias y no era significativo frente al contexto sobre el esclarecimiento de hechos de macrocriminalidad que investiga el tribunal. Además, consideró que la información no fue franca, completa y leal. Este lunes, en un revés aceptó su sometimiento en calidad de agente del Estado no integrante de la fuerza pública.

Para la Sección de Apelación, el reconocimiento de responsabilidad por el delito de concierto para delinquir agravado por el que la Corte Suprema de Justicia lo acusó es suficiente para aceptar su sometimiento ante la JEP. “La admisión de responsabilidad del peticionario constituye un paso trascendente en materia de verdad e implica una progresión respecto del umbral fijado por la jurisdicción penal ordinaria”, dijo la JEP.

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La Sección consideró que el político no contiene una versión contraevidente, ilógica o irrazonable. Sobre su propuesta de reparación estimó que no es revictimizante por lo que no existe motivo para censurar su estadía en el tribunal de paz. Entre otras cosas, la Sección dijo que la Sala de Justicia deberá fijar su “status libertatis” una vez se registre el carácter gradual, progresivo y dinámico de las pruebas que revele.

“Independientemente de que en la actualidad Roncallo Fandiño se encuentre en libertad por causa del habeas corpus fallado a su favor por el Juez Promiscuo de Chibolo es claro que debe definírsele la condición en comento. Aunque en este momento el peticionario no se encuentra materialmente privado de la libertad, jurídicamente pesa sobre él una medida de aseguramiento de detención preventiva en establecimiento carcelario”, dijo la JEP.

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La Sección de Apelación dijo que deberá tomar una decisión de fondo mientras avanza su proceso de sometimiento. “La Sección de Apelación hace un llamado al peticionario de exhibir la coherencia y lealtad procesal que debe caracterizar el comportamiento de un interesado en ser sujeto de tratamiento transicional para que ventile sus pretensiones a través de los mecanismos y canales previstos en la JEP”, resaltó el tribunal en un auto de más de 50 páginas.

Sobre el político existen testimonios respecto de sus nexos con grupos paramilitares para llegar al legislativo. Según la Corte Suprema, Jorge Luis Caballero exlíder político y confeso paramilitar mencionó que Roncallo Fandiño recibió apoyo financiero de los cabecillas del Bloque Norte a cambio de que en su Unidad de Trabajo Legislativa (UTL) se otorgara dos plazas en donde se ubicó, sin mérito alguno, a su excompañera sentimental y la progenitora de ella.

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“En efecto, los vínculos que durante el ejercicio de la función congresual se atribuyen al sindicado Roncallo Fandiño con el Bloque Norte de autodefensas que incursionó en el departamento del Magdalena, se ven palmariamente reflejados en los testimonios y documentos aducidos a lo largo de la presente investigación, de los cuales también se desprenden una serie de indicios graves de responsabilidad que lo comprometen seriamente en el delito de concierto para delinquir agravado”, expone el auto.

Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

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