La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) revocó el sometimiento del exsenador Álvaro Antonio Ashton Giraldo, quien es procesado por los delitos de concierto para delinquir agravado, cohecho por dar u ofrecer y amenazas. Habría incurrido en esos cargos según la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, la Fiscalía Tercera Delegada ante la Corte Suprema de Justicia y la Fiscalía 29 Especializada de la Unidad de Administración Pública.
#Atención: La JEP revoca el sometimiento y la libertad transitoria, condicionada y anticipada del excongresista Álvaro Ashton.
— Jurisdicción Especial para la Paz (@JEP_Colombia) October 26, 2021
📝La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas consideró que los aportes del compareciente fueron insuficientes, vagos y sin fundamento.
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Según la Sala (SDSJ), junto a esta decisión también se determinó que se le revoca la libertad transitoria que se le había otorgado en 2019. Ashton había sido admitido en esta jurisdicción el 16 de julio de 2019, cuando presentó su compromiso para aportar con la verdad en los casos por los que se le investiga. Lo aportes hechos por el exsenador se dieron el 13 de septiembre, 24 de octubre y 6 de diciembre de 2019 y 20 de enero de 2020, pero hoy la JEP los consideró insuficientes.
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Esta jurisdicción transitoria valoró los aportes hechos por Ashton y concluyó que “fueron insuficientes, vagos y sin fundamento, y no cumplieron con los presupuestos exigidos”. Por tal motivo, la JEP determinó que sus testimonios y aceptación de responsabilidades “no superaron lo demostrado en su contra en la jurisdicción ordinaria, que es el umbral exigido en la justicia transicional”.
Los procesos contra el excongresista eran cinco investigaciones en la Corte Suprema de Justicia, de las cuales tres pasaron a manos de esta justicia especial: la primera, por vínculos con el frente José Pablo Díaz de las Autodefensas (Auc); otra por amenazas a un exparamilitar que era testigo en su contra, y una última, la del cartel de la toga, porque pagó —como él mismo ya aceptó— un millonario soborno para que su expediente por parapolítica se archivara.
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La Sala también afirmó que los aportes del exsenador no son del todo ciertas, pues la jurisdicción dijo que el testimonio de Ashton “no es significativo y no conduce a la construcción de una verdad colectiva, pero además, deja advertir la falta de franqueza en sus dichos y la actitud contumaz frente a la poca o casi nula satisfacción de los principios del Sistema (Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición)”. Según la JEP, la información entregada por el exsenador no es clara, precisa, ni detallada para ayudar a esclarecer la participación de grupos paramilitares, como las Autodefensas Unidad de Colombia (Auc), en entidades estatales.
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Esta jurisdicción revocó el sometimiento de Ashton diciendo que ante la aparente falta de colaboración, “lo procedente era revocar la aceptación del sometimiento y, como consecuencia de ello, también la revocatoria del beneficio de libertad transitoria, condicionada y anticipada”. Asimismo, el proceso que tenía la JEP contra el exsenador volverá a la justicia ordinaria. Ashton fue de los primeros procesados por vínculos con el paramilitarismo que llegó a la JEP. Ashton, antes de llegar a la jurisdicción transitoria, estaba siendo procesado por la Corte Suprema de Justicia por concierto para delinquir por presuntos nexos con los paramilitares.
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