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Arrancó la audiencia en la que el expresidente Álvaro Uribe Vélez conocerá el fallo de primera instancia en la investigación penal que lleva a cuestas. La jueza 44 penal de Bogotá, Sandra Heredia Aranda, leerá el sentido del fallo en el que se sabrá si el líder del Centro Democrático es condenado o absuelto de los delitos de soborno, soborno en actuación penal y fraude procesal.

La tesis de la Fiscalía es que Álvaro Uribe Vélez fue el determinador de un esquema de manipulación de testigos que habría ofrecido dádivas y ejercido presiones a exparamilitares para que cambiaran su versión sobre los supuestos vínculos del expresidente con grupos al margen de la ley.

Lea: ¿Uribe irá a la cárcel? ¿Qué pasa si queda absuelto?: guía para entender el caso

Por el contrario, la defensa de Uribe sostuvo durante todo el proceso que el expresidente nunca supo de esas presiones o sobornos, que jamás dio la orden de ofrecer dádivas y que lo único que trató de hacer fue que los testigos le dijeran la verdad a la justicia. Hoy, la jueza Heredia definirá, en primera instancia, quién tiene la razón.

Siga el minuto a minuto en vivo:

Actualización clave28 de julio de 2025 - 02:57 p. m.

“Llegó el día de la justicia”: senador Iván Cepeda

Tras finalizar la lectura del fallo condenatorio contra el expresidente Álvaro Uribe, por los delitos de soborno en actuación penal en concurso homogéneo y fraude procesal en concurso homogéneo, el senador Iván Cepeda se pronunció a las afuera del complejo de Paloquemao en Bogotá.

“Llegó el día de la justicia. A pesar de inmensas presiones políticas y mediáticas, la jueza Sandra Liliana Heredia ha procedido hoy una decisión de carácter histórico. Ha hecho valer, tal vez por primera vez, de forma tan plena en nuestra vida republicana, el principio de que nadie puede, impunemente, desafiar y mancillar el imperio de la ley y la Constitución”.

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El senador Cepeda, quien también es víctima acreditada en el caso, agregó que “a comienzos de este siglo, el expresidente hoy condenado, Álvaro Uribe Vélez, intentó imponer a las víctimas y a la sociedad colombiana un modelo que intentaba la negación y la impunidad de crímenes de lesa humanidad en los cuales él estaba también comprometido”.

“Ese modelo autoritario, se ha frustrado, en buena parte, gracias a la decisión, al valor civil y a la dignidad del poder judicial. Juezas, fiscales mujeres, magistrados y magistradas, abogados, abogadas, víctimas han sido quienes han sabido defender la verdad y la dignidad en este país”, concluyó el senador; e hizo un llamado a Uribe y a su defensa a “que respete y acate la institucionalidad, y respete, ante todo, a la justicia”.

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Actualización clave28 de julio de 2025 - 01:59 p. m.

Uribe es declarado culpable por los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal

Luego de narrar punto por punto los hechos claves en el caso del expresidente, la jueza señaló que “no cabe duda que el procesado (Uribe) conocía lo ilícito de su proceder. De otra manera no puede explicarse que no lo hiciera directamente o a través de sus abogados de cabecera”.

Por lo tanto, “se concluye y se ha acreditado más allá de duda razonable que Álvaro Uribe Vélez determinó dolosamente a Diego Javier Cadena Ramírez en la ejecución de los delitos de soborno en actuación penal en concurso homogéneo y fraude procesal en concurso homogéneo”, declaró la Jueza Heredia.

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Con este comportamientos, la togada señaló que “queda claro que (Uribe) afectó gravemente el bien jurídico de la administración de justicia. El bien protegido tanto por el delito de soborno en actuación penal como fraude procesal. Y que, como ya se ha resaltado, el mismo no se ejerció contra cualquier juez sino que fue directamente contra la Corte Suprema de Justicia”.

La lectura del fallo, que duro casi 11 horas, terminó concluyendo que el expresidente Álvaro Uribe Vélez “en su condición de máxima autoridad, que tuvo el honor de regir los destinos de nuestro país, incurrió en estos comportamientos y, de esa manera, ha mandado un mensaje a la sociedad muy negativo para las futuras generaciones, que ven en estas conductas el comportamiento que una persona de los connotables cargos a los cuales ha accedido”.

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Finalmente, frente a la medida privativa de la libertad que deberá pagar el hoy condenado expresidente, la jueza Sandra Heredia señaló que, en principio, la decisión final estará en manos del Tribunal Superior de Bogotá. Sin embargo, por las conductas por las que se determinó la condena, el expresidente se haría merecedor de la prisión domiciliaría. Ante esa consideración, la Fiscalía también consideró como medida justa esa propuesta para sustitituir la pena de prisión en un centro carcelario. En todo caso, el monto de la pena y la medida privativa de la libertad se conocerá en la próxima audiencia de Heredia, que fue programada para el próximo viernes 1° de agosto.

Actualización clave28 de julio de 2025 - 12:43 p. m.

El capítulo de la exfiscal Hilda Niño

En 2020, la exfiscal Hilda Niño fue condenada por recibir sobornos para favorecer a narcotraficantes que investigaba en su momento. En el expediente del político de Centro Democrático, la exfuncionaria fue señalada de declarar a favor de los hermanos Uribe a cambio de ser trasladada de la cárcel El Buen Pastor, donde presuntamente se encontraba en riesgo. Esta fue un petición que le habría hecho a Álvaro Uribe a través del abogado Cadena.

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Niño aseguró que tenía pruebas de cómo el exfiscal general, Eduardo Montealgre, y su mano derecha, Jorge Perdomo, habrían interferido de forma ilegal en el expediente contra Santiago Uribe, quien había sido acusado, y luego absuelto, en el caso de paramilitarismo conocido como los 12 Apóstoles.

Sobre este hecho de la investigación contra el exmandatario, la jueza Heredia señaló que es inaceptable que Niño “quien otrora representó la administración de justicia, ocupando unos de los cargos más dignos y con mayor vocación al servicio público, al verse vinculada a un proceso penal, haya abandonado su obligación de fidelidad a la institución que le amparó, para acto seguido adherirse a un plan criminal que contradice de forma palmaria todo lo que alguna vez defendió”.

Heredia agregó que la inclusión de Hilda Niño a la “larga lista de testigos privados de la libertad que desfilaron en favor del acusado (Uribe), replicando el tan desgastado discurso que ‘yo me enteré del llamado de Uribe Vélez por redes sociales’, es el sello de ilicitud que se estampa en este episodio, que como ya se acotó, precisa la mayor censura posible por atentar contra la vigencia del ordenamiento legal, la seguridad jurídica, y la confianza de las instituciones”.

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La defensa siempre alegó que el traslado de prisión de Hilda Niño no fue por incidencia de Uribe, sino por vías legales. Ante la duda razonable del hecho, el expresidente “se absuelve (del delito de soborno simple) por falencias en la construcción de los hechos jurídicamente relevantes”, dictaminó la jueza.

Actualización clave28 de julio de 2025 - 11:30 a. m.

Se consumó el soborno en actuación penal sobre tres testigos

La jueza Heredia extendió su sentido del fallo con respecto al delito de soborno en actuación penal, además de Monsalve, a dos otros testigos: los exparamilitares Carlos Enrique Vélez, alias Víctor, y Euridice Cortes, alias Diana. La jefa de despacho consideró que Uribe Vélez también sabía de las actuaciones adelantadas por su exabogado Diego Cadena en el marco del encuentro con otros criminales, en este caso exparamilitares, buscando torcer sus testimonios para resultar favorecido en procesos judiales.

En el caso de alias Víctor, el exparamilitar es conocido por testificar, con pruebas en mano, haber recibido hasta $26 millones de pesos de Cadena, quien lo buscó en la cárcel de Palmira (Valle del Cauca), en 2017. El testigo ha explicado que Cadena le ofreció múltiples beneficios, incluyendo los económicos, para que declarara en contra de Cepeda y a favor de Uribe. Y que el ofrecimiento fue de hasta $200 millones.

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En relación con Eurídice Cortés Velasco, alias Diana, se sabe que fue integrante del frente Cacique Pipintá de las AUC. El expediente muestra que Cadena la visitó en prisión, en 2018, buscando que grabara un video que terminara en la Corte Suprema de Justicia. Todo ello con el objetivo de rebatir unas antiguas declaraciones del exjefe paramilitar Pablo Hernán Sierra García, alias Alberto Guerrero, quien ha sostenido que los Uribe Vélez fueron claves en la creación delo Bloque Metro paramilitar.

“La base de la Convivir, en San José del Nus, fue a un costado del bar Ganadero, que es una propiedad de esa familia de toda la vida. Ahí fue la oficina de la Convivir, y donde conocí a Juan Monsalve en el año 1996. En ese momento arranca la amistad mía con Juan y nos volvemos a encontrar prácticamente aquí en Cómbita en el 2011, ya después estuvimos juntos en Itagüí y arranca toda esta historia que es donde yo le doy las entrevistas al senador Iván Cepeda”, relató Sierra, durante el juicio, en abril pasado.

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Actualización clave28 de julio de 2025 - 10:39 a. m.

Juez responsabiliza a Uribe por el delito de soborno en actuación penal

Validando que Uribe sí sabía de las movidas de su antiguo abogado Diego Cadena en las cárceles, la jueza Heredia dijo que esta “suficientemente acreditada la actuación del expresidente en el delito de soborno en actuación penal”. Todavía resta conocer si es culpable por otros hechos acusados en el marco de ese delito y por los delitos de soborno y fraude procesal.

En el caso concreto del delito de soborno en actuación penal, la jueza sustentó que el expresidente Uribe sí tenia conocimiento del andamiaje de presiones contra el testigo Monsalve y que “la dirección del flujo de información fue de Huila hacía Bogotá por determinación, tal vez, de Álvaro Uribe Vélez, que encomendó a su comitiva la tarea de embotellar a Juan Guillermo Monsalve”.

Actualización clave28 de julio de 2025 - 10:30 a. m.

Jueza señaló que Uribe sí sabía de los movimientos del abogado Cadena

Aunque la defensa del expresidente intentó demostrar que los ofreciemientos del abogado Diego Cadena no contaron con la aprobación del expresidente Uribe, la jueza Heredia señaló que las interceptaciones a las “llamadas dejan ver claro que, contario a lo que se ha querido hacer creer, el señor Cadena si le reportaba en tiempo real al procesado lo que en su nombre estaba ejecutando”.

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Heredia mencionó una llamada en específico: el 3 de abril de 2018, a las 10:50 a.m., el abogado (Cadena) le reportó las gestiones realizadas a una dama “con la que al parecer existia una relación cercana”. En dicha interceptación, Cadena dijo que tras las visitas a Monsalve en la cárcel, el encuentro “se desprendió de otra cantidad de cosas que quedaron pendientes con esas vainas y esas llamadas. Eso quedó para el jueves a las ocho de la mañana. Ya no en el cárcel, sino con la esposa (Deyanira Gómez) del señor. Entonces nada, ya le puse en conocimiento al presidente ahora, ya me dio intruciones”, leyó la jueza.

Además, mencionó que dicho reporte también lo “realizó con relación a Enrique Pardo Hashe, que el mismo día dio cuenta: ‘Entonces yo le dije: presidente, yo lo que sí puedo hacer es ayudarle con un recurso de revisión que es un tema jurídico y yo me comprometo a hacerlo siempre y cuando usted lo avale”. En el audio, Cadena señaló que el expresidente Uribe le “dijo hágale; entonces yo ya le dije a la esposa que yo sí lo puedo ayudar con una revisión ante la Corte, pero eso no siginifica absolutamente nada”. Ese recurso esa importante para Monsalve, dado que está condenado a más de 40 años de cárcel por secuestro extorsivo y su caso solo puede cambiar a través de un recurso de revisión.

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La jueza concluyó que todos estos informes evidencian que “el procesado (Uribe) tenía conocimiento de las gestiones adelantadas por Diego Javier (Cadena), orientadas a lograr la retratacción del testigo Juan Guillermo Monsalve, quien a cambio tendría determinados beneficios y no propiamente jurídicos, porque como bien lo señaló su abogado Romero Agudelo, el único camino que tenía para recobrar su libertad era purgar la pena o valerse del trabajo de un buen ingeniero”.

En paralelo, la defensa insiste que jamás se lo solicitó a Monsalve que faltará a la verdad, al ser la honestidad en la palabra la bandera de Uribe; pero Heredia señaló que esa es una “postulación que dista completamente de lo advertido en la prática probatoria conjunta, donde la necesidad de mutar las gloces incriminatorias era la pauta. Pidiéndosele a Juan Guillermo esa validación para ponerse a los intereses” de Uribe.

28 de julio de 2025 - 09:04 a. m.

La jueza cuestiona la credibilidad de alias “Caliche”

Luego del receso de una hora para almorzar, la jueza Heredia retomó la lectura del fallo con otro episodio clave que se enmarcó dentro del primer hecho que habla sobre las presiones que recibió Juan Guillermo Monsalve para cambiar su declaración. En este caso, hizo referencia a Carlos Eduardo López Callejas, alias “Caliche”, quien era amigo de Monsalve y lo contactó para que grabara un video con la retractación.

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La Fiscalía presentó las pruebas en las que, además de pedirle el cambio en su versión, López le dijo a su amigo que, a cambio, podía recibir beneficios. Sin embargo, durante el proceso, alias “Caliche” dijo que intercedió a favor de Uribe por decisión propia y por su admiración hacia el expresidente. Para Heredia, se trató de un testigo poco creíble, que se contradijo en varios momentos. Agregó que, aunque se autoinculpó como mentiroso, esa puesta en escena también tiene sus vacíos, principalmente porque la jueza lo considera un testigo mentiroso.

Sobre la participación de Uribe en este hecho, la jueza señaló que “escenificó toda una escena para exculparse” de cualquier hecho criminal, luego de que supo que sus comunicaciones estaban interceptadas.

Actualización clave28 de julio de 2025 - 07:27 a. m.

Las claves de la primera parte de la audiencia

Han pasado cuatro horas de la audiencia en la que la jueza Sandra Heredia lee el sentido del fallo en el caso del expresidente Uribe. Buena parte de la diligencia ha estado dirigida a resolver las exclusiones de algunas pruebas y a la valoración de los testigos del caso. Las versiones de Iván Cepeda, Juan Guillermo Monsalve y Deyanira Gómez Sarmiento (esposa de Monsalve), son algunas de las que más valor han tenido para la jueza, en su concepto, por el nivel de veracidad y la posibilidad de ser corroboradas sin contradicciones.

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La jueza dijo que sus testimonios, en el marco del proceso penal, son creíbles. Precisó que las declaraciones de Monsalve fueron de gran importancia para demostrar y sustentar parte de las versiones de los hechos. Agregó que, en efecto, hay evidencias de “maniobras” de ofrecimientos a testigos para manipular las versiones que señalaban al expresidente de tener relación con grupos paramilitares, aunque este no es el centro real del proceso actual. Un señalamiento dirigido concretamente a Cadena, exabogado de Uribe.

Sobre las pruebas, la jueza abordó el asunto del reloj espía con el que Monsalve, tras presiones de Enrique Pardo Hasche, hizo grabaciones en las que se hablaba de versiones que beneficiaban al expresidente Uribe, a cambio de recibir beneficios jurídicos. La togada validó la prueba por su importancia dentro del caso y rescató que la cadena de custodia de la misma, siempre se respetó. Es decir, que la información rescatada de esas grabaciones está dentro de los parámetros legales para ser tenida en cuenta en el proceso.

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Por otro lado, la jueza se refirió a uno de los temas que hizo parte de las 57 audiencias del juicio: la supuesta pertenecia de Juan Guillermo Monsalve a las autodefensas. La togada señaló que, aunque los testigos de la defensa de Uribe que fueron miembros del Bloque Metro de ese grupo ilegal señalaban que Monsalve no hacía parte de esa estructura, al ser una organización criminal tan grande, es posible que muchos de sus integrantes no se conocieran entre sí. Por eso, no sería válido quitarle valor a sus testimonios. Por otro lado, cabe aclarar que la Oficina del Alto Comisionado para la Paz no tiene documentos que conecten a Monsalve con grupos paramilitares. De hecho, está condenado por secuestro extorsivo como miembro de Los Rastrojos.

Finalmente, la jueza se refirió a la presunta protección que el senador Cepeda le habría ofrecido a Monsalve dentro del proceso y durante los años en los que visitó cárceles de Colombia y Estados Unidos mientras adelantaba sus propias indagaciones. La togada señaló que no hubo nada ilegal en dicha protección, que se hizo en elmarco legal, usando canales institucionales y que no se evidencias irregularidades.

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Actualización clave28 de julio de 2025 - 06:05 a. m.

Del delito de soborno en actuación penal

Luego del primer receso en la audiencia, la jueza Heredia dio su valoración sobre lo debatido en juicio. Inició con el primero de los tres delitos acusados: soborno en actuación penal. Para empezar, Heredia aseguró que el testimonio del senador Iván Cepeda, víctima en el expediente, es totalmente creíble. Durante las audiencias, este último explicó la manera en que visitó a exparamilitares en distintas cárceles en Colombia y Estados Unidos, a quienes escuchó con respecto a que Uribe Vélez pudo haber cometido delitos y tener acercamientos con estos grupos criminales. Para la jueza, lo relatado por Cepeda fue “serio, coherente, tranquilo, sin incurrir en contradicciones”.

Asimismo, la jueza se refirió a otra de las víctimas del proceso: Deyanira Gómez Sarmiento, exesposa del testigo Monsalve. Sobre ella, Heredia explicó que su testimonio también fue claro y coherente. Durante la audiencia, lamentó los ataques que sufrió Gómez a lo largo del proceso, en el que fue tildada hasta de guerrillera. “La acusaron de un sinnúmero de situaciones deshonrosas y tergiversaron sus situaciones personales. Le agregaron una doble carga a soportar como mujer”, explicó la jueza. Además, referenció que producto del proceso la testigo tuvo que exiliarse de Colombia, perdiendo el arraigo que como médica había construido.

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Luego de ello llegó el turno de valorar lo dicho por el testigo estrella del caso: Juan Guillermo Monsalve, exmiembro de Los Rastrojos e hijo de un antiguo mayordomo de la familia Uribe Vélez. Monsalve ha explicado en diferentes instancias judiciales que esa familia fue clave para la creación del Bloque Metro paramilitar y que el rol de Uribe Vélez fue importante en la zona de San José del Nus, en Antioquia. Con respecto a este proceso particular, Monsalve aseguró que distintos emisarios del expresidente buscaron su retractación y le ofrecieron beneficios tales como seguridad para su familia y una acción de revisión que lo sacara de la cárcel.

“Monsalve tuvo el valor de sostener su discurso”. Esa fue una de las frases con las que Heredia definió el papel del testigo durante el juicio. Y agregó: “Se ha mantenido consistente en este proceso. Incluso, previendo ataques en su contra, logró grabar las conversaciones (relacionadas con las presiones recibidas y los beneficios ofrecidos). Esto le ha representado asaltos a su vida, honra y unidad familiar. Su testimonio se hace creíble por el conocimiento previo del acusado. Sus padres trabajaban con la familia Uribe Vélez, en la finca las Guacharacas. Y debió afrontar la insensibilidad, ingratitud y desprecio de su propia familia, y de sus compañeros de prisión, quienes lo muestran como un delincuente sin frenos. El testigo no está faltando a la verdad”, concluyó Heredia.

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La jueza agregó que, si bien es cierto que el senador Cepeda ha protegido a Monsalve y a su familia, esas actuaciones no han conllevado a que el testigo modifique lo que ha dicho ante la justicia o a que tuviera interés en perjudicar a Uribe Vélez. De otro lado, la jueza no acudió a los llamados de la defensa del expresidente con respecto a que Monsalve tenía beneficios particulares en la cárcel La Picota, dado que, bajo su consideración, en realidad en el patio donde estaba Monsalve todos los internos tenían beneficios. “El desorden del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario es total”, concluyó.

En otro de los aspectos valorados, la jueza recriminó que, a lo largo del proceso, la defensa intentó desvirtuar hechos relacionados con los presuntos vínculos de Uribe Vélez con el paramilitarismo. No obstante, ese fue un trabajo sin efectos porque, en realidad, en proceso nunca se trató sobre ello. Las energías de la defensa, explicó la jueza, debieron invertirse en lo relacionado al presunto fraude procesal.

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A continuación, la jueza desacreditó a los testigos Vicky Jaramillo y Ricardo Williamson, quienes, en su afán por testificar a favor del expresidente, develaron la manera en que le mintieron a la justicia. El papel de Williamson y Jaramillo fue clave en el expediente dado que, a través de ellos, la Fiscalía buscaba demostrare gestiones de Uribe Vélez para torcer a Juan Guillermo Monsalve. Williamson era cuñado de Enrique Pardo Hasche, interno que compartía celda con Monsalve. Según se ha explicado en el expediente, Pardo le habría explicado constantemente a su cuñado Williamson, en 2017, que Monsalve lloraba en prisión porque quería retractarse de sus declaraciones en contra de Uribe Vélez.

Williamson, tras escuchar a su familiar, acudió a la testigo Vicky Jaramillo, quien había sido asesora del Centro Democrático. Ella, a su vez, acudió al abogado Diego Cadena, quien terminó teniendo una relación diaria con el interno Pardo Hasche, con quien buscó la manera de acercarse a Monsalve y, así, lograr su retractación. Ambos testigos, Jaramillo y Williamson, según la jueza, lucieron nerviosos en sus audiencias, confundieron hechos y sus verdades no pueden ser tomadas como creíbles.

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Actualización clave28 de julio de 2025 - 05:32 a. m.

La validez de la prueba del reloj espía

A continuación de valorar la validez legal de las interceptaciones telefónicas entre Uribe y Cadena, en el marco del proceso del excongresista Nilton Córdoba, la jueza Heredia hizo el análisis con respecto a las grabaciones de un reloj espía que la defensa de víctimas presentó en el proceso. Se trata de una evidencia recopilada por el testigo Juan Guillermo Monsalve, al interior de la cárcel La Picota de Bogotá, en febrero de 2018. En esas grabaciones se evidencia que Monsalve podría haber sido presionado por el también interno Enrique Pardo Hasche, quien, siendo compañero de celda de Monsalve, le aseguró que le convenía empezar a hablar a favor de Uribe Vélez.

La prueba recopilada indica que entre el 19 y 23 de febrero, el abogado Diego Cadena solicitó permiso a las autoridades penitenciarias para hablar con Pardo Hasche, pero, como se conoció en las grabaciones, terminó hablando con Monsalve en distintas oportunidades. Incluso, en esas conversaciones participó el abogado suplente de Uribe Vélez, Jaime Lombana. Monsalve grabó parte de las conversaciones y su entonces esposa, Deyanira Gómez, allegó el contenido a la Corte Suprema de Justicia, cuando el proceso aún estaba en esa justicia especial para aforados.

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La defensa de Uribe Vélez sostenía que no había claridad en la identidad de las voces, que no permitía conocerse con exactitud la fecha de la grabación y que, entre otras cosas, no había un ángulo amplio para saber con certeza quienes participaron de la reunión. Sin embargo, la jueza Heredia sentenció con claridad que las grabaciones “son confiables”. Así lo aseguró: “Pese a que no son nítidas, las imágenes no carecen de invalidez, pues no son simples copias sin autenticidad, ni su contenido fue descontextualizadlo. Y refleja lo dicho por Monsalve. No afectan el debido proceso”, concluyó.

La jueza agregó que las grabaciones no fueron editadas en su núcleo y que tampoco hay pruebas de alteraciones. “No se accedió a ellas violando el derecho a la intimidad, ni fueron obtenidas de mala fe y tampoco bajo mecanismos de tortura o coacción. En su lugar, se refieren a la posibilidad de que a Monsalve presuntamente lo estaban intimidando. Su objetivo era demostrar una verdad que con su sola voz (la de Monsalve) no alcanzaba la credibilidad necesaria”.

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Actualización clave28 de julio de 2025 - 04:36 a. m.

Jueza Heredia avaló las interceptaciones entre Uribe y Cadena

Como primer punto, la jueza Sandra Heredia entró a aclarar las condiciones en las que la Corte Suprema de Justicia interceptó por error la línea telefónica de Álvaro Uribe, cuando el objetivo era conocer las conversaciones del excongresista Nilton Córdoba, quien entonces estaba siendo investigado por su probada participación en el escándalo del cartel de la toga.

“El análisis integral de los expedientes a cargo de la Corte Suprema de Justicia permite evidenciar que la inclusión del celular de Álvaro Uribe Vélez, como objetivo de los labores de interceptación, sí fue el resultado de un error involuntario derivado de la información consignada en múltiples documentos de uno de los procesos de Nilton Córdoba, porque en ellos equivocadamente consta un contacto que no correspondía”, especificó Heredia.

La defensa de Uribe pidió en múltiples ocasiones que dichas grabaciones no fueran tomadas en cuenta y alegó que esta chuzadas vulneraron las garantías procesales que amparan el derecho a la intimidad personal y familiar. Además, que esas interceptaciones necesitaban de una orden judicial que no fue incorporada al expediente.

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“La falta, aunque delicada, fue el resultado de un contexto de información dispersa y abundante, y no de una actuación dolosa o negligente”, dictaminó Heredia, pues señaló que tan “pronto como se advirtió que el abonado no correspondía al indicado, se activaron los protocolos establecidos, se comunicó de inmediato el hallazgo a los superiores, se elaboró el informe pericial respectivo y se gestionó la cancelación de la interceptación”.

Teniendo esto en cuenta, la jueza declaró que “en el presente caso no procede la exclusión de las interceptaciones, aun bajo el supuesto de que entre los interlocutores existiera una relación abogado-cliente, por cuanto las comunicaciones evidenciaban la posible planeación de una conducta delictiva”, aspecto que, aclaró, desarrollará más adelante.

Actualización clave28 de julio de 2025 - 03:30 a. m.

“La espera ha terminado”: jueza Sandra Heredia

A las 8:30 a.m. en punto, la jueza Sandra Liliana Heredia dio inicio a la lectura del fallo de mil páginas en el juicio contra el expresidente Álvaro Uribe. “La espera ha terminado”, dijo Heredia, quien agregó que hoy la justicia llegará a Colombia.

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“Este juicio, vale decirlo sin rodeos, no es un juicio contra la historia política de Colombia, no es una revancha, no es una conspiración, no es un acto de oposición, ni de política; es un acto de justicia y solo de justicia”, señaló la jueza. De igual forma, resaltó que la “historia no debe pasar por alto que la conducción de este proceso ha estado a cargo de mujeres que desde sus roles, en cada una de las etapas del proceso han enfrentado con valentía, incluso ataques machistas, cuestionamientos que no se habrían formulado quizá si quien decidiera fuera un hombre”.

Antes de anunciar el fallo, la jueza 44 penal de Bogotá dijo que al tratarse de un proceso tan extenso, aclarará hecho por hecho para argumentar por qué la decisión de condenar, o absolver, al expresidente.

Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

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