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El director de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), Luis Eduardo Llinás Chica, deberá cumplir una sanción de tres días de arresto domiciliario y pagar una multa de tres salarios mínimos mensuales legales vigentes, tras ser declarado en desacato a un fallo de tutela. La decisión fue adoptada por el Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado en funciones de conocimiento de Bucaramanga.
El alto funcionario fue sancionado luego de que la justicia comprobara que no cumplió con una orden judicial que le exigía garantizar el uso de listas de elegibles para la provisión de cargos de carrera administrativa. El 8 de mayo de 2025, el despacho judicial resolvió de manera parcial la acción de tutela interpuesta por Yessica Julieth Sánchez Solano contra la DIAN y la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC).
En ese fallo, el juez tuteló derechos fundamentales al trabajo, a la igualdad, al debido proceso y al acceso a la carrera administrativa, ordenando que en un plazo de 48 horas la DIAN solicitara a la CNSC la autorización para usar la lista de elegibles expedida en la Resolución 13095 del 17 de junio de 2024.
La orden se relacionaba con la provisión de un cargo de Gestor II, mediante el cual se amplió la planta de personal de la entidad. El juzgado subrayó en ese momento que el cumplimiento debía darse sin desconocer los principios de economía, sostenibilidad fiscal y austeridad en el gasto.
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Tras varios requerimientos infructuosos para que la DIAN diera cumplimiento a la orden, el tribunal concluyó que se configuró un incidente de desacato. Según el despacho, “la necesaria consecuencia del incumplimiento, una vez demostrada la responsabilidad del sujeto, es la imposición de la sanción”.
En ese sentido, el juez declaró que el director de la DIAN incurrió en incumplimiento al no garantizar los derechos reconocidos en la tutela, manteniendo vigente la vulneración en contra de la demandante.
La sanción impuesta consiste en arresto domiciliario por tres días y el pago de una multa de tres salarios mínimos legales vigentes, dinero que deberá consignarse a favor del Consejo Superior de la Judicatura en los diez días hábiles siguientes a la ejecutoria de la providencia.
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El juzgado advirtió que esta sanción no exime al funcionario de cumplir con el fallo de tutela, por lo que la DIAN sigue obligada a tramitar el uso de la lista de elegibles en la provisión de cargos.
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