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Actualmente la Cámara de Representantes discute el proyecto de ley 037 de 2021 que tiene por objeto autorizar la adopción desde el vientre materno y crear el programa nacional de asistencia médica y psicológica para mujeres en estado de embarazo no deseado. Como es habitual, en materia de derechos de las mujeres, es necesario mirar con detenimiento sus motivaciones y alcances para entender que con esta iniciativa sus autores, congresistas de distintos partidos políticos (Liberal y Centro Democrático) ponen en riesgo la libertad reproductiva de las mujeres.
Si bien, luego de la discusión sobre el Plan Nacional de Desarrollo (PND) que llevó a la eliminación del artículo sobre la actualización de la política nacional de derechos sexuales y reproductivos, en las que se vieron artimañas engañosas como la entrega de fetos de plástico y la presentación de vídeos plagados de desinformación, nos queda claro que algunos miembros del legislativo están dispuestos a tener nuestros derechos como moneda de cambio; desde la perspectiva de Causa Justa, situada a favor de la libertad reproductiva y la garantía de los derechos humanos de las mujeres, este proyecto de ley sí despierta varias preocupaciones.
(En contexto: Los problemas del proyecto de ley que propone adoptar fetos desde el vientre)
En primer lugar, la adopción desde el vientre se presta para que terceros busquen imponer, intimidar y amenazar a las gestantes a fin de que opten por la adopción desde el vientre frente a otras opciones reproductivas, viciando el ejercicio de sus derechos que debe darse sin ningún tipo de coacción o violencia. Con esto, la iniciativa sitúa a las mujeres como herramientas de reproducción y sin contemplar innumerables escenarios que pueden conducir incluso a una maternidad forzada. Recordemos que desde el 2006, la Corte en la sentencia C-355, ya había cuestionado esta representación señalando que: “las mujeres son seres humanos plenamente dignos y deben ser tratados como tal y no como un instrumento de reproducción de la especie”.
Segundo, pensar que la adopción desde el vientre materno evita los abortos inseguros que se dan de manera clandestina desconoce que a nivel mundial se reconoce desde voces de autoridad - como la Organización Mundial de la Salud -que el origen de este problema radica en el uso abusivo del derecho penal, porque impone barreras de acceso y alimenta el estigma sobre el aborto. Opción que en el contexto del proyecto se entiende como una alternativa gravosa y que debe evitarse.
La posición de desincentivar el uso del derecho penal es apoyada en la histórica decisión que tomó nuestra Corte Constitucional al reconocer el aborto libre hasta la semana 24, y plantear que el Estado debe contar con una política pública integral, más allá de la penalización. Pese al lamentable resultado del debate en el Congreso sobre el PND, la actualización de una política en materia de salud sexual y reproductiva aún es deber del Ministerio de Salud, y está presente también en las bases del Plan.
(Lea también: Maternidad subrogada: ¿Cómo funciona el “alquiler de vientres” en el mundo?)
En tercer lugar, aunque los autores han insistido en que se quiere respaldar la alternativa de la adopción, el análisis permite concluir que el proyecto podría generar el efecto contrario. La iniciativa legislativa parece ignorar las cifras de menores de edad que han tenido dificultades para ser adoptados por su edad: niños y niñas que desde los 8 años se les vulneraría su derecho a la familia, la vida, la salud y la dignidad sí la propuesta se convierte en ley. Niños y niñas que, según cifras del ICBF, con el paso de los años ven sus posibilidades de adopción disminuidas.
En últimas, la iniciativa genera preocupación por el riesgo de que el embarazo y el parto se instalen como una obligatoriedad y se produzcan mayores obstáculos para acceder a servicios de aborto. Al respecto, recordamos lo dicho por la Corte en la sentencia C-055 de 2022 que entiende que el límite de la competencia legislativa en esta materia es la prohibición de imponer barreras directas o indirectas a la IVE. La persistencia de barreras de acceso al aborto debe conducir a proponer medidas que, ajustadas a la jurisprudencia, permitan su eliminación y respeten los derechos humanos de las mujeres. De ninguna manera, las barreras deben ser incrementadas por proyectos de ley que, no solo resultan inconvenientes e inconstitucionales, sino que también carecen de un énfasis constructivo para el debate democrático.
* Juliana Martínez, doctora en Ciencias Humanas y Sociales. Secretaria Técnica del movimiento Causa Justa; y Laura Castro González, politóloga y profesional en lenguajes y estudios culturales con Magister en investigación en derecho. Coordina La Mesa por la Vida y la Salud de las Mujeres.
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