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La CIDH no va a estudiar el polémico caso de las “megapensiones” en Colombia

La instancia internacional respaldó la decisión que tomó hace 10 años la Corte Constitucional, cuando le puso límite a las mesadas a congresistas y magistrados: sus mesadas no puede ser mayor a $16 millones.

Redacción Judicial

11 de julio de 2023 - 01:01 p. m.
Las "megapensiones" tenían un estimado de sobrecostos fiscales por beneficios para altos funcionarios de la Rama Judicial que se calculaba entre $11,7 y $20,1 billones al año en 2010.
Foto: Getty Images
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Magistrados y congresistas que querían ser millonarios y patalearon hasta en instancias internacionales para lograrlo, se quedaron de brazos cruzados. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) le acaba de notificar al Estado colombiano que no va a estudiar un recurso en el que varios exfuncionarios pidieron que se estudiara un fallo judicial que tumbó las conocidas “megapensiones”.

(En contexto: Punto final a megapensiones)

La demanda llegó hace 10 años a la Comisión. En ella, 54 personas le pidieron a la CIDH que estudiara su caso, pues consideraron que la Corte Constitucional había violado sus derechos cuando tumbó las “megapensiones”, que no eran otra cosa que un régimen especial al que tenían acceso magistrados y congresistas y que les permitía tener millonarias mesadas con sobrecostos fiscales estimados entre $11,7 y $20,1 billones en 2010.

Para los demandantes, entre quienes estaban magistrados, congresistas y hasta sus familiares, la Corte Constitucional violó sus derechos adquiridos y vulneró sus derechos pensionales. Sin embargo, en mayo de 2013, cuando el alto tribunal tomó la decisión de tumbar las “megapensiones”, explicó que se traba de una decisión que tuvo en cuenta los principios del Estado Social de Derecho a la solidaridad, dignidad y equidad.

(Podría interesaste: “La Corte Constitucional tiene la última palabra sobre megapensiones”)

Además, la Corte explicó en su momento que asignar pensiones de hasta $25 millones, iba en contra de un sistema pensional que buscaba “la cobertura para todos, un fin que estas millonarias pensiones dificultaba. Lo que aclaró el alto tribunal es que estas pensiones no podían exceder los $16 millones.

La CIDH recalcó que esta “decisión respalda la normatividad interna que busca establecer un equilibrio pensional, con miras a garantizar la sostenibilidad del sistema de seguridad social en Colombia y el derecho a la igualdad.

Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

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