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En los próximos días, la Corte Constitucional tendrá que decidir sobre una nueva demanda por inconstitucionalidad en contra del Código de Policía, expedido en 2016 y que ha sido motivo de varias controversias. En esta ocasión, la acción judicial es en contra del parágrafo que permite el contacto físico para el registro de “personas y bienes” y que, en caso de que la persona se resista a la requisa, esta pueda ser conducida “a una unidad de Policía”, donde se le realizará el correspondiente registro.
Para el demandante de dicha ley, la requisa física y conducir a una persona a una estación de Policía para realizar el procedimiento son una clara violación a derechos fundamentales como el de la intimidad, el del debido proceso, la presunción de inocencia y el derecho a la defensa. Entre los argumentos que da es que “se presenta una desigualdad con el ciudadano de a pie, en cuanto al contacto físico, ya que la Policía es un cuerpo civil armado, a su vez no son claros y expresos los métodos y circunstancias de tiempo y modo en que ha de desarrollarse este procedimiento”. Además de, supuestamente, impedirles a los ciudadanos controvertir la orden y saber las razones de esta.