
En 2017, la Corte Constitucional fue muy clara: el Congreso de la República tenía hasta el 19 de junio de 2019 para expedir una ley estatutaria que regulara todo el derecho de reunión, que incluye la protesta y la movilización social, con aspectos fundamentales como las autorizaciones para poder hacer manifestaciones o cuándo la Fuerza Pública puede intervenir en ellas. Así lo dejó en claro el alto tribunal al decidir que todo el apartado del Código de Policía sobre el derecho de reunión era contrario a la Constitución....
Por Alejandra Bonilla Mora / @AlejaBonilla
Conoce más
Temas recomendados:
Sin comentarios aún. Suscríbete e inicia la conversación