La disputa por un parque en honor al vallenato que podría llegar a la Corte Constitucional
Detrás del parque de la Leyenda Vallenata en Valledupar, donde se lleva a cabo anualmente el festival que lleva el mismo nombre, hay una disputa jurídica de una década. Ahora, por cuenta de la Defensoría del Pueblo y un magistrado de la Corte Constitucional, el tema podría ser zanjado por el alto tribunal.
Redacción Judicial
Por lo menos hace diez años ha sido una controversia el manejo que le han dado las autoridades de Valledupar y la Fundación Festival de la Leyenda Vallenata al parque en el que, año a año, se lleva a cabo el más grande evento de este género musical. Desde el año 2000, el concejo municipal le entregó el predio de 28 hectáreas junto a $6.800 millones a la Fundación, para que construyera el que se llamaría Parque de la Leyenda Vallenata. Sin embargo, una acción popular interpuesta por la Procuraduría y otros recursos que le siguieron han tornado la construcción de este parque en una batalla legal que ahora podría aterrizar en la Corte Constitucional.
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Por lo menos hace diez años ha sido una controversia el manejo que le han dado las autoridades de Valledupar y la Fundación Festival de la Leyenda Vallenata al parque en el que, año a año, se lleva a cabo el más grande evento de este género musical. Desde el año 2000, el concejo municipal le entregó el predio de 28 hectáreas junto a $6.800 millones a la Fundación, para que construyera el que se llamaría Parque de la Leyenda Vallenata. Sin embargo, una acción popular interpuesta por la Procuraduría y otros recursos que le siguieron han tornado la construcción de este parque en una batalla legal que ahora podría aterrizar en la Corte Constitucional.
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A raíz de dos recursos de insistencia, que fueron radicados en la Corte en los últimos días, el máximo tribunal constitucional podría llegar a conocer de este proceso. Uno de los recursos fue radicado por el magistrado de ese mismo tribunal, Luis Guillermo Guerrero, y el otro por la Defensoría del Pueblo. Aunque por razones diferentes, ambos documentos aseguran que la Corte debería tener la última palabra en este debate, que ya cumple casi 20 años y al que atraviesan, además de temas de contratación pública, discusiones sobre derechos fundamentales y la obligación del Estado de proteger patrimonios culturales inmateriales, como es el vallenato.
El nacimiento de esta disputa se remonta al 2000, cuando el concejo le transfirió el enorme predio a la Fundación —una organización privada constituida como sin ánimo de lucro— para que construyera allí un parque que honrara la cultura vallenata en un periodo de diez años. El convenio disponía que, a cambio, el municipio podría hacer uso del parque para tener allí actividades culturales y de entretenimiento sin costo alguno, mientras no hubiera cruces con la agenda de la Fundación. No obstante, diez años más tarde, la Procuraduría interpuso una acción popular al considerar que se trató una donación, transacción prohibida con bienes públicos.
Por ende, le pidieron al Tribunal Administrativo del Cesar que declarara la nulidad del convenio. Además, pedían que se anulara la escritura pública que le dio la propiedad del bien a la Fundación de la Leyenda Vallenata y que se ordenara a la entidad devolver de manera formal el predio al municipio. El Tribunal falló la primera instancia en 2012, encontrándole razón a lo que exponía la Procuraduría y concluyó que, en efecto, como se trató de una donación ilícita, se debía anular el convenio para amparar los derechos de la comunidad de la capital del Cesar a la moralidad administrativa, a la defensa del patrimonio público, al goce del espacio público y a la buena fe administrativa.
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El fallo fue apelado y llegó al Consejo de Estado que en 2018 decidió mantener, con algunas diferencias lo decidido por el Tribunal. Para el alto tribunal, “la administración transformó la naturaleza de bien de uso público que tenía el predio, en el que se construyó el escenario para así permitir su transferencia a la Fundación, lo que facilitó que su uso quedara en manos de particulares, sin que el ente territorial garantizara su canje por otro espacio de libre acceso para la comunidad y sin que hubiera una real contraprestación para el municipio”.
Aún inconforme con la decisión, la Fundación interpuso una tutela, que fue negada, pero que podría tener una revancha en la Corte Constitucional. Según el magistrado Guerrero, el caso merece el análisis de la Corte, pues “los jueces de la acción popular pudieron haber omitido en su análisis del caso concreto y de las pruebas aportadas al trámite, la naturaleza propia y particular del convenio, en la cual la Alcaldía aportaba un inmueble con el fin de que la Fundación, como entidad sin ánimo de lucro, lo gestionase con el fin particular y concreto de adelantar las actividades propias del festival que organiza y gestiona, el cual tiene muchísima relevancia cultural no solo a nivel regional sino nacional y por ende el convenio de aporte controvertido sí podía ser suscrito por la entidad”.
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Por otro lado, la Defensoría del Pueblo sostiene que el debate debe darse en torno a que el vallenato es patrimonio cultural inmaterial de la humanidad —declarado así por la Unesco— y se requiere salvaguardarlo. Según desarrolla el documento radicado en el alto tribunal, la construcción del parque buscaba preservar la preservación de esta música a través, por ejemplo, de talleres y clases. Para la entidad ese necesario el pronunciamiento de la Corte en tanto es un asunto novedoso, “pues presupone un análisis de la preservación de los bienes culturales inmateriales de la Nación y que es necesaria la intervención del juez para salvaguardar en el sentido constitucional la tradición, a efectos de evitar que se genera un perjuicio irremediable”.
Con todo esto, los magistrados de la Corte deberán decidir si seleccionan o no la tutela. De acceder a las insistencias y hacerlo, uno de los nueve togados del alto tribunal, asignado aleatoriamente, tendrá que entrar a estudiar todo el expediente, llamar a las partes y, con base en las pruebas recabadas, redactar un nuevo proyecto fallo que reemplace o complemente lo dicho por el Consejo de Estado. Ese proyecto será votado en Sala Plena y solo hasta entonces se sabrá el futuro de este emblemático caso que ya cumple diez años rondando todas las instancias judiciales.