A pesar de que Yeiner Ríos Vacca hizo parte de los paramilitares que fueron indultados tras dejar las armas en 2006, este estuvo más de tres años en prisión (6 de octubre de 2009-11 de diciembre de 2012) por un crimen que no cometió. El exparamilitar estuvo cerca de tres años en la vida civil hasta que una nueva investigación de la Fiscalía lo puso tras las rejas. El ente acusador ordenó su captura bajo el señalamiento de que estaba formando un nuevo grupo paramilitar.
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El 6 de octubre de 2009, Yeiner iba para su trabajo en Valledupar cuando fue detenido por las autoridades. La Fiscalía lo señalaba de cometer el delito de concierto para delinquir agravado, por lo que legalizaron captura casi que de inmediato y lo llevaron a la cárcel judicial de Valledupar, sitio de reclusión en el que estuvo por cerca de un año sin que se definiera su situación jurídica.
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Ríos Vacca fue traslado a la cárcel Modelo de Bogotá, sitio de reclusión en el que estuvo 5 meses, luego volvió a Valledupar para estar 8 meses más en prisión. Luego, el sindicado estuvo 20 días más en prisión, nuevamente en la Modelo, para luego quedar en libertad, tras dictarse sentencia absolutoria. La justicia comprobó que Yeiner Ríos no tenía relación con los cargos que se le habían imputado.
El calvario de Yeiner Ríos comenzó el 3 de diciembre de 2007, cuando la Sijin de la Policía, seccional Cesar, remitió un informe de inteligencia a la Fiscalía 25 de Bogotá Especializada de la Unidad Antiterrorismo en el que se daba a conocer detalles de una supuesta reunión llevada a cabo en el Copey de la que habrían participado varios exparamilitares, entre los que estaba Ríos Vacca.
En ese encuentro se habría pactado, según el informe de inteligencia, la creación de nuevos grupos paramilitares. Esta información habría sido obtenida gracias al testimonio de varios exparamilitares y habría sido verificada por miembros del CTI, DAS y Sijin. Estas entidades habrían identificado a Yeiner Ríos como uno de los miembros de estos grupos neoparamilitares.
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Sin embargo, ya en juicio, la Fiscalía no tuvo como soportar la acusación en contra de Ríos Vacca. No había más pruebas que los informes de inteligencia y estos habían sido desacreditados durante el proceso, ya que sus fuentes se retractaron y aseguraron que habían mentido ante las “prebendas y ofrecimientos” de un teniente de la Sijin de apellido Preciado. Este les habría prometido a los exparamilitares algunos favorecimientos a cambio de emitir un falso testimonio en contra de Yeiner Ríos y otros exparamilitares.
Ríos salió de prisión en 2012, luego de perder tres años de su vida tras las rejas. Los tribunales del Cesar habían probado su inocencia, pero no le podían devolver el tiempo que estuvo en prisión. Por esta razón, él y su familia llevaron su caso a la vía administrativa, donde fueron representados por el abogado Javier Villegas Posada.
En ambas instancias, la justicia le dio la razón a Ríos Vacca y su familia, por lo que se le ordenó a la Fiscalía que los indemnizara. El Tribunal Administrativo del Cesar encontró que el ente acusador cometió serias irregularidades en el proceso en contra del exparamilitar debido a que todo el proceso se fundamentó en solo un informe de inteligencia, que terminó siendo rebatido pues sus fuentes humanas se retractaron.
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“Para este tribunal es claro que fue esta (la Fiscalía) quien adelantó todo un proceso penal cuando no se contaba con todos los medios probatorios suficientes para ello”, declaró el tribunal departamental, que señaló que fue la deficiencia probatoria de la Fiscalía la que hizo que el actor fuera enviado a prisión sin que hubiera prueba verdadera del delito del que era acusado. Según los togados que conocieron el caso, la Fiscalía nunca hizo averiguaciones frente al caso, no constató que las versiones entregadas por los exparamilitares fueran verdaderas y mucho menos hizo una investigación de campo que permitiera determinar que el sindicado había regresado a las armas.
“Así las cosas, se considera que la Fiscalía General de la Nación, antes de dar credibilidad a la información obtenida, debió indagar e investigar si era cierta o no, y no apresurarse a tomar una decisión de tanta trascendencia como es privar a una persona de un derecho fundamental tan valioso como lo es la libertad”, señaló el tribunal.
Sin embargo, la Fiscalía no aceptó su responsabilidad y aseguró en su defensa que la medida de aseguramiento en contra de Yeiner Ríos Vacca era justificable debido a que existían en el proceso “elementos materiales probatorios de los cuales se podía afirmar con probabilidad de verdad que el demandante cometió la conducta punible endilgada”.
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Además, señaló el ente acusador, como la investigación fue llevada en el marco de la Ley 600 del 2000, solo se necesitaba la existencia de al menos dos indicios de responsabilidad para emitir la medida de aseguramiento y, supuestamente, las pruebas aportadas cumplían a cabalidad lo exigido por la ley. “Se cumplieron tanto con las ritualidades procesales como con los principios rectores que consagra la ley penal”, concluyó la Fiscalía.
El Tribunal Administrativo del Cesar no aceptó ninguno de los argumentos de la Fiscalía y la consideró “administrativa y patrimonialmente responsable por la privación injusta de la libertad de la que fue objeto el señor Yeiner Ríos, ya que con dicha privación se le causó un daño antijurídico que no estaba en obligación de soportar”. Por esta razón, el ente acusador fue condenado a indemnizar a Ríos Vacca y su familia por los años que estuvo en prisión y los daños ocasionados en su reputación y la de sus cercanos.