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La norma que podría sacar al condenado Humberto Arias de la presidencia del Cali

Humberto Arias Bejarano, presidente del Deportivo Cali, está condenado en primera instancia por porte ilegal de armas en un expediente por asesinato. Aun así, sigue ocupando su puesto y tomando decisiones de peso en el club, pese a que existe una norma que impediría que una persona procesada presida un equipo de fútbol.

Redacción Judicial

27 de junio de 2025 - 06:55 p. m.
Humberto Arias Jr (derecha), quien fue condenado en primera instancia el pasado 28 de febrero.
Foto: Archivo
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Humberto Arias Bejarano, presidente del Deportivo Cali, está condenado a 19 años de prisión por el delito de porte ilegal de armas de fuego. La decisión la tomó el Juzgado Tercero Penal del Circuito Especializado de Cali en febrero de este año y había permanecido en silencio entre los camerinos y canchas de futbol. Según la primera instancia, Arias Bejarano habría ordenado el homicidio de Carlos Alberto Sarria Posada en 2015, para lo cual se contrató un sicario que le disparó en el pecho. A pesar de tener ya a cuestas una sentencia, Arias Bejarano sigue ocupando su puesto, mientras hace maniobras para rescatar a un club en situación crítica.

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“Del Deportivo Cali se escuchan muchas cosas de socios, hinchas, de periodistas donde lo que hacen es desinformar. Este comité ha buscado un inversionista que llegue a la institución (...) la situación es bastante difícil”. Esas fueron parte de las palabras con las que Arias Bejarano, el pasado 26 de junio, quiso enviar un parte de tranquilidad a los hinchas, ante la crisis de la institución, que lleva quincenas sin pagarles a sus jugadores y jugadoras, y que está en un proceso de reorganización empresarial. Tan activo está el sentenciado que, de hecho, en los últimos días anunció la llegada del director técnico Alberto Gamero. Sin embargo, ni una palabra sobre su condena.

Cuando la Fiscalía imputó y acusó a Humberto Arias Bejarano en 2016, quedó claro que el presidente del Deportivo Cali iba a ser investigado también por el delito de homicidio. No obstante, el juzgado lo absolvió por una razón: la Fiscalía no logró probar ese delito por el hecho de que el contador no murió por el ataque del sicario, sino por un golpe en su cabeza. Para llegar a esa conclusión, fue clave el dictamen que entregó un médico forense, perito adscrito al Instituto Nacional de Medicina Legal. En su dictamen, el experto explicó que la bala perforó su pulmón izquierdo, generando una laceración, pero no tuvo una “connotación de carácter mortal”.

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El juzgado aseguró que el motivo de la muerte del contador quedó en “el espacio de las conjeturas, territorio vedado a la acción de un operador judicial”. De hecho, en la misma sentencia, el juez del caso deja claras sus dudas y críticas a trabajo de la Fiscalía: “¿La víctima entonces fue golpeada en su cabeza con un objeto contundente después de recibir disparos de un arma de fuego? Y si es así, ¿quién la golpeó? ¿En qué momento? ¿Ocurrió este segundo ataque en el mismo sitio donde se perpetró el ataque sicarial, o tuvo lugar en el hospital, o en el desplazamiento hacia el centro de salud?”. El juzgado recriminó a la Fiscalía, pues su teoría del caso tenía grietas desde el inicio.

La norma que nadie cumple

Según el Decreto 1228 de 1995, el cual reguló el Sistema Nacional del Deporte, del cual hacen parte las entidades y personas jurídicas que fomenten actividades de esa naturaleza, el Ministerio del Deporte cuenta con funciones de inspección, vigilancia y control. Entre sus facultades está, por ejemplo, solicitar a las autoridades competentes de los organismos deportivos, de cualquier nivel, la suspensión temporal de los miembros de los órganos directivos, administradores y de control, “cuando media investigación disciplinaria o penal, y exista pliego de cargos (llamado a juicio disciplinario) o vinculación formal al respectivo proceso penal (audiencia de imputación de cargos)”.

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En el caso de Arias Bejarano, el expediente en su contra sostiene que fue imputado y acusado en 2016. Su proceso penal fue tan demorado que, de hecho, a su favor prescribieron los delitos de estafa y falsedad en documento privado. El juez del caso no tuvo de otra más que absolverlo por ambas conductas, a pesar de que la Fiscalía considera que pudo haber incurrido en actos de corrupción al intentar quedarse con la fortuna de su padre en un presunto proceso fraudulento de sucesión que empezó en 2011 y aún no termina. Humberto Arias Bejarano asumió la presidencia del Deportivo Cali en junio de 2024, tras ser designado por el Comité Ejecutivo del club, ocho años después de quedar oficialmente procesado en una investigación penal.

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Pese a que en su contra existe una investigación penal desde 2016, el Ministerio del Deporte nunca ha pedido explicaciones al equipo ni ha tomado cartas en el asunto. Ni hace ocho años, cuando Arias Bejarano quedó vinculado al proceso por el asesinato del contador, ni en febrero de este año, cuando el juzgado de Cali lo condenó a 19 años de cárcel. El Espectador consultó a la cartera ministerial, en cabeza de Patricia Duque Cruz, para conocer por qué no ha ejercido alguna actividad de vigilancia, como lo exige la ley, con respecto al caso de Arias Bejarano. La entidad respondió que “no cuenta con las competencias para retirar de su cargo a ningún miembro de la junta directiva o comité ejecutivo de un club profesional”.

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El Ministerio agregó que solo podría empezar un proceso de inspección, si una “autoridad competente” se lo solicita. Sin embargo, el problema de esa respuesta es que el decreto que le otorga la responsabilidad de vigilar, en este caso, a los equipos de fútbol, no dice nada sobre esa responsabilidad que la cartera ministerial le está asignando a un tercero. En todo caso, el órgano de gobierno agregó que, una vez se entere del proceso contra Arias Bejarano, “podrá solicitar a la Comisión Disciplinaria del club profesional que, en el marco de sus competencias, adelante el correspondiente procedimiento, de estimarlo pertinente, para efectos de realizar la suspensión temporal del cargo”.

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Por otro lado, El Espectador consultó a la División Mayor del Fútbol Colombiano (Dimayor) para conocer su postura ante la revelación de la sentencia condenatoria. Ello porque Arias Bejarano tiene voz y voto en las asambleas generales del fútbol colombiano, donde se toman decisiones trascendentales para el desarrollo de este deporte. Sin embargo, la oficina de prensa de la Dimayor remitió la solicitud de información al área jurídica, la cual, al cierre de esta edición, no emitió respuesta. Aun así, en los estatutos de la Dimayor es claro que no podrán ser delegados de asambleas o juntas de competencias quienes “estén cumpliendo sanciones disciplinarias impuestas por alguna autoridad deportiva del fútbol asociado”.

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Arias Bejarano apeló la condena en su contra y su sentencia no se hará efectiva hasta que se cumpla con la garantía de su debido proceso, pues todavía tiene chance de demostrar su inocencia. A través de su abogado, el presidente calificó el caso como “campañas infundadas de desprestigio, que en lugar de arrojar claridad sobre los hechos, los empañan”. Mientras se resuelve la segunda instancia, las entidades que deberían controlar y vigilar a los equipos de fútbol siguen viendo el caso desde las gradas. Mindeporte dejó claro que no moverá un dedo hasta que la autoridad que considera “competente” lo haga, y la Dimayor, que pudo haber tenido en el último semestre a un condenado en sus asambleas, tampoco ha tomado medidas.

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