Mientras 2019 finalizaba con la amenaza de que una pandemia generada por el Covid tocaría las puertas del país y cambiaría intempestivamente los hábitos en los colombianos, la Corte Suprema de Justicia se enfrentaba a uno de sus escenarios más críticos: quedarse sin la cuota necesaria para tomar decisiones con votación mayoritaria, elegir a sus dignatarios o en el caso más crítico a quien hoy se desempeña como fiscal general. La Sala Plena del alto tribunal se compone por 23 magistrados de los cuales, con 16, se da visto bueno a las deliberaciones que relaciona a la corporación.
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Para diciembre de 2019, más de tres Salas Plenas fallidas dejaron un sinsabor en los magistrados que no lograban ponerse de acuerdo para escoger las tres vacantes de la Sala Penal, las tres de Sala Laboral y una de la Civil. En ese caso, sí o sí, los 16 juristas que estaban en la Corte debían escoger por unanimidad a los siete magistrados que los llevaría a ser de nuevo 23. Sin embargo, eso no ocurrió pese a que evaluaron varias listas de candidatos que presentaba el Consejo Superior de la Judicatura, una vez cada dignatario culminaba su periodo.
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Lo que preocupó en ese momento, de esa situación, es que no solo no podían llegar a un consenso para elegir a quienes serían sus compañeros, sino que, además, los 16 magistrados que estaban en Sala debían estar unánimemente de acuerdo para escoger al nuevo fiscal general. Ese, tal vez, se había convertido en su mayor de dolor de cabeza, pero también, en su más grande reto. En diciembre de 2019, citaron a una Sala Extraordinaria de la cual salió elegido Francisco Barbosa como jefe del búnker, y con la vacancia judicial a la vuelta de la esquina, la Corte Suprema dejó en stand by la elección de sus compañeros.
Llegó el 2020, y enero empezó con Salas Plenas fallidas. Solo hasta el 28 de febrero se concretó la elección de los magistrados Fabio Ospitia Garzón, Hugo Quintero Bernate, Gerson Chaverra Castro, para la Sala Penal; el magistrado Francisco José Ternera, para la Sala Civil; y Omar Ángel Mejía Amador, Iván Mauricio Lenis Gómez y Luis Benedicto Herrera Díaz, para la Sala Laboral. Aunque finalmente la Sala se volvió a completar y no estaban en la cuerda floja cuando debían tomar decisiones que vinculara una mayoría, en julio de ese año, una lluvia de documentos que demandaban la elección de los juristas llegó al Consejo de Estado.
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Los demandantes en sus texto recordaron que el artículo 5 del reglamento interno de la Corte Suprema “señala que el quorum para deliberar es la mayoría absoluta de sus integrantes, y que las decisiones relacionadas con la elección de los magistrados requerirán del voto favorable de las 2/3 partes de quienes conforman la Sala Plena, es decir, dieciséis magistrados”. Esa situación no era descabellada para la Sala Plena de no ser porque, según los demandantes, en las elecciones de los últimos siete magistrados se interpretó la regla interna de la Corte como que, la decisión mayoritaria la componían 12 magistrados.
Destacaron los demandantes que esta tesis fue discutida y aprobada sin que se hubiera anunciado en la convocatoria correspondiente una eventual reforma del reglamento. En pocas palabras, según los demandantes, hubo un cambio en el reglamento y esa situación no fue anunciada previamente. “Como consecuencia de lo anterior, en la referida sesión, la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia procedió a elegir como magistrados a los señores Fabio Ospitia Garzón, Gerson Chaverra Castro, Francisco José Ternera Barrios, Omar Ángel Mejía Amador e Iván Mauricio Lenis Gómez, con quince votos, lo mismo que a Hugo Quintero Bernate y Luis Benedicto Herrera Díaz, con catorce votos”.
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Lo que explicaron los demandantes en sus textos es que, la corporación decidió cambiar las reglas internas de juego porque el día anterior a la elección de los siete juristas, el entonces magistrado Ariel Salazar había abandonado el cargo. Así las cosas, solo quedaban 15 para deliberar sobre las nuevas selecciones. “Se reafirma que, en el caso concreto, la corporación no contaba con la mayoría necesaria para realizar una reforma interna del reglamento, no respetaron la legalidad que ella misma creó y así se alejaron de sus propias disposiciones, donde consecuentemente actuaron por fuera de los límites jurídicos establecidos”, señalaron los demandantes que piden apartar de sus cargos a los juristas que cumplieron un poco más de dos años en sus plazas.
Como antecedente, los demandantes trajeron a colación lo que ocurrió con la elección de la entonces fiscal general, Vivian Morales. “La Corte Suprema solo había reformado su propio reglamento en unas elecciones cuando 18 magistrados no lograron ponerse de acuerdo con la elección del fiscal general. En medio de la situación, los magistrados decidieron interpretar el reglamento y elegir a Morales con 14 votos. El Consejo de Estado estudió el caso y declaró nula la elección de Morales, al considerarla no ajustada a la ley”, explicaron en su momento.
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Los argumentos de los demandantes reposan en el despacho del magistrado del Consejo de Estado, Luis Alberto Álvarez, quien citó a audiencia pública, el próximo 11 de marzo, para definir la situación de los siete juristas que, hoy en día, cumplen sus funciones sin dificultad alguna. Ellos, como partes en el proceso han dicho que a pesar de que la Corte Suprema produjo los actos de elección, “no podía ser demandada, pues no tiene la capacidad para representarse judicialmente sino que se debió demandar a la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial, de modo tal que solicitó a la Sala inhibirse de estudiar el fondo del medio de control de nulidad electoral (...) y ordenar entonces el archivo definitivo del expediente”.