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                                                                                                                              La tragedia de Celia y su hijo, violados por las Águilas Negras

                                                                                                                              Este caso llevó al alto tribunal a ordenarle al Ministerio de Salud realizar un informe sobre la prestación del servicios de salud para víctimas de violaciones de derechos humanos.

                                                                                                                              Juan Sebastián Jiménez

                                                                                                                              Parece una película de terror: Celia* y su hijo fueron encerrados durante siete meses en su casa en Puerto Libertador (Córdoba) por las Águilas Negras. Los esclavizaron. Y en una ocasión los llevaron a un cultivo de plátano, donde a ella la torturaron y la golpearon, llegando incluso a apuñalarla en la vagina luego de violarla. Al menor, por otra parte, lo violaron y lo torturaron ante la mirada atónita de su madre. Celia y su hijo no tuvieron otra opción que desplazarse junto con otros dos familiares, primero a Medellín y luego a Bogotá, donde fueron incorporados al Programa de Protección de Testigos de la Fiscalía.

                                                                                                                              Desde ese momento, Celia y su hijo sufren de un estrés postraumático que cada vez es peor. Como si fuera poco, ella, por culpa del abuso, sufre un sangrado permanente y debe usar toallas higiénicas todos los días desde hace tres años, mientras que el menor sufre de incontinencia fecal y urinaria, por lo que requiere usar pañales de manera continua. Pese a algunos tratamientos recibidos, Celia y su hijo estuvieron durante años buscando que el Estado les brindara una atención proporcional a la tragedia sufrida.

                                                                                                                              Con este objetivo acudieron a la justicia. La Corte Constitucional, en un reciente fallo, les dio la razón. Y no sólo eso. El alto tribunal sostuvo que este caso evidenciaba que “pese a los esfuerzos del Gobierno por intentar garantizar el derecho a la salud mental de las víctimas de graves violaciones a los derechos humanos con ocasión de actos de violencia generalizada, se hace necesario reforzar las políticas e instrumentos para este objetivo”.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              En entrevista con este diario, Linda Cabrera, subdirectora de Sisma Mujer, denunció que “la Fiscalía ya cuenta con todos los elementos para llamar por lo menos a imputación a los responsables de este hecho. Los agresores ya están plenamente identificados, pero la Fiscalía no ha querido avanzar en el proceso, por razones que desconocemos”.

                                                                                                                              Agregó que por parte del sistema de salud “no se ha querido reconocer las afectaciones de la violencia sexual en la salud sexual y mental de estas mujeres”. Muchas veces, malestares, por ejemplo, en el sistema reproductivo de las mujeres no son vinculados a los abusos cometidos en su contra, como lo sucedido con Celia. Muchas veces no son atendidas y, cuando lo son, “no se les brinda una atención especializada”. Y por ello se revictimiza a la mujer afectada al exponerla a tratamientos invasivos y traumáticos.

                                                                                                                              En el caso de Celia, por ejemplo, estuvo expuesta a pruebas físicas y sicológicas que no hicieron sino agravar su situación. Ante este panorama, el alto tribunal le ordenó al Ministerio de Salud emprender un plan para hacerle seguimiento a la forma en que se está implementando el Programa de Atención Psicosocial y Salud Integral a Víctimas, en lo que tiene que ver con la prestación del servicio en salud mental y salud sexual de las víctimas de graves violaciones a los derechos humanos.

                                                                                                                              Read more!

                                                                                                                              Igualmente, le ordenó realizar visitas de verificación a las entidades prestadoras de servicios en salud mental y salud sexual y rendir un informe sobre las acciones adelantadas por las instituciones a cargo de la atención a las víctimas de graves violaciones a los derechos humanos, en relación con la prestación de los servicios de salud mental y sexual. Para Cabrera, es importante que el Ministerio de Salud “asuma su rol como Estado ante estas víctimas”.

                                                                                                                              En el proceso por esta tutela interpuesta por Celia, la Corte aprovechó, además, para consultarles a varias organizaciones sobre el panorama de la política pública de atención a víctimas, en materia de salud sexual y mental. La Organización Casa de la Mujer, por ejemplo, indicó que “actualmente no existe una política pública para la prevención de la violencia sexual, protección de las mujeres víctimas y sanción de los responsables, lo cual contribuye a que la impunidad se sostenga y se perpetúe el incumplimiento del Estado en su deber de proveer a las víctimas de recursos judiciales efectivos”.

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              La Defensoría del Pueblo, por su parte, hizo alusión a la necesidad de que los estados fortalezcan los servicios de atención a las víctimas de violencia sexual mediante un protocolo adecuado y capacitación a los funcionarios responsables de su atención en perspectiva de género”.

                                                                                                                              Ante este panorama, y con base en el caso de Celia, la Corte concluyó que cuando el Estado falla a la hora de prestarles servicios a las víctimas o de no entenderlas por sus condiciones culturales, de género o de edad, las revictimiza. Y señaló: “No es suficiente con afiliarlas al sistema de seguridad social”.

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              Respecto al caso puntual de Celia sostuvo que, pese a que ella y su hijo recibieron algunos tratamientos, no estuvieron afiliados durante mucho tiempo en el sistema de seguridad social. Posteriormente no se les dio atención especializada, sino que simplemente se delegó la prestación del servicio en una EPS. De la misma forma, no se hizo un plan de rehabilitación que respondiera a sus condiciones especiales y se “evidenció la desarticulación del sistema”, debido a la existencia de muchas entidades con funciones que podían sobreponerse entre sí.

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              Por ello, le ordenó a la Unidad de Víctimas que diseñe un plan y adopte medidas de restitución, rehabilitación, satisfacción y garantías de no repetición para Celia y su hijo; y al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, medidas puntuales para la reparación del menor abusado. “Algunas víctimas sufren un trauma tan profundo que deben reacomodarse en la sociedad mediante tratamiento psicológico y asesoría social, pues el delito las ha estigmatizado y apartado de la comunidad”. Celia y su hijo son un triste ejemplo de esto. Uno de miles en una Colombia abusada por el conflicto.

                                                                                                                              *Nombre que figura en el fallo para proteger la identidad real de la víctima.

                                                                                                                               

                                                                                                                               

                                                                                                                              Parece una película de terror: Celia* y su hijo fueron encerrados durante siete meses en su casa en Puerto Libertador (Córdoba) por las Águilas Negras. Los esclavizaron. Y en una ocasión los llevaron a un cultivo de plátano, donde a ella la torturaron y la golpearon, llegando incluso a apuñalarla en la vagina luego de violarla. Al menor, por otra parte, lo violaron y lo torturaron ante la mirada atónita de su madre. Celia y su hijo no tuvieron otra opción que desplazarse junto con otros dos familiares, primero a Medellín y luego a Bogotá, donde fueron incorporados al Programa de Protección de Testigos de la Fiscalía.

                                                                                                                              Desde ese momento, Celia y su hijo sufren de un estrés postraumático que cada vez es peor. Como si fuera poco, ella, por culpa del abuso, sufre un sangrado permanente y debe usar toallas higiénicas todos los días desde hace tres años, mientras que el menor sufre de incontinencia fecal y urinaria, por lo que requiere usar pañales de manera continua. Pese a algunos tratamientos recibidos, Celia y su hijo estuvieron durante años buscando que el Estado les brindara una atención proporcional a la tragedia sufrida.

                                                                                                                              Con este objetivo acudieron a la justicia. La Corte Constitucional, en un reciente fallo, les dio la razón. Y no sólo eso. El alto tribunal sostuvo que este caso evidenciaba que “pese a los esfuerzos del Gobierno por intentar garantizar el derecho a la salud mental de las víctimas de graves violaciones a los derechos humanos con ocasión de actos de violencia generalizada, se hace necesario reforzar las políticas e instrumentos para este objetivo”.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              En entrevista con este diario, Linda Cabrera, subdirectora de Sisma Mujer, denunció que “la Fiscalía ya cuenta con todos los elementos para llamar por lo menos a imputación a los responsables de este hecho. Los agresores ya están plenamente identificados, pero la Fiscalía no ha querido avanzar en el proceso, por razones que desconocemos”.

                                                                                                                              Agregó que por parte del sistema de salud “no se ha querido reconocer las afectaciones de la violencia sexual en la salud sexual y mental de estas mujeres”. Muchas veces, malestares, por ejemplo, en el sistema reproductivo de las mujeres no son vinculados a los abusos cometidos en su contra, como lo sucedido con Celia. Muchas veces no son atendidas y, cuando lo son, “no se les brinda una atención especializada”. Y por ello se revictimiza a la mujer afectada al exponerla a tratamientos invasivos y traumáticos.

                                                                                                                              En el caso de Celia, por ejemplo, estuvo expuesta a pruebas físicas y sicológicas que no hicieron sino agravar su situación. Ante este panorama, el alto tribunal le ordenó al Ministerio de Salud emprender un plan para hacerle seguimiento a la forma en que se está implementando el Programa de Atención Psicosocial y Salud Integral a Víctimas, en lo que tiene que ver con la prestación del servicio en salud mental y salud sexual de las víctimas de graves violaciones a los derechos humanos.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              En el proceso por esta tutela interpuesta por Celia, la Corte aprovechó, además, para consultarles a varias organizaciones sobre el panorama de la política pública de atención a víctimas, en materia de salud sexual y mental. La Organización Casa de la Mujer, por ejemplo, indicó que “actualmente no existe una política pública para la prevención de la violencia sexual, protección de las mujeres víctimas y sanción de los responsables, lo cual contribuye a que la impunidad se sostenga y se perpetúe el incumplimiento del Estado en su deber de proveer a las víctimas de recursos judiciales efectivos”.

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              La Defensoría del Pueblo, por su parte, hizo alusión a la necesidad de que los estados fortalezcan los servicios de atención a las víctimas de violencia sexual mediante un protocolo adecuado y capacitación a los funcionarios responsables de su atención en perspectiva de género”.

                                                                                                                              Ante este panorama, y con base en el caso de Celia, la Corte concluyó que cuando el Estado falla a la hora de prestarles servicios a las víctimas o de no entenderlas por sus condiciones culturales, de género o de edad, las revictimiza. Y señaló: “No es suficiente con afiliarlas al sistema de seguridad social”.

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              Respecto al caso puntual de Celia sostuvo que, pese a que ella y su hijo recibieron algunos tratamientos, no estuvieron afiliados durante mucho tiempo en el sistema de seguridad social. Posteriormente no se les dio atención especializada, sino que simplemente se delegó la prestación del servicio en una EPS. De la misma forma, no se hizo un plan de rehabilitación que respondiera a sus condiciones especiales y se “evidenció la desarticulación del sistema”, debido a la existencia de muchas entidades con funciones que podían sobreponerse entre sí.

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              Por ello, le ordenó a la Unidad de Víctimas que diseñe un plan y adopte medidas de restitución, rehabilitación, satisfacción y garantías de no repetición para Celia y su hijo; y al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, medidas puntuales para la reparación del menor abusado. “Algunas víctimas sufren un trauma tan profundo que deben reacomodarse en la sociedad mediante tratamiento psicológico y asesoría social, pues el delito las ha estigmatizado y apartado de la comunidad”. Celia y su hijo son un triste ejemplo de esto. Uno de miles en una Colombia abusada por el conflicto.

                                                                                                                              *Nombre que figura en el fallo para proteger la identidad real de la víctima.

                                                                                                                               

                                                                                                                               

                                                                                                                              Por Juan Sebastián Jiménez

                                                                                                                              Ver todas las noticias
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