Carlos Maestre estuvo cerca de poner contra las cuerdas al fiscal general Francisco Barbosa por cuenta de una acción de tutela que presentó en su contra pero que no prosperó ni en el Tribunal Superior de Cali ni en la Corte Suprema de Justicia. En el documento exponía que se le vulneraron los derechos al debido proceso, la protesta y a la propiedad privada, por los señalamientos que hizo ante un medio de comunicación el jefe del búnker en el que dejaba claro que se impondría extinción de dominio a los camiones que obstaculizaran las vías del país en el marco del paro nacional convocado el pasado 28 de abril.
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“En este momento la Fiscalía General de la Nación va a proceder a que los vehículos que estén obstruyendo vías públicas y que puedan afectar derechos de la ciudadanía la Fiscalía va a ejercer la acción de extinción de dominio y me voy a quedar, esta Fiscalía se va a quedar con los camiones, en el marco de la extinción”, dijo en su momento Barbosa y añadió que un equipo de fiscales especializados ya se encontraban en terreno haciendo esa labor.
Estas afirmaciones, para Maestre, son expresiones arbitrarias debido a que muchos de los ciudadanos que participan en las protestas, de forma pacífica, utilizan las vías públicas para el ejercicio de su derecho. De ahí que considere que con sus declaraciones impide, de alguna forma, manifestar su descontento a través de la movilización puesto que “muchos transitan en sus vehículos y realizan caravanas en los mismos”.
Maestre dijo que se le vulneraba el derecho a la protesta porque, de alguna manera, lo estaban coartando para que se movilizara en un vehículo, lo estacionara y ejerciera su derecho; frente al debido proceso señaló que al fiscal Barbosa “se le olvida que para poder efectuar la extinción de dominio tiene que soportar que nuestros vehículos tengan origen ilícito”.
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Junto a sus argumentos, Maestre pidió que se le ordenara al fiscal que se abstuviera de realizar el procedimiento de extinción de dominio contra los bienes de su propiedad debido a que son fruto de su trabajo. De igual forma solicitó, que se abstuviera de emitir órdenes a otras entidades para el cumplimiento de tales fines, y por último, requirió la compulsa de copias al presidente del Senado por las actuaciones de Barbosa.
Las pretensiones de Maestre llegaron al Tribunal Superior de Cali, que solicitó a la Dirección Especializada de Dominio un informe en el que diera cuenta si los bienes del tutelante estaban bajo alguna directriz de esta clase. La respuesta fue negativa y junto con ello la decisión de la corporación judicial que adujo que al no encontrarse inmerso en un proceso no se le vulneró los derechos que invocó en su acción de tutela.
“Destaca frente a los argumentos de la tutela, que se está frente a presupuestos hipotéticos y no materializados, pues no se ha activado embargo o secuestro sobre los bienes del actor, sino que se enfrentan a una vulneración expectante de derechos”, dijo el tribunal y añadió que si bien en algún momento se registraron las declaraciones por parte del fiscal en relación a la extinción de dominio, la vicefiscal Martha Mancera en una posterior intervención aclaró el alcance de las afirmaciones entregadas por el jefe del búnker.
La Sala Laboral del Tribunal Superior, que emitió decisión de primera instancia, el pasado 20 de mayo, centró su estudio en determinar, si con las declaraciones dadas por el fiscal general, se vulneraron o amenazaron los derechos fundamentales de Maestre, evitando un perjuicio irremediable; No obstante, la Sala reiteró que no existió vulneración ni amenaza de los derechos del tutelante debido a que este no logró demostrar un perjuicio.
Inconforme con la decisión Maestre interpuso un recurso de impugnación que llegó a la Corte Suprema de Justicia. Sin embargo, allí, se encontró con el mismo panorama debido a que no justificó su descontento sobre la decisión emitida en primera instancia. El alto tribunal recordó que la acción de tutela debe usarse como mecanismo excepcional para la protección de los derechos que están siendo amenazados, y en este caso, no ocurría.
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“Desde ya precisa la Corporación, que la solicitud de amparo se torna improcedente, con fundamentado en las evidencias que se incorporaron a la presente acción de amparo, y en estricto apego a lo previsto en nuestro ordenamiento jurídico, así como acogiendo la abundante línea jurisprudencia de esta Sala y la expuesta por la Corte Constitucional”, dice la providencia del alto tribunal.
Para la Corte es claro que la Fiscalía, con las “simples declaraciones” que suministró Barbosa no se configura una violación personal y directa respecto de Maestre, y mucho menos, una eventual amenaza de vulneración de sus derechos. No obstante, dejó claro que en caso de que se llegare a materializar las medidas anunciadas por el jefe del búnker en las que se puedan afectar los derechos de los ciudadanos sí deberán ser objeto de estudio, sin embargo, resaltó que este no era el momento para hacerlo.
“La Sala advierte a la accionante que en el presente caso no se le ha vulnerado su derecho a la propiedad privada por parte del ente acusador o su representante, ni a la protesta pacífica expuestas en la tutela, pues tal y como ya se indicó, de las pruebas allegadas y las certificaciones expedidas por la accionada, se logra inferir que no existe ningún quebrantamiento de dichas garantías constitucionales, susceptibles de ser amparadas”, dice el documento.