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La verdad en caso Galán, de nuevo, cae en manos de la Corte Suprema de Justicia

Aunque el Tribunal Superior de Cundinamarca tumbó la condena en contra del coronel (r) Manuel González, al considerar que la Fiscalía no logró probar su relación en el homicidio del excandidato presidencial, la Corte Suprema de Justicia estudiará una casación para determinar cuál fue realmente la relación del exoficial en el atentado.

17 de junio de 2020 - 02:16 a. m.
El candidato presidencial fue asesinado en plena plaza pública el 18 de agosto de 1989. La Corte Suprema de Justicia condenó al entonces director del DAS, Migue Maza Márquez, por estos hechos. / Archivo
El candidato presidencial fue asesinado en plena plaza pública el 18 de agosto de 1989. La Corte Suprema de Justicia condenó al entonces director del DAS, Migue Maza Márquez, por estos hechos. / Archivo

La absolución del coronel (r) Manuel Antonio González de la investigación por el asesinato de Luis Carlos Galán trae más dudas que verdades. Por lo menos así entendió la familia Galán la decisión que tomó el Tribunal Superior de Cundinamarca, en una sentencia que consideran contradictoria de lo que ya ha dicho la Corte Suprema de Justicia. El contenido de la determinación judicial, que recibieron los Galán de voz de medios de comunicación pues no fueron notificados por el Tribunal, ya está en estudio de sus abogados pues tienen claro que van a presentar un recurso judicial para tumbar ese fallo.

En concreto, la familia del excandidato presidencial, asesinado el 18 de agosto de 1989 en plena plaza pública en Soacha, le pedirá a la Corte Suprema de Justicia que estudie su recurso extraordinario de casación pues consideran que la decisión del Tribunal Superior de Cundinamarca va en contravía con lo que el alto tribunal ya dejó claro en la sentencia en la que condenó a 30 años de prisión al general (r) Miguel Maza Márquez. Para los Galán, es contradictoria esta nueva decisión porque, entre otras cosas, el coronel (r) González era mano derecha de Maza y ambos fueron procesados por los mismos hechos.

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Por eso, aseguran los familiares, “no puede ser que un tribunal haga una valoración de las pruebas, y que la Corte haga otra con los mismos hechos”. Además, fuentes cercanas al proceso anotaron “que es curioso que sea el Tribunal Superior de Cundinamarca el que absuelva a González, con argumentos similares a los que usó esta misma instancia cuando tomó la misma decisión en el caso de exministro Alberto Santofimio, también investigado en este caso”. Después de que el exfuncionario fuera absuelto, la Corte Suprema de Justicia revocó esa decisión y lo condenó en agosto del año pasado.

Más allá de los “peros” a la decisión de Tribunal, en ambos expedientes existen elementos en común que los jueces ya han dejado escrito en sus sentencias. Aunque en el fallo de absolución de González, los magistrados consideraron que “la simple amistad además de la relación laboral que unía a los mencionados (González y Maza Márquez), no constituye una prueba suficiente del conocimiento que el primero debía tener de las actividades fuera de la ley que desarrollaba el segundo, las cuales al parecer, ameritaron la condena que le fue impuesta”, tanto el juzgado de primera instancia como la Corte Suprema le han validez a ese argumento.

(Vea acá el especial sobre lo 30 años del asesinato de Galán)

Así quedó evidenciado, por ejemplo, en la sentencia del alto tribunal en contra del general y entonces director del DAS, Maza Márquez, en donde recordó que ese organismo de seguridad en cabeza del general en retiro colaboró para facilitar el atentado en contra de Galán. En concreto, la Corte describió en la sentencia que el cambio en el esquema de seguridad del candidato presidencial fue crucial para concretar el atentado y que, detrás de esa decisión, estuvo Maza y su mano derecha, el coronel (r) Manuel González. Además, en el fallo de primera instancia en contra de González, también se consideraron argumentos similares.

En esa decisión, de junio de 2015, quedó claro que de la oficina del coronel González dependía la sección de Protección de personalidades, candidatos y altos dignatarios y allí fue donde se produjo el cambio del jefe de seguridad de Galán para asignarle dicha función al teniente Juan Jacobo Torregrosa, un hombre con antecedentes disciplinarios y sin experiencia para proteger la vida del entonces hombre más amenazado del país por los carteles de la droga. Además de estos hechos, la Corte Suprema de Justicia estableció en la condena contra Maza que quien terminó validando la hoja de vida de Torregrosa fue el propio González.

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En la sentencia de absolución del coronel (r) González, el Tribunal anotó una serie de reproches, especialmente en contra de la investigación adelantada por la Fiscalía. Los magistrados detrás de la polémica decisión, Augusto Enrique Brunal, Joseyn Gómez e Israel Guerrero, cuestionaron que el ente investigador no hubiera investigado la supuesta relación de funcionarios de la Alcaldía de Soacha en el homicidio pues uno de ellos advirtió en su momento que uno de los sicarios hacía parte de esa comitiva. Para los magistrados, esta omisión dejó “a la deriva aspectos relevantes que posiblemente hubiesen conducido a la obtención de una verdad real y procesal para las víctimas de tan ominoso suceso”.

Además, también reprocharon que el ente investigador no hubiera sido claro con los testigos, especialmente con lo que hablaron en contra de González, pues, para los jueces, ellos “se limitaron a emitir juicios de valor respecto del comportamiento de terceros, Miguel Maza y Jacobo Torregrosa”. Y que, sobre ellos, la Fiscalía nunca logró comprobar su participación pues lo único que obtuvo fueron testimonios de personas, ya fallecidas (como Jhon Jairo Velásquez, Popeye, y Alonso de Jesús Baquero, alias Vladimir), quienes no presenciaron los hechos ni tenían cómo vincular a González al caso.

Sin embargo, la Corte Suprema de Justicia sí le dio relevancia a estos testimonios en la condena contra Maza Márquez. Ahora será este alto tribunal el que decida si deja en firme la condena a 22 años de cárcel en contra de González, o si mantiene la reciente decisión del Tribunal Superior de Cundinamarca de absolverlo. En todo caso, será una determinación clave para entender qué fue lo que pasó el 18 de agosto de 1989 y quiénes estuvieron detrás del asesinato de Luis Carlos Galán. Así llegue más de 30 años después.

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