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                                                                                                                              La verdad judicial de la retoma del Palacio de Justicia, 35 años después

                                                                                                                              Estos son algunos de los hechos que la justicia ha esclarecido sobre la operación militar que se desarrolló tras la cruenta toma del M-19 el 6 de noviembre de 1985.

                                                                                                                              Los vehículos militares ingresaron al Palacio de Justicia por orden del general (r) Jesús Armando Arias Cabrales. /Archivo El Espectador
                                                                                                                              Foto: El Espectador

                                                                                                                              Gracias por ser nuestro usuario. Apreciado lector, te invitamos a suscribirte a uno de nuestros planes para continuar disfrutando de este contenido exclusivo.El Espectador, el valor de la información.

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                                                                                                                              Foto: El Espectador

                                                                                                                              La recuperación del Palacio de Justicia por parte del Ejército, luego de la toma armada que lideró la guerrilla del M-19 el 6 de noviembre de 1985, nunca pretendió recuperar con vida a las más de cien personas que estaban atrapadas en el lugar que representaba la majestad de la administración de justicia. Esta es una de las verdades que descubrió el mismo aparato judicial que se pretendió minar en la incursión guerrillera. Así lo dejó en claro la Corte Suprema de Justicia, en septiembre de 2019, en la histórica sentencia que ratificó la pena de 35 años de prisión en contra del general (r) Jesús Armando Arias Cabrales, entonces comandante de la Brigada XIII del Ejército.

                                                                                                                              Esa sentencia, cuyo contenido tal vez tomará años en ser apropiado por el país, develó una serie de verdades judiciales que hoy, cuando se cumplen 35 años de aquellos aciagos días, vale la pena exponer. La condena se dio por la desaparición de los empleados de la cafetería Carlos Rodríguez, Bernardo Beltrán, Luz Mary Portela, David Suspes y la guerrillera Irma Franco. Y va de la mano con la decisión que la Corte Suprema tomó en 2015, absolviendo de responsabilidad al coronel (r) Alfonso Plazas Vega, condenado a treinta años de prisión en 2010. La realidad procesal dice que las órdenes de la retoma, con sus consecuencias, las tomó Arias Cabrales, pero siguiendo un plan ya existente. El Espectador retoma algunas verdades que la justicia expuesto sobre esta herida abierta del conflicto colombiano.

                                                                                                                              (Le puede interesar: La nefasta verdad detrás de la retoma del Palacio de Justicia, según la Corte Suprema)

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              Lejos de buscar salvar las vidas de los rehenes de la toma del Palacio, en las 28 horas siguientes, las Fuerzas Armadas solo buscaron acabar con el enemigo: el M-19. Acabarlo a toda costa, sin importar sus consecuencias, siguiendo una estrategia militar que ya existía y estaba concebida para dos escenarios: la insurrección generalizada o la guerra con los vecinos. El Plan Tricolor 83 decía que no podía haber treguas, negociaciones ni ceses al fuego y fue aplicado a rajatabla por el oficial al mando, el general Arias Cabrales, su segundo al mando, coronel Luis Carlos Sadovnik, y el comandante del Ejército, Rafael Samudio Molina. Esta verdad judicial desbarata la idea de un operativo improvisado, que se construyó sobre la marcha y devela, quizá, por qué el esperado cese al fuego que clamaba en la radio el presidente de la Corte, magistrado Alfonso Reyes Echandía, nunca llegó.

                                                                                                                              El Plan Tricolor 83

                                                                                                                              Fue el general Samudio Molina quien confirmó la existencia del documento, a pesar de que fue incinerado, según reposa en el expediente judicial. El uso de la estrategia implicó que el Ejército no respondiera a una situación de conflicto, sino que buscaba “destruir” al enemigo, por más que los oficiales mencionados aseguraron que sí buscaron rescatar a los rehenes. La aplicación del Plan, que se había elaborado “años atrás” y se actualizaba cada dos o tres años, según dijo el general Samudio en 2008, llegó a que "se orientaran las armas del Estado con el desabrido pretexto de ‘defender la democracia’, sin hacer la mínima distinción entre combatientes y no combatientes, en clara violación del Protocolo II adicional de los Convenios de Ginebra de 1948. El documento desaparecido decía que las “operaciones deben caracterizarse por su persistencia, presión constante, continuidad y fuerza, a fin de conseguir resultados decisivos”.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              Manejo “especial” de personas

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              Derivado de un plan que no iba de la mano con las normativas de derechos humanos aplicables a la época, los militares, según la declaración del general Samudio, debían interrogar en el mismo campo de combate a los capturados y ser evacuados “a los organismos superiores”. Es decir, no a la justicia. Para la Corte Suprema, esta fue una clara manifestación de que personas fueron entregadas al contingente militar y no civil, un elemento sustancial de la desaparición forzada. Y así ocurrió, bajo la orden controlada del general (r) Arias Cabrales con las personas que salieron con vida del Palacio y fueron conducidas a la Casa del Florero, no para ser auxiliadas sino interrogadas severamente y de quienes no se supo más su paradero, en un acto que el alto tribunal calificó como una “solución final”, calificativo que alude al exterminio provocado por la Alemania nazi.

                                                                                                                              Sí hubo desaparecidos

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              Bajo esa lógica, el general (r) Cabrales fue condenado por la desaparición de los trabajadores de la cafetería Carlos Augusto Rodríguez Vera, Bernardo Beltrán Hernández, Luz Mary Portela León, David Suspes Celis y la guerrillera Irma Franco. No obstante, a la luz de la condena contra el Estado colombiano por parte de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, los desaparecidos son once, pues se suman los casos de Cristina del Pilar Guarín Cortés, Héctor Jaime Beltrán Fuentes, Gloria Stella Lizarazo Figueroa, Lucy Amparo Oviedo Bonilla y Gloria Ánzola de Lanao, además del exmagistrado Carlos Horacio Urán, quien fue ejecutado extrajudicialmente.

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              La sentencia de la Corte Suprema contra Arias Cabrales agrega dos elementos importantes: primero, que la desaparición forzada no fue algo fortuito ni la consecuencia del actuar de unos pocos, “sino el resultado de la acción de retoma”. Y que la desaparición se da incluso, si con posterioridad, los restos de las víctimas son encontrados, elemento que va de la mano del pronunciamiento de la Corte IDH. “El hecho de que después de la retoma fueran vistos en poder de las fuerzas del Estado y que no hayan sido entregados a la autoridad jurisdiccional, si se consideraba que existían indicios de sus vínculos con el grupo terrorista, es la manifestación de su desaparición jurídica. Pensar lo contrario es ofender el dolor de las víctimas y revictimizarlas”, dice esa decisión.

                                                                                                                              (Le puede interesar: ::El levantamiento y entrega de las víctimas del Palacio de Justicia, un caos que nunca se investigó::)

                                                                                                                              El liderazgo de Arias Cabrales

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              En este entramado, quien tuvo las riendas en la mano fue el general (r) Arias Cabrales. A él se le confió la puesta en marcha del Plan Tricolor. Fue el “jefe supremo de la operación, quien la dominó de principio a fin” y ordenó el ingreso de vehículos militares al Palacio de Justicia, imagen que está fijada en la memoria de los colombianos. Fue él quien asignó funciones a los integrantes de la Brigada XIII, el que dijo que las personas que salieran con vida debían ser llevadas a la Casa del Florero a ser interrogadas. De hecho, fue el coronel (r) Alfonso Plazas Vega, comandante de la Escuela de Caballería, quien confirmó esa orden a la justicia y en la sentencia en que fue absuelto se insistió: “Correspondió a la Brigada XIII, en cabeza de su comandante, asumir el mando operacional de la acción de recuperación de la edificación, el rescate de las personas que se encontraban dentro de ella y la neutralización del grupo subversivo que la llevó a cabo”.

                                                                                                                              Procesados y absueltos

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              El coronel (r) Alfonso Plazas Vega fue condenado originalmente por la desaparición de once personas en 2010, pero luego, en 2012, el Tribunal Superior de Bogotá solo le endilgó responsabilidad por las desapariciones de Carlos Rodríguez e Irma Franco. En casación, la Corte Suprema aseguró que no había prueba que permitiera sostener la condena en su contra, ya que solo se estaba estudiando su rol en dichos casos y no sobre lo que pasó en el holocausto del Palacio de Justicia. Otro militar absuelto, por duda razonable, fue el general (r) Iván Ramírez Quintero, entonces comandante del Comando de Inteligencia y Contra Inteligencia (COICI) del Batallón Brigadier Charry Solano. Esa decisión la tomó un juzgado de Bogotá en 2011 y la apelación sigue sin resolverse en el Tribunal Superior de Bogotá, mientras que el oficial acudió a la Jurisdicción Especial para la Paz.

                                                                                                                              La decisión de Belisario Betancur

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              Para la justicia, los excesos de un operativo militar en el que no podía haber tregua alguna fueron posibles, además, porque el presidente Belisario Betancur “decidió no intervenir en la dirección” del mismo. Así quedó consignado en el informe del Tribunal Especial de Instrucción que señala que debido a ello “las Fuerzas Militares se sintieron con carta abierta para destruir al enemigo, en el menor tiempo posible, sin que la suerte de los rehenes o la causación de destrozos fuera un obstáculo”. Betancur delegó la ejecución al ministro de Defensa, general Miguel Vega Uribe y, según declaraciones de expresidentes y candidatos presidenciales del momento como Álvaro Gómez Hurtado, este manifestó que habían decidido no negociar con los guerrilleros del M-19. Decisión que selló la suerte de todos los que estaban dentro del Palacio.

                                                                                                                              (Le podría interesar: Radiografía de la investigación del Palacio de Justicia)

                                                                                                                              Ver todas las noticias
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