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A menos de diez días de la segunda vuelta presidencial, la campaña política volvió a encontrar en los estrados judiciales uno de sus principales escenarios de confrontación. En cuestión de tres días, dos decisiones provenientes de dos instancias distintas alteraron el debate político. De un lado, una representante de la Comisión de Acusaciones propuso suspender provisionalmente al presidente Gustavo Petro por una investigación relacionada con presunta participación en política. Del otro, dos jueces limitaron elementos centrales de la estrategia electoral del candidato Abelardo de la Espriella: uno le ordenó abstenerse de utilizar el eslogan “Firme por la patria” y otro le prohibió seguir usando la camiseta de la Selección Colombia en actos y piezas de campaña.
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El episodio más reciente ocurrió en la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes. Allí, la congresista Gloria Arizabaleta (Pacto Histórico) firmó un documento en el que propuso suspender provisionalmente al presidente mientras avanza una investigación por presunta participación en política a favor de la candidatura de Iván Cepeda. El documento se conoció en la mañana de este miércoles y rápidamente desató una tormenta política y judicial. Aunque cogió vuelo la versión de que el jefe de Estado había sido suspendido, lo cierto es que eso nunca ocurrió. Sin embargo, la sola existencia de la propuesta bastó para trasladar el debate electoral desde las campañas hacia la discusión jurídica sobre el alcance de esa medida.
La controversia no tardó en concentrarse en una pregunta esencial: ¿tiene ella o la Comisión de Acusaciones la facultad de suspender al presidente de la República? Para numerosos juristas, la respuesta es negativa. En diálogo con El Espectador, la exministra de Justicia Ángela María Buitrago cuestionó la movida de Arizabaleta, no solo porque considera que para llegar a un momento en el proceso en el que se pueda considerar una suspensión, lo mínimo que exige la ley es que la investigación esté avanzada y no en un estado preliminar, como el caso contra el presidente. La jurista también criticó la naturaleza de la decisión adoptada por la representante, pues considera que una suspensión de semejante alcance exigiría mayores garantías procesales.
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La Constitución, además, contempla un camino distinto para una eventual suspensión presidencial. El constitucionalista Mario Cajas, director del Centro de Derecho Constitucional de la Universidad Icesi, recuerda que la única autoridad con facultades para adoptar una medida de ese tipo es el Senado. “La Constitución así lo determina: que la suspensión del cargo es una de las faltas temporales del presidente. Y las faltas temporales, como la suspensión, sólo la puede decretar el Senado”, explicó. Según Cajas, ni la representante investigadora, ni la Comisión de Acusaciones, ni siquiera la plenaria de la Cámara tienen competencia constitucional para suspender directamente al jefe de Estado. Ese procedimiento exige varias etapas previas y una intervención posterior del Senado.
Aunque la estrategia de Arizabaleta contempló enviarle al presidente del Senado su propuesta de suspensión, para que el senador Lidio García lo pusiera en discusión, el congresista contestó sin rodeos: “No hagamos política con la ley ni con la Constitución colombiana. El proyecto (el de la representante) que ha conocido la opinión pública es abiertamente ilegal e inconstitucional”. Con el mundo judicial encima de la propuesta de la congresista, con duras críticas por “descabellada” e “inconstitucional”, ella misma terminó echándose para atrás y, horas después de la controversia, que la medida debía ser sometida a votación dentro de la Comisión de Acusaciones antes de avanzar hacia otras instancias institucionales.
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Desde Nueva York, el presidente Petro se pronunció sobre la polémica en Bogotá. Aunque no dio mayores detalles, aseguró que la jugada de Arizabaleta era “una extorsión” en su contra porque la congresista “ha pedido cosas que yo no he querido dar a pesar de que hace parte de mi partido”. Por su parte, el candidato De la Espriella dijo que toda esa polémica no era más que una estrategia que calificó como “autoatentado legislativo” que le pavimentaría el camino al presidente para hacer política sin incurrir en faltas disciplinarias. Aunque la controversia se ajustó a sus proporciones cuando la propia Arizabaleta corrigió su propia propuesta, en el aire sí quedó la duda de hasta dónde pueden ir estas decisiones judiciales en plena campaña electoral.
No solo porque lo que buscaba la representante, a través de una investigación disciplinaria, era tocar las funciones mismas del presidente en ejercicio, sino porque solamente esta última semana se han conocido otros dos fallos con implicaciones directas en la campaña. Una de ellas se conoció hace ocho días, cuando la jueza de Bogotá, Aura Luz Forero, ordenó a De la Espriella dejar de utilizar la camiseta de la Selección Colombia en actividades políticas, redes sociales y piezas publicitarias mientras se estudia una tutela. La jueza concluyó que existen elementos suficientes para considerar que la apropiación de ese símbolo deportivo podría afectar derechos fundamentales relacionados con la igualdad y la libertad electoral.
Según la providencia, la camiseta representa a todos los colombianos y no debería asociarse con una candidatura específica. Aunque la decisión quedó en el aire porque el ciudadano que presentó la tutela retiró el recurso, las dudas quedaron sembradas. Además, en cuestión de dos días, se conoció otra decisión en contra de la campaña que ganó la primera vuelta el pasado 31 de mayo. Esta vez, el magistrado Rafael Albeiro Chavarro, del Tribunal Superior de Bogotá, le ordenó provisionalmente a De la Espriella abstenerse de utilizar el eslogan “Firme por la patria” y retirar la propaganda que incorporara símbolos patrios. La decisión se produjo dentro de una tutela que cuestiona el uso de elementos asociados a la identidad nacional durante una campaña electoral. Una discusión muy similar que la del uso de la camiseta de la Selección.
Según el despacho, la utilización de esos símbolos podría transmitir la idea de que quienes no respaldan esa candidatura actúan en contra de los intereses del país. El magistrado también cuestionó el uso de la bandera, los colores nacionales y referencias asociadas a la noción de patria. En ese contexto, lo que está pasando en estas elecciones refleja un fenómeno cada vez más visible en esta campaña presidencial: el creciente protagonismo de los jueces en discusiones que terminan influyendo en la competencia política. Aunque las decisiones judiciales responden a demandas concretas y a procedimientos previstos por la ley, sus efectos trascienden los expedientes.
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El penalista Fabio Humar señaló que “la justicia en Colombia tiene todo el derecho a evaluar todas las acciones y pleitos que le sean sometidos a su conocimiento. Pero sí desdice mucho que la justicia actúe con tanta prontitud en unas cosas tan relevantes y por el contrario se demore tanto en asuntos que no ameritarían mucha más celeridad. Por ejemplo, entiendo que hay una tutela en el Tribunal Superior de Bogotá, que sí se debe fallar pronto, para que los candidatos fueran a un debate público”.
En una posición similar se pronunció el también penalista Francisco Bernate: “Mientras miles de personas tienen que esperar por una cita médica, un examen médico, una cirugía o un traslado de su fondo de pensiones, los magistrados y jueces están ocupados en este tipo de debates que claramente desbordan lo que tiene que ver con los derechos fundamentales de los ciudadanos”, concluyó. Lo cierto es que, a pocos días de la segunda vuelta presidencial, las decisiones judiciales volvieron a instalarse en el centro de la campaña y terminaron ocupando un espacio que, en teoría, debería estar reservado para la discusión de propuestas.
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