Las recomendaciones ambientales del Tribunal de Cundinamarca a El Cerrejón
Hasta el alto tribunal llegó una acción popular que denuncia supuestas fallas en material ambiental y en la salud de los empleados de la mina ubicada en el departamento de La Guajira. La empresa minera asegura que cumple con todas las regulaciones.
Redacción Judicial
Al Tribunal de Cundinamarca llegó una acción popular en contra de Carbones Cerrejón Limited por supuestamente violar el ambiente sano, la seguridad y salubridad, derechos básicos consagrados en la constitución. Según los demandantes, la empresa minera habría cometido varias irregularidades en su misión de proteger a sus empleados y minimizar el impacto ambiental de la explotación de carbón.
Gracias por ser nuestro usuario. Apreciado lector, te invitamos a suscribirte a uno de nuestros planes para continuar disfrutando de este contenido exclusivo.El Espectador, el valor de la información.
Al Tribunal de Cundinamarca llegó una acción popular en contra de Carbones Cerrejón Limited por supuestamente violar el ambiente sano, la seguridad y salubridad, derechos básicos consagrados en la constitución. Según los demandantes, la empresa minera habría cometido varias irregularidades en su misión de proteger a sus empleados y minimizar el impacto ambiental de la explotación de carbón.
De acuerdo con la demanda, la médica María Teresa Espinosa Restrepo y la ingeniera Lelys Archila Escorcia presentaron en diciembre de 2009 un estudio en el que se evidenciarían varias de las emociones cometidas por Cerrejón. Asimismo, según los demandantes, comunicaciones emitidas desde el Ministerio de Protección Social y Procuraduría Regional de La Guajira señalan “que los trabajadores de la mina El Cerrejón presuntamente se encuentran expuestos a sustancias comprobadamente cancerígenas” por lo que la empresa debía divulgar los riesgos físicos, químicos y ergonómicos “a los que se encuentran expuestos los trabajadores”.
(Le puede interesar: Demandan licencia ambiental del Cerrejón ante el Consejo de Estado)
Entre los argumentos de los demandantes está que a los trabajadores no se les ha informado sobre los riesgos a los que están expuestos y son varios los casos de mineros y otros laborantes de Cerrejón que han sufrido enfermedades profesionales debido a la falta de advertencias y prevención. Estarían, de acuerdo con la acción judicial, los casos de un minero con silicoantracosis nodular simple, enfermedad pulmonar causada por la aspiración de sílice, y otros dos trabajadores con diagnósticos positivos por contacto con sustancias cancerígenas.
Asimismo, los demandantes se apoyaron en un informe de morbilidad del 12 de abril de 2010 en el que la secretaria de Salud de Uribia de la época, doctora María Alejandra Iguarán, señala que en la zona de influencia de Cerrejón y en la línea ferroviaria que saca el carbón hay trabajadores enfermos, “y lo más grave, trabajadores de más de 7 años que no se les ha definido el tipo de enfermedad que padecen”.
Frente a los señalamientos, la empresa carbonífera aseguró en primer lugar que no es responsable de la situación de varios de los trabajadores de la mina ya que muchos de ellos están bajo prestación de servicio y “el Cerrejón no es responsable de ninguna de las obligaciones contractuales, legales o reglamentarias que le corresponden directamente al empleador”.
(Lea también: Los daños colaterales del Cerrejón)
También, la empresa minera señala que el informe redactado por Espinosa y Archila Escorcia no es válido ya que no se contó con presencias de administrativos del Ministerio de Protección Social (hoy Ministerio de Salud). De esta manera, la información obtenida no se considera oficial y no podía ser usada para la redacción de un informe.
En su defensa, Cerrejón también aseguró que no es cierto que existan múltiples denuncias de contaminación del medio ambiente o afectación a las condiciones de salud de sus empleados. Además, de que la posible contaminación ambiental por el polvillo de carbón ha sido minimizada, “garantizado unas condiciones de trabajo apropiadas y mínimos niveles de exposición”.
Tras estudiar el material probatorio y los argumentos de ambas partes, el Tribunal de Cundinamarca determinó que no encontró omisiones graves frente a las acciones realizadas por Cerrejón. “La empresa Carbones el Cerrejón Limited ha implementado dentro de su programada de seguridad Industrial una serie de mecanismo s y/ o medidas con las que pretende mitigar el impacto que genera con su actividad tanto en el espacio donde desarrolla su objeto social como en las comunidades aledañas”, asegura el Tribunal Administrativo de Cundinamarca en su decisión.
(Le puede interesar: Cerrejón ve panorama negativo para el carbón)
Asimismo, de acuerdo con el alto tribunal, los testimonios y la documentación permite inferir que Cerrejón tiene planes de manejo ambiental aprobados por el Ministerio de Ambiente. Además, no se ha encontrado sanción alguna en contra de la mina durante toda su vida.
Sin embargo, el alto tribunal, bajo el principio de prevención, decidió amparar los derechos relativos al goce de un ambiente sano, seguridad y salubridad públicas de los trabajadores y cercanos a la mina. De esta forma le exigió a Cerrejón que incorporara una serie de recomendaciones que hizo la Corporación Autónoma de La Guajira en septiembre de 2012 y que no existía evidencia de que la empresa minera las hubiera acatado.
Entre esas recomendaciones está instalar una cortina vegetal en las comunidades aledañas para que se atrape la mayor cantidad posible de polvillo generado, recoger el carbón derramado en la vía férrea durante su transporte, informar a las autoridades sobre posibles atentados a la infraestructura de transporte, entre otras recomendaciones.
(Le podría interesar: Autoridades prometen 25 pozos para comunidades indígenas de La Guajira)
De igual manera, la Corporación le pidió a la empresa minera que hiciera un mayor seguimiento y control ambiental ya que en varios botaderos las comunidades aledañas estaban presentando diferentes tipos de afectación.