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“Las sentencias por sí solas no cambian el sistema”: magistrada ecuatoriana

La magistrada Karla Andrade habló con El Espectador sobre cómo, desde las cortes, arranca un trabajo de protección al medioambiente que, para que funcione, debe estar apegado a la realidad de las comunidades y no quedarse en el papel. Estos son los retos que tiene la Corte Constitucional de Colombia, según la togada.

Jhordan C. Rodríguez

03 de octubre de 2023 - 03:17 p. m.
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La Corte Constitucional es noticia por estos días por haber tumbado el decreto del presidente Gustavo Petro, con el que declaró el Estado de emergencia en La Guajira. Pero, otro de los asuntos que tiene al alto tribunal como protagonista es el encuentro anual de la jurisdicción constitucional que realizó en Girardot (Cundinamarca), el cual tuvo como eje central el cuidado del agua y la protección del medioambiente. Allí, los magistrados del alto tribunal, además de comprometerse a encaminar sus esfuerzos para hacerle frentes a la crisis climática, recibieron a expertos internacionales quienes, desde casos de éxito, recomendaron al tribunal colombiano algunas medidas que deben tener en cuenta.

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Karla Andrade Quevedo, magistrada de la Corte Constitucional de Ecuador desde 2019, fue una de las participantes del encuentro y, en diálogo con El Espectador, habló sobre cómo, aunque Colombia es un referente para la región en el cuidado del medioambiente desde lo constitucional, tiene un largo camino por recorrer y ajustar para lograr sus objetivos.

Ecuador es un país pionero en la protección del agua y el medioambiente, ¿cómo fue ese proceso en el que van más adelantados que muchos países de la región?

En Ecuador, las personas que participaron dentro del proceso constituyente, y los constituyentes en esa época, y las personas que participaron en las mesas, propusieron este tipo de inclusiones para proteger de forma más eficiente la naturaleza. Es por eso que la constitución ecuatoriana nace ya con un catálogo, no solamente de los derechos que antes eran considerados como derechos difusos o como los derechos colectivos nada más, sino también con un capítulo específico para los derechos de la naturaleza.

Usted expuso a los asistentes al evento que la constitución de su país tiene una noción muy amplia del medio ambiente, del agua, en el que lo reconocen como derecho humano, parte de la naturaleza y también como un recurso. ¿Cómo hacen para diferenciar todo eso? ¿Cuál es la importancia de que tenga esa diferenciación precisamente?

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La Corte Constitucional de Ecuador, cuando empieza a desarrollar los conceptos relacionados al medio ambiente, al agua y a los derechos de la naturaleza, lo hace un poco indistintamente y lo hace de forma general y cuando es muy habitual ver en las primeras sentencias que se declara la vulneración tanto al derecho al agua como también a la naturaleza, como al medio ambiente sano y como que se vinculan todos estos derechos.

Llega un momento en el que en la constitución se dice que no solamente se vulneraron los derechos de la naturaleza, sino también de las comunidades que están aledañas, cuando por ejemplo se ha hablado de temas de comunidades indígenas o comunidades relacionadas con actividades extractivas, no solamente se ha encontrado la vulneración del derecho de las personas a un medio ambiente sano y por ejemplo a la consulta previa, libre e informada, sino también a los derechos de la naturaleza. Y al principio esto no estaba del todo diferenciado o separado, pero en las últimas sentencias la Corte ecuatoriana empezaba a hacer análisis mucho más desagregado y entonces ahí es cuando en estos últimos cuatro años empezó a analizarlos de forma ya más específica y entra a analizarlos como elementos.

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Todo fue un proceso con el que ya después la Corte ecuatoriana llega, por ejemplo, en el caso de los ríos, a hablar del ciclo vital, del caudal ecológico, de cuáles son esos elementos y por qué el río, al ser parte de un ecosistema en específico, o por qué el bosque de los cedros, como un específico ecosistema por su valiosa composición, tiene esta categoría de sujeto de derecho en sí mismo por el valor intrínseco que tiene. Entonces es así como un poco se va tratando de distinta forma el alcance de estos derechos.

Esto no quita que al ser obviamente el agua un recurso también, un recurso estratégico nacional, como dicen los propios artículos de los derechos de la naturaleza, la Corte ha generado alguna jurisprudencia en donde es clara en decir que los derechos de la naturaleza tampoco son absolutos y no se permite ningún tipo de actividad, sino que hay ciertas actividades que sí están permitidas siempre que no atenten contra las futuras generaciones y no perjudiquen el ambiente al punto de acabar con él o vulnerar sus derechos.

¿Cómo es el estudio que normalmente hacen en la Corte Constitucional de Ecuador para no cometer errores entre la protección del medio ambiente y a la vez garantizar un desarrollo sostenible como usted dice?

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La Corte va caso a caso, lo que se ha hecho es ir analizando cada caso y mantenernos enmarcados en los contornos de ese caso, no tratar de decirlo todo de forma general, entonces cuando por ejemplo se trata de, por ejemplo, temas como el desarrollo de la consulta previa libre e informada para los pueblos. La Corte, cuando analiza este tipo de casos, lo hace específicamente respecto de esas circunstancias y esa comunidad y entonces ha ido avanzando poco a poco, caso a caso. Por otra parte, cuando habla de los manglares se centra específicamente en la situación del manglar y ha debido estudiar mucho, empezar a aprender mucho sobre temas que no necesariamente están relacionados solo con el derecho, sino también con ecología, con la biología, con otras ciencias, se ha apoyado incluso en los amigos de la Corte, en las audiencias para generar jurisprudencia que aborde específicamente ese caso en concreto y esa situación particular.

Ahora claro, eso también nos hace precavidos porque entendemos que también el sistema productivo, el Ecuador también reconoce los sectores estratégicos como por ejemplo los temas de extractivismo, también están previstos dentro de la constitución, entonces tratar de compaginarlo no es fácil y a veces son estos, el sacrificio, nosotros hacemos estos test de proporcionalidad donde tratamos de que el sacrificio no sea desmedido de acuerdo al beneficio que estamos buscando y con eso tratar de procurar que no se pierda la posibilidad tampoco de tener un desarrollo en el país.

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Siendo pioneros en la protección del medio ambiente, ¿cómo ven el trabajo de la Corte Constitucional colombiana?

La Corte Constitucional Colombiana ha marcado un hito en la región, ha sido una corte muy importante y tomando en cuenta que nosotros tenemos una corte que empezó con la constitución del 2008 y luego fue reinstalada y a partir del 2019 existe una nueva conformación total de la Corte Constitucional, la Corte colombiana ha sido un importante ejemplo de cómo ir creciendo en esa legitimidad y cómo ir trabajando durante 30 años hasta consolidarse como una corte referente en la región.

Ha sido importante para nosotros, en muchos casos relativos a derechos de la naturaleza, la Corte Ecuatoriana ha regresado a mirar los avances que tiene la Corte colombiana y cómo ha ido construyendo temas como por ejemplo el principio de precaución, el principio de prevención, hemos utilizado por ejemplo sentencias en las que hemos acudido al mínimo vital que utiliza la Corte colombiana, entonces yo creo que para Ecuador ha sido un referente.

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Ajustes siempre van a haber, hay que crecer, hay que adaptarse y las cortes estamos con ese reto de ir de a poco adaptándonos a las circunstancias, a la realidad y a estar ahí viendo y a mí, por ejemplo, estos eventos me parecen superimportantes porque muestran que la Corte Colombiana está mirando a la realidad, está mirando a la sociedad, está dispuesta a escuchar y a ver lo que está pasando allá afuera y que no es esta burbuja que no mira a lo que está pasando en la práctica, en la realidad.

¿Cómo hacer que el trabajo de las cortes se vea reflejado en la realidad, como usted dice?

Es duro, yo creo que es un trabajo paulatino. La constitución está ahí y nosotros como guardianes de esa constitución estamos ahí para hacerla cumplir, esto obviamente no es tarea fácil y no es de una sola cosa, yo creo que las sentencias por sí solas no cambian el sistema tampoco, dependen de la política pública, dependen de la intervención también de la ciudadanía, este es un proceso lento, pero yo creo que si miramos por ejemplo a la corte colombiana, aun cuando haya incumplimientos, aun cuando haya cosas, también ha dado pasos importantes y yo creo que además las cortes desatamos o gatillamos discusiones y a veces damos el pitazo de salida para que temas que no han estado en discusión empiecen a debatirse.

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Son decisiones duras cuando las cortes toman posiciones y posturas en defensa de derechos de la naturaleza, por ejemplo, que luego pueden golpear a sectores productivos poderosos, pero creo que son pequeños pasos que a largo plazo cuentan, no creo que la corte por sí sola y de un plumazo y con una sola sentencia soluciones todo. Nosotros mismos tenemos muchos problemas para garantizar los cumplimientos y en eso por ejemplo trabajamos en buscar medidas más eficientes.

Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

Por Jhordan C. Rodríguez

Periodista y creador de contenido con más de cuatro años de experiencia cubriendo fuentes de poder político y judicial.@JhordanR11jrodriguez@elespectador.com
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