Mientras la indignación persiste por la respuesta que, como reveló este diario, entregó la Secretaría de Gobierno de Bogotá –que ya prometió rectificar– a la demanda de la familia de Rosa Elvira Cely, en la cual la acusaban de ser la responsable de su atroz crimen, otra batalla en silencio se adelanta en la Corte Constitucional: decidir si se mantiene o se retira la Ley Rosa Elvira Cely, con la que se introdujo el delito de feminicidio en el Código Penal. El pasado 11 de marzo, John Fredy Ríos, Juan Pablo Acosta y Luis Felipe Villa presentaron una demanda de inconstitucionalidad contra la Ley 1761 de 2015, con la que la Fiscalía en Colombia empezó a perseguir y judicializar a quienes asesinaran a una mujer “por su condición de mujer”.
Precisamente, esa última frase es la que los abogados antioqueños consideraron inconstitucional. Para ellos es “ambigua y vaga” a la hora de establecer cuáles son los motivos que permiten calificar el asesinato de una mujer como feminicidio. Además, los demandantes también señalaron que el feminicidio ya era considerado un crimen en Colombia bajo el delito de homicidio con el agravante de que se cometiera por el hecho de ser mujer. Palabras más, palabras menos, que no era necesario crear una nueva ley.
El magistrado Luis Ernesto Vargas, a quien le corresponde la ponencia de si se declara o no válido el delito del feminicidio, invitó al debate a la Fiscalía para que planteara su postura. El pasado 29 de abril, días antes de que se conociera el escándalo que revictimizó a la protagonista de esta ley, Rosa Elvira Cely, la Dirección Nacional de Estrategia en Asuntos Constitucionales de la Fiscalía salió en defensa de la ley. Consideró que se trataba de una política criminal que busca contrarrestar la violencia contra la mujer. Asimismo, que era una medida que obedecía a las recomendaciones y órdenes de órganos internacionales, como el Sistema Interamericano de Derechos Humanos.
Según la Fiscalía, las estadísticas del Instituto de Medicina Legal confirmaron la necesidad de tipificar el delito de feminicidio: de los 12.612 homicidios registrados en 2014 en el país, en 1.158 las víctimas eran mujeres. De ese número se escogieron 528 casos para analizar quiénes fueron los presuntos agresores y se encontró que en el 27 % –es decir, en 145 casos– los victimarios habrían sido las parejas o exparejas sentimentales. Además, que el 12 % de las mujeres fueron asesinadas por familiares o conocidos, mientras que los grupos de delincuencia organizada fueron responsables del 1,49 % de los casos.
La Fiscalía reforzó su argumento al explicar que en América Latina el delito de feminicidio ha sido acogido como política criminal en países como Bolivia, Brasil, Chile, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Perú y República Dominicana, por el incremento alarmante de los homicidios contra mujeres y basándose en el cumplimiento de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW). La Fiscalía puntualizó que Colombia ocupa el segundo lugar, después de México, en la ejecución de feminicidios en Latinoamérica –es el primero en Suramérica–.
“El tipo penal de feminicidio ha de ser reconocido como de carácter simbólico, en el entendido de que su persecución y reproche atiende no solamente a los daños ocasionados a las víctimas directas, sino también a la materialización de una acción de reivindicación con el género “mujeres” (…) Pretendió responder al llamado social que reclamaba acciones efectivas contra la impunidad de estas conductas y pretendió hacer visible esta forma de violencia contra la mujer, cuando ha sido producto de la discriminación en su contra”, se lee en el concepto de la Fiscalía.
El organismo recordó que durante el debate para la aprobación de la Ley Rosa Elvira Cely en el Congreso, uno de los argumentos de los defensores del proyecto fue que “los 125 casos de asesinatos perpetrados en el 2012 contra mujeres por su pareja o expareja están indicando que cada 3 días en nuestro país es asesinada una mujer por el hecho de serlo”. La necesidad de que el Congreso aprobara el delito de feminicidio, según la Fiscalía, surgió por la dificultad de probar que un homicidio de una mujer era cometido por el hecho de ser mujer, pues era complicado demostrar que ese agravante se daba por motivos de género y así se conducía a la impunidad.
De esa forma, la idea era facilitar la labor probatoria e incluir “una serie de elementos objetivos (ciclo de violencia previa, relación de poder entre el autor y la víctima, actos de instrumentalización sexual u opresión, etc.) que les permitan a los operadores judiciales y al Cuerpo Técnico de Investigación Criminal buscar una serie de hechos de los cuales se pueda inferir razonablemente que la intención del autor fue causar la muerte de una mujer por su condición de género”, es uno de los argumentos del ente investigador.
En este debate también han participado el Instituto Colombiano de Derecho Procesal, el Ministerio de Justicia, el Ministerio del Interior, las universidades Sergio Arboleda, del Rosario, Libre, Externado, de Antioquia, de los Andes e, incluso, la propia Alcaldía Mayor de Bogotá a través de la Secretaría Distrital de la Mujer, que encabeza Cristina Vélez, quien fue una de las voces que rechazó desde la administración local lo sucedido con la familia de Rosa Elvira Cely.
En un concepto de 20 páginas, la Secretaría de la Mujer Distrital expuso argumentos similares a los de la Fiscalía, al advertir que la expresión “por el hecho de ser mujer” no es vaga ni ambigua, sino que su significado está ligado a lineamientos internacionales para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer. Agregó que el feminicidio es el resultado de los factores que existen para identificar a las mujeres como víctimas no sólo de un hecho material, sino de la sistematicidad de las violencias que preceden sus muertes y “que son indicadores de la existencia de violencias basadas en su género”.
Todo este debate resulta más que relevante ahora que Bogotá y el país entero rechazan que a Rosa Elvira Cely la hayan culpado de su propia muerte. En su caso, la justicia demostró que en la madrugada del 24 de mayo del 2012 Rosa Elvira fue violada, torturada y asesinada por Javier Velasco, un hombre que ya había sido condenado por asesinar a otra mujer sin que Cely lo supiera. A Velasco lo sentenciaron a 48 años de prisión por homicidio. De ahí surgió la necesidad para ciertos sectores, especialmente representados por mujeres, de crear el delito autónomo de feminicidio como una forma de combatir la dominación a la que históricamente han sometido a la mujer.