Publicidad

Llaman a juicio disciplinario a magistrado auxiliar que habría presionado a Sneyder Pinilla

Se trata de Alex Movilla, adscrito al despacho del magistrado Francisco Farfán, de la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia. Al parecer, habría presionado para que declarara en el caso Ungrd.

Sigue a El Espectador en Discover: los temas que te gustan, directo y al instante.
15 de diciembre de 2025 - 05:40 p. m.
Exsubdirector para el Manejo de Desastres de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD).
Exsubdirector para el Manejo de Desastres de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD).
Foto: Mauricio Alvarado Lozada
Resume e infórmame rápido

Escucha este artículo

Audio generado con IA de Google

0:00

/

0:00

El magistrado auxiliar de la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia, Alex Movilla, fue llamado a juicio disciplinario por, supuestamente, haber presionado a Sneyder Pinilla para que declarara ante el alto tribunal en las investigaciones que se adelantan por el escándalo de corrupción de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (Ungrd) en agosto de 2024.

La Comisión Nacional de Disciplina Judicial formuló pliego de cargos en contra del auxiliar adscrito al despacho del magistrado Francisco Farfán, por “la presunta violación de la garantía de no autoincriminación y a guardar silencio del señor Sneyder Pinilla” en el caso que se investiga a los expresidentes de la Cámara y el Senado, Andrés Calle e Iván Name, respectivamente. Según las denuncias, aunque el exsubdirector para el manejo de desastres le expresó su intención de guardar silencio por estar gestionando un principio de oportunidad con la Fiscalía, Movilla “le expresó que, de hacerlo, ordenaría la compulsa de copias por falso testimonio”, según se lee en la compulsa.

Tras denunciar los supuestos hechos a la Corte Suprema, el pasado 23 de abril, la magistrada Cristina Lombana, de la Sala de Instrucción, ordenó la compulsa de copias de dicho escrito a la Comisión Nacional de Disciplina Judicial. En julio se abrió una indagación previa contra el auxiliar y en septiembre pasado, fue la apertura de investigación disciplinaria y se ordenó la recolección de pruebas.

Dentro del proceso, Movilla le dijo a la Comisión de Disciplina Judicial que Sneyder Pinilla fue quien solicitó al despacho que se le tomara el testimonio en el caso. Asimismo, que “incluso antes de declarar, el mencionado testigo había aportado documentos –el 5 de junio de 2024– que lo incriminaban en los hechos objeto de investigación penal, mediante los cuales informó su participación en el entramado criminal, así como que, antes de la audiencia, ya había procedido a incriminar a terceros, entre ellos los señores Name y Calle, y también a sí mismo en relación con los hechos indagados".

Por todo eso, según Movilla, “al haberse incriminado pública y probatoriamente, el testigo renunció de manera voluntaria a su derecho a no autoincriminarse y a guardar silencio”. Adicionalmente, el magistrado auxiliar señaló que “se permitió al testigo guardar silencio respecto de aquello que no había sido revelado ni pública ni procesalmente, con lo cual, a su juicio, se preservaron sus garantías”, como se lee en el pliego de cargos.

Aunque la Comisión señaló en su documento que no se observa que haya habido intención del auxiliar de cometer las faltas, no se puede asegurar que no haya incurrido en ellas, porque al revisar las pruebas “se advierte un comportamiento negligente al momento de acometer el tratamiento de los derechos fundamentales a la no autoincriminación y a guardar silencio del señor Sneyder Pinilla” y que “tampoco se aprecia que la lesión a los bienes jurídicos afectados fuera el producto de un claro desconocimiento del ordenamiento”.

Según la Comisión, aunque el magistrado auxiliar conocía las nomas que podía estar infringiendo, no se ha podido probar que las cometió con intención de vulnerar los derechos de Pinilla. Aun así, señala el alto tribunal, “sí tiene la connotación necesaria para adecuarse en la modalidad de culpa grave, toda vez que, a pesar de sus intentos por evitar la producción del resultado lesivo de las garantías fundamentales, sus actuaciones entrañan un inaceptable margen de descuido”.

Dentro de sus razones para llamarlo a juicio, la Comisión expresó que “no se precisan elementos de juicio que permitan exculpar al investigado de su deber de atender con el cuidado propio de quien administra justicia los deberes inherentes a tan importante y reglada función judicial, concretada en la práctica de pruebas en un proceso penal”. Por eso, Movilla tendrá que enfrentar el caso por “culpa grave por violación manifiesta de reglas de trascendentales en la recepción de un testimonio, que, sin llegar a ser manifiestamente intencionadas o producto de un grado superlativo de negligencia, sí trascienden el simple”.

Este es el pliego de cargos en contra del magistrado auxiliar:

Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

Conoce más

Temas recomendados:

 

Sin comentarios aún. Suscríbete e inicia la conversación
Este portal es propiedad de Comunican S.A. y utiliza cookies. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso, de acuerdo con esta  política.