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Los argumentos de la ponencia por "tutelatón" contra destitución de Gustavo Petro

El documento será estudiado por la Sala Disciplinaria el próximo martes y se espera que se tome una decisión de fondo.

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El Espectador
03 de marzo de 2014 - 10:48 p. m.
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El próximo martes la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura debatirá la nueva ponencia presentada por el magistrado Pedro Alonso Sanabria frente a las 332 tutelas radicadas contra la sanción disciplinaria emitida por la Procuraduría General al alcalde de Bogotá, Gustavo Petro Urrego por las irregularidades en la planeación y puesta en marcha del nuevo modelo de aseo en la capital de la República.

En esta segunda sesión los siete magistrados la Sala estudiarán, debatirán y votarán a favor o en contra de la ponencia del togado que considera que la Procuraduría General ejerció correctamente sus facultades constitucionales cuando emitió el fallo que destituyó e inhabilitó por 15 años para ejercer cargos públicos.

En este punto se indican que al mandatario distrital no se le vulneraron sus derechos al debido proceso y a la defensa, puesto que se le permitió presentar sus pruebas y presentar sus declaraciones en el desarrollo de la investigación disciplinaria, ante esto se rechazan en la ponencia los argumentos esgrimidos en las acciones judiciales radicadas.

Para el ponente, el artículo 277 de la Constitución Política de Colombia establece las facultades de la Procuraduría General, las cuales han sido avaladas en diversas sentencias del Consejo de Estado y la Corte Constitucional frente a la vigilancia de servidores que ejercen funciones públicas.

Ante esto se indica que pese a que se debe garantizar el derecho a elegir y ser elegido, este no es absoluto, puesto que existen órganos de control fiscal, disciplinario y fiscal dirigidos a vigilar todas sus funciones y labores, así cuando se considera que se presentó una irregularidad se pueden ejercer las facultades para investigar y si hay meritos sancionar.

Igualmente en el documento de 33 páginas se manifiesta que era el propio afectado con la sanción disciplinaria el que debía presentar directamente la tutela, puesto que los seguidores que realizaron la denominada "tutelatón" no demostraron que con la decisión de la Procuraduría se hubieran vulnerado sus derechos fundamentales.
 

Por El Espectador

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