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                                                                                                                              Los argumentos en la Corte Constitucional a favor y contra la cadena perpetua

                                                                                                                              La iniciativa que promovía la cadena perpetua para violadores de niños fue tumbada en su totalidad. La votación de los magistrados fue de seis a favor y tres en contra. En El Espectador les contamos los argumentos de los magistrados a la hora de votar.

                                                                                                                              La Corte Constitucional tumbó definitivamente esta iniciativa

                                                                                                                              La iniciativa de implementar la cadena perpetua para violadores de niños, niñas y adolescentes en Colombia fue tumbada totalmente por la Sala Plena de la Corte Constitucional. La magistrada ponente Cristina Pardo consideró que la norma genera efectos graves para la dignidad humana de la persona que es condenada, y de cierta forma, para el sistema penitenciario actual. Seis magistrados acordaron tumbar la norma, pero tres magistrados votaron en contra y salvaron su voto. Estos son los argumentos.

                                                                                                                              Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

                                                                                                                              El magistrado Jorge Enrique Ibáñez Najar dijo estar de acuerdo con la decisión de la Sala. Sin embargo, aclaró su voto. En la aclaración dijo que “nadie puede ser sometido a torturas ni a penas crueles o tratos inhumanos o degradantes -lo cual incluye su resocialización- y con la prohibición de establecer la pena de prisión perpetua prevista en el artículo 34 original de la Constitución”.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              Igualmente, el togado manifestó que “la Sala debería reconocer que dicho principio (dignidad humana) sí puede tenerse como premisa mayor del juicio de sustitución y, por tanto, deberá emitir un pronunciamiento de fondo sobre la constitucionalidad de la norma demandada”. Así mismo, el magistrado dijo que existe límites en la Constitución que son impuesto por el Derecho Internacional de los Derechos Humamos.

                                                                                                                              Para Ibáñez, “la prisión perpetua conduce a la muerte civil, a la muerte en vida del delincuente, sin ninguna clase de resocialización que no tiene ningún efecto”. Así mismo, manifestó en su aclaración de voto que “impedirle al delincuente la posibilidad de libertad luego de su resocialización es negarle su condición de ser humano”.

                                                                                                                              Podría interesarle: Procuraduría reitera que la cadena perpetua se debe declarar exequible

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                                                                                                                              A su vez, la magistrada Paola Andrea Meneses salvó su voto con fundamento en dos razones. Según la Corte, la togada primero consideró que el cargo formulado por los demandantes no era apto y la Corte debió declararse inhibida para emitir un pronunciamiento de fondo. Por otra parte, Meneses sostuvo que el Acto Legislativo 1 de 2020 (el cual permitía la cadena perpetua) era exequible, “debido a que no sustituía elemento identitario alguno de la Constitución Política”.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              No ad for you

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                                                                                                                              Lea también: Duque sancionó reglamentación de cadena perpetua para violadores de niños

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                                                                                                                              No ad for you

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                                                                                                                              Puede interesarle: “Niños asesinados y abusados merecen que sigamos lucha por prisión perpetua” Duque

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                                                                                                                              La Corte Constitucional tumbó definitivamente esta iniciativa

                                                                                                                              La iniciativa de implementar la cadena perpetua para violadores de niños, niñas y adolescentes en Colombia fue tumbada totalmente por la Sala Plena de la Corte Constitucional. La magistrada ponente Cristina Pardo consideró que la norma genera efectos graves para la dignidad humana de la persona que es condenada, y de cierta forma, para el sistema penitenciario actual. Seis magistrados acordaron tumbar la norma, pero tres magistrados votaron en contra y salvaron su voto. Estos son los argumentos.

                                                                                                                              Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

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                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              Para Ibáñez, “la prisión perpetua conduce a la muerte civil, a la muerte en vida del delincuente, sin ninguna clase de resocialización que no tiene ningún efecto”. Así mismo, manifestó en su aclaración de voto que “impedirle al delincuente la posibilidad de libertad luego de su resocialización es negarle su condición de ser humano”.

                                                                                                                              Podría interesarle: Procuraduría reitera que la cadena perpetua se debe declarar exequible

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