Este portal es propiedad de Comunican S.A. y utiliza cookies. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso, de acuerdo con esta política.

Los caminos judiciales que afrontan los consejos de ministros en televisión

El jefe de Estado y su gobierno buscan que el fallo del Consejo de Estado que prohibieron transmitir las reuniones de alto nivel por canales privados de televisión. Sin embargo, expertos juristas aseguran que el primer mandatario sigue sin cumplir el mandato judicial y que busca camuflar sus acciones pintándolas como supuestas alocuciones presidenciales.

Redacción Judicial

23 de abril de 2025 - 06:00 a. m.
Para que todo lo público sea público, la gente debe saber e informarse: presidente Petro sobre transmisión del Consejo de Ministros
Foto: Juan Diego Cano
PUBLICIDAD

La relación entre el presidente Gustavo Petro y su gobierno con la rama judicial tiene una nueva tensión. A pesar de que el pasado 11 de abril se conoció el fallo con el que el Consejo de Estado prohibió transmitir por canales privados de televisión los consejos de ministros, esta semana el jefe de Estado regresó a las pantallas del país con una reunión de alto nivel que, según él, era una alocución presidencial. Sin embargo, expertos juristas consideran que el jefe de Estado está desacatando la orden judicial, mientras que busca, por las vías legales, que se anule la decisión del alto tribunal. El caso, por la magnitud e importancia que tiene a nivel nacional, podría escalar hasta la Corte Constitucional.

Gánale la carrera a la desinformación NO TE QUEDES CON LAS GANAS DE LEER ESTE ARTÍCULO

¿Ya tienes una cuenta? Inicia sesión para continuar

“Esto no es un consejo de ministros, el consejo de ministros tiene su formalidad, sigue después de este programa en canales públicos”, dijo el presidente Petro durante la transmisión del pasado lunes. También, habló nuevamente sobre los supuestos ataques que recibe su administración por parte de la rama judicial: “esta es una alocución presidencial, y si nos van a censurar, entonces mejor den el golpe de Estado y veremos si ganan”. Además, la Presidencia de la República le presentó al Consejo de Estado una solicitud de nulidad para tumbar la decisión de la Subsección B de la Sección Tercera de ese mismo alto tribunal y que los sacó del horario triple A en el que se venían haciendo las transmisiones.

A pesar de que el jefe de Estado insiste en que la transmisión del pasado lunes fue una alocución presidencial, expertos juristas consideran que se trata de un claro desacato a la orden del alto tribunal. Por ejemplo, la expresidenta del Consejo de Estado, María Claudia Rojas Lasso, en diálogo con este diario aseguró que lo presentado en los canales de televisión públicos y privados “no cumple con las condiciones que tanto la jurisprudencia del Consejo de Estado como de la Corte Constitucional han establecido para lo que se debe entender por alocución presidencial”. Para la jurista, el propio Consejo de Estado, desde hace más de una década, estableció las condiciones que debe cumplir una alocución presidencial.

Read more!

“Una de las condiciones de una alocución presidencial es que debe ser personal y vimos en la transmisión de la noche del lunes que, aunque inició hablando el presidente, después habló el ministro de Salud e intervinieron otros funcionarios”, resalta la exmagistrada Rojas Lasso. Por la supuesta alocución, el presidente del Consejo de Estado, el magistrado Luis Alberto Álvarez Parra, dijo que la ley “garantiza al presidente de la República utilizar los servicios de televisión para dirigirse al país, cuando se trata de asuntos cuya necesidad pública lo amerita”, pero que “no es una patente de corso para intervenir en cualquier momento y sin necesidad de urgencia en los canales de televisión privados”.

Para el magistrado Álvarez Parra, lo que está haciendo el primer mandatario “afecta la libertad de información de los ciudadanos”, como lo sostuvo en los micrófonos de Caracol Radio. Asimismo, lamentó que las acciones y comentarios del presidente de la República sobre las órdenes judiciales caigan, dice él, en “una descalificación de la función judicial en Colombia se afecta por supuesto el decoro, la independencia judicial, que no conviene en un país donde hay tantos signos de violencia y esta es una forma también de violentar el derecho de una rama del poder público a emitir fallos autónomos e independientes”.

Read more!

De hecho, el fallo que busca tumbar la Casa de Nariño señala que “no puede restringirse la posibilidad de conocer debates o decisiones políticas del Gobierno, con una única versión o interpretación de los hechos, sino que debe ir más allá y ofrecer temáticas, enfoques o asuntos de diferente índole”. Mientras que el jefe de Estado se mantiene en que es su derecho dirigirse al pueblo y darle a conocer las decisiones que toma sobre distintas problemáticas, como la reforma laboral o la emergencia por la fiebre amarilla, los juristas y el alto tribunal resaltan que primer mandatario estaría haciendo una mala interpretación de las normas e incumpliendo las órdenes que se le dan.

El fallo que sacó de las pantallas de canales privados de televisión los consejos de ministros también resalta que “si bien el Presidente está facultado por la ley para hacer alocuciones televisivas, ella no lo autoriza para actuar en este caso a su arbitrio, esto es más allá de los límites que la Constitución Política impone al ejercicio de sus funciones”. Además, el documento reza que si bien el jefe de Estado puede intervenir en televisión pública y privada en cualquier momento, solo es bajo cuatro pilares: que sea personal; que se trate de asuntos urgentes de interés público; que sea necesario informar esos asuntos “para la real y efectiva participación de los ciudadanos en la vida colectiva”; y que se relacione con el ejercicio de sus funciones.

Por ahora, es la misma Subsección B de la Sección Tercera del Consejo de Estado quien atienda en primer momento la solicitud de nulidad del fallo que presentó la Casa de Nariño. Sin embargo, fuentes enteradas del proceso al interior del alto tribunal le dijeron a este diario que la relevancia del tema sobre las libertades del presidente es de tal magnitud que podrían escalarlo no solo hasta la Sala Plena de ese alto tribunal. Incluso, manifiestan, el tema tocaría las puertas de la Corte Constitucional para que siente jurisprudencia y marque ponga punto final a las distintas normas que facultan a presidente para hablar en televisión y hasta dónde llegan.

Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

Conoce más

Temas recomendados:

Ver todas las noticias
Read more!
Read more!
Este portal es propiedad de Comunican S.A. y utiliza cookies. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso, de acuerdo con esta  política.