Ni los niños se salvaron de ser víctimas de la crueldad de las FARC por la homofobia generalizada de esta guerrilla contra la comunidad LGBTIQ+ en Nariño. Fueron objeto de golpes y hasta violaciones en su contra. Así lo demuestra el auto de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), en el que fueron imputados 15 firmantes del Acuerdo de Paz, entre ellos el excomandante del Bloque Occidental de esa guerrilla y ahora congresista del Partido Comunes, Pablo Catatumbo. Se trata de una decisión inédita en la investigación judicial del conflicto armado.
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La imputación corresponde al caso 02, el cual prioriza la situación territorial de Ricaurte, Tumaco y Barbacoas (Nariño), entre 1990 y el 1 de diciembre de 2016. En ella, la JEP responsabilizó a los 15 exjefes de la guerrilla por seis patrones macrocriminales, es decir, por cientos de homicidios, desplazamientos, desapariciones forzadas, reclutamientos, casos de violencia sexual y daños al medio ambiente, pero también, por perseguir a la comunidad LGBTIQ+ en ese departamento.
En el auto que supera las mil páginas, la JEP detalla que el hostigamiento que sufrió esa comunidad en el departamento se dio en un contexto de amplia dominación guerrillera, bajo una lógica de control social y de prejuicio, en la que cualquier persona que era considerada por esa guerrilla como “diferente” era atacada. “La presencia de estas personas desafiaba el deber ser de los cuerpos en estos territorios del Pacífico nariñense y, por lo tanto, fueron discriminadas y atacadas por el grupo armado, algunas veces señalándolas de utilizar su identidad o expresión de género u orientación sexual como forma de colaborar con el grupo enemigo”, dice el auto.
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En ese contexto, las Farc, según la JEP, asesinaron, desaparecieron, y cometieron otras violencias basadas en género, tortura, tratos crueles y degradantes, amenazas, secuestro, y desplazamiento forzado contra niños y adultos de la comunidad LGBTIQ+. Según datos del organismo de justicia transicional, entre 1995 y 2013 se documentaron 16 hechos violentos contra esa población por parte de la Columna Móvil Daniel Aldana y el Frente 29. 15 de ellos ocurrieron en Tumaco y uno más en Barbacoas. En total se habla de 29 víctimas: 16 hombres homosexuales, siete mujeres trans, tres mujeres lesbianas, dos hombres bisexuales y un hombre trans. Seis de estas víctimas eran menores de edad.
Los hechos violentos se caracterizaron por el uso excesivo de la fuerza, la tortura, la sevicia, la humillación y el sometimiento. “Se presentaron formas de ensañamiento y ferocidad que revelan lo que piensan los armados sobre las personas a las que están agrediendo. Así, antes, durante y después de los hechos, algunas víctimas fueron fuertemente golpeadas, les halaban el pelo, les rasgaban la ropa, les daban cachetadas, golpes en la cara y cabeza, y les daban patadas”, dice el auto de la JEP.
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Además, la JEP encontró que estos hechos se cometieron de forma particular. Las víctimas en su mayoría fueron sacadas de sus casas, discotecas o abordadas en lugares solitarios por guerrilleros que vestían de civil y no llevaban el uniforme puesto. En algunos casos, vestían de negro que, generalmente, era el color que utilizaban cuando no estaban en el monte. También, eventualmente, los agresores se encontraban tomados o bajo los efectos de sustancias psicoactivas y las víctimas fueron objeto de insultos que hacían referencia a su identidad de género y orientación sexual. “Que se merecían lo que les estaba ocurriendo por ‘maricones’ o ‘por andar vestidas de mujer’”, es solo uno de los ejemplos.
Con base en esto y por primera vez en la historia, la JEP imputó a 9 de los 15 exjefes de las FARC el crimen de percusión contra la comunidad LGBTIQ+. Los imputados son: Pablo Catatumbo en su calidad de comandante del Comando Conjunto de Occidente y Edgar López Gómez, más conocido Pacho Chino, como coordinador del Comando Conjunto de Occidente y comandante del Frente 29. También fueron imputados Luis Eduardo Carvajal, conocido como Rambo, Wilfrido Ávila Fuentes, Rubiel Torres Mondragón, Arlez Porras Gómez, Fabio Murcia Camacho, Jair Enrique Acosta y José Geidin Castro.
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Los imputados tendrán 30 días hábiles para reconocer los hechos y conductas atribuidas o rechazar las imputaciones realizadas. Al terminar este periodo, y luego de recibir la respuesta de los comparecientes y las observaciones de las víctimas, la JEP, si considera que hay reconocimiento y aporte a la verdad plena, exhaustiva y detallada, fijará fechas para la preparación y realización de Audiencias Públicas de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad. En caso de que alguno de los comparecientes niegue su responsabilidad, se remitirá su caso a la Unidad de Investigación y Acusación (UIA) de la JEP para que se determine el inicio del proceso adversarial.
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