El próximo 31 de mayo se llevarán a cabo en todo el territorio nacional las elecciones presidenciales para elegir a quien será el sucesor de Gustavo Petro en la Casa de Nariño. Mientras que las autoridades electorales y la fuerza pública alistan todo para que los comicios se lleven a cabo con total normalidad, algunos ciudadanos siguen con dudas sobre el proceso. Por ejemplo, si tienen o no derecho a votar y cómo hacerlo.
Ese es el caso de la población privada de la libertad. Por ejemplo, aunque la creencia general es que no tienen derecho al voto por estar en la cárcel, la realidad es que el derecho sí lo tienen algunas de ellas. Sin embargo, deben cumplir con algunos requisitos para poder incluir su voto en las urnas el próximo domingo.
¿Los presos pueden votar?
Sí y no. Quienes estén condenados y cumpliendo sentencia no podrán votar, pues perdieron sus derechos políticos por el delito que hayan cometido. Esto aplica tanto para quienes estén cumpliendo la pena en un centro carcelario o quienes estén purgando la condena en prisión domiciliaria.
De hecho, la Registraduría Nacional del Estado Civil, entidad encargada de liderar los procesos de elecciones en el país, aclara que la persona sentenciada y cumpliendo condena “está por fuera del censo electoral por tener pérdida de derechos políticos y por tanto no puede sufragar”.
Quienes sí pueden ejercer su derecho al voto pese a estar privadas de la libertad son las personas que están sindicadas de presuntamente haber cumplido algún delito, pero que todavía no han sido condenadas.
En ese sentido, la propia Registraduría explica que “si está privada de la libertad como sindicada de cometer algún delito, pero aún no ha sido condenado, hace parte del censo electoral y puede ejercer su derecho al voto”.
Asimismo, la Corte Constitucional se ha referido al tema de si las personas privadas de la libertad pueden votar o no. Desde 1994, el alto tribunal estableció que “los detenidos que aún no han sido condenados son beneficiarios de la presunción de inocencia y, por lo tanto, para efectos políticos deben ser considerados como ciudadanos titulares de plenos derechos, que merecen un trato preferencial por el hecho de encontrarse en una situación de inferioridad”.
¿Cómo pueden votar las personas privadas de la libertad en las cárceles?
Las personas que estén privadas de la libertad en un centro penitenciario, pero que no estén aún condenadas podrán votar en las mesas que el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec) disponga en las cárceles. Sin embargo, para acceder al derecho el recluso tendrá que tener su documento de identidad inscrito en el correspondiente lugar de reclusión en el que busca votar.
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