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Municipio tolimense no le pagará un peso a Cemex por suspender actividades mineras

El municipio de San Luis fue demandado por Cemex, pero resultó ganador ante el Consejo de Estado. Demostró que actividades mineras de la empresa disminuyeron el caudal de la quebrada Chicalá y produjo daños en las viviendas aledañas al proyecto extractivo.

26 de octubre de 2022 - 08:49 p. m.
Imagen de contexto.
Imagen de contexto.
Foto: Bloomberg - Susana Gonzalez

El Consejo de Estado acaba de saldar un viejo pleito entre el municipio de San Luis (Tolima) y la cementera y empresa de concreto Cemex. En 2012, el municipio de San Luis interrumpió un contrato minero, pues estaba afectando al medioambiente y a los habitantes de la región. Cemex lo demandó, por el dinero que dejó de recibir por la suspensión de las actividades, sin embargo, perdió en todas las instancias ante la justicia administrativa.

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La relación entre Cemex y el municipio de San Luis duró por décadas. En 1979 firmaron un contrato de concesión que se suponía acababa en 2009, pero que fue extendido con el objetivo de explotar más de 200 hectáreas del corregimiento de Payande. En 2012, el municipio se vio obligado a suspender el acuerdo, pues las afectaciones a los propios ciudadanos de San Luis eran palpables.

“Al advertir que las actividades extractivas en esa zona estaban generando disminuciones en el caudal de las aguas de la quebrada Chicalá y daños en las viviendas de las personas que habitaban en las zonas circunvecinas, el municipio había emitido un acto administrativo que, entre otras cosas, establecía la medida cautelar consistente en la suspensión”, explicó el Consejo.

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Las imágenes aportadas por el municipio decían todo. Casas aledañas a la actividad de Cemex se rompían por dentro, mientras el caudal de la quebrada Chicalá quedaba en niveles preocupantes. El municipio de San Luis suspendió el acuerdo, por medio de una resolución, hasta que el Congreso regulara los límites para las actividades de voladura (fragmentación de roca) en el marco de la minería.

A pesar de ello, Cemex eligió el camino de la justicia. Demandó al municipio de San Luis por supuestos daños tasados en hasta $1.000 millones, producto de la suspensión de las actividades. La empresa señaló que el impacto ambiental sobre las aguas era producto de actividades adelantadas antes del inicio de las operaciones a su cargo y que las grietas en las casas de los vecinos no eran de su responsabilidad.

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En 2014, el Tribunal Administrativo del Tolima falló a favor del municipio, explicando que San Luis sí podía parar el trabajo de Cemex mediante una resolución, bajo el principio de prevenir daños posteriores. La empresa no se quedó de brazos cruzados y presentó un recurso de apelación. Sin embargo, en última instancia, el Consejo de Estado falló nuevamente a favor del municipio.

“El Consejo de Estado determinó que en el proceso sí se demostró la disminución del caudal de las aguas de la quebrada Chicalá, así como los daños estructurales en las viviendas, provocados por la voladura de piedra caliza que se adelanta en el área de influencia del proyecto, pese a la falta de certeza sobre la causa de la afectación. Ante la constatación de los hechos, sostuvo, era viable que el municipio aplicara el principio de precaución, que se explicaba por las razones científicas que demostraban la existencia de un riesgo que debía ser mitigado”, concluyó el Consejo.

Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

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