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Ordenan a cooperativas de trabajo pagar seguridad social

Las cooperativas de trabajo asociado deberán, obligatoriamente, adscribir a todos sus asociados a regímenes de seguridad social en salud, indicó el martes el Consejo de Estado.

El Espectador

26 de agosto de 2008 - 10:52 a. m.
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Anteriormente las cooperativas que estuvieran dentro de la clase de "trabajo asociado", podían determinar como mejor les pareciera, la forma en qeu sus miembros pagaran la seguridad social, mientras que los otros tipos de cooperativas debían obligatoriamente adscribir a sus miembros a un régimen de salud.

El Consejo de Estado determinó que ahora todas las clases de cooperativas deben pagar seguridad social a sus miembros.

Todo empezó porque Gilberto Peña Atehortúa le pidió a la Superintendencia Nacional de Salud que le confirmara si los profesores que contrató Comuna, Cooperativa Multiactiva Universitaria Nacional, en la modalidad de trabajo asociado, debían o no estar afiliados a la Seguridad Social; igualmente le pidiío que le informara si la cooperativa debía o no afiliarlos al regimen.

La Superintendencia determinó que Comuna había incumplido con la obligación de afiliar a cerca de 750 personas por semestre que laboran para la Universidad Cooperativa de Colombia durante un semestre, incumpliendo así el numeral 161 de la ley 100 de 1993. Las personas laboraban en diferentes cargos, como docentes hora cátedra, jefes de departamento, coordinadores de postgrados y otros cargos.

Comuna pretendía escudarse en otra normatividad que determina que las cooperativas asociadas de trabajo, dejan que cada uno de sus socios se encargue de sus aportes a seguridad social según mejor les parezca y no deacuerdo a la normatividad vigente para los trabajadores dependientes en general. El Consejo de Estado determinó que Comuna es una cooperativa multiactiva de trabajo, y que dentro de sus secciones cuenta con una de "trabajo asociado", lo que no significa necesariamente que sea una cooperativa de trabajo asociado y por tanto que ésta debía acogerse a la normatividad general que rige a todos los empleadores del país.

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Finalmetne el tribunal determinó que todas las cooperativas, independientemente de su clase (especializadas, multiactivas o integrales), deberán adscribir a sus miembros a regímenes de seguridad social en salud, "y, por tanto, dicha normativa expresamente impuso a las de trabajo asociado la obligación de consagrar en sus estatutos, reglamentaciones, regímenes de compensaciones, previsión y seguridad social, la obligatoriedad, entre otros, de los aportes a la salud".

Adicionalmente, la Superintendencia Nacional de Salud multó a Comuna, Cooperativa Multiactiva Universitaria Nacional por la suma de 40 salarios mínimos legales mensuales vigentes, es decir, unos 18 millones de pesos, por incumplir con los aportes a seguridad social de sus miembros.

Por El Espectador

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