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Ordenan a Rappi notificar a 2,5 millones de usuarios por demanda sobre datos personales

Millones de usuarios de Rappi deberán ser notificados directamente sobre una demanda por el presunto uso inadecuado de sus datos personales, luego de que un juzgado ordenara a la empresa de domicilios enviar comunicaciones individuales en un plazo de 30 días.

Redacción Judicial

08 de abril de 2026 - 07:06 p. m.
La Superindustria podría imponer millonaria multa a RAPPI.
Foto: Cristian Garavito
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La empresa de domicilios Rappi S.A.S. tendrá que enviar una comunicación individual a millones de usuarios de su plataforma, cerca de 2,5 millones de personas, por una demanda que la señala de no proteger adecuadamente su información personal. Así lo ordenó el Juzgado 41 Civil del Circuito de Bogotá, al resolver un recurso de reposición interpuesto por la empresa.

El caso tiene origen en una demanda interpuesta por Camilo Araque Blanco a través de una acción de grupo contra la empresa de domicilios, en la que sustentaba que la compañía no trató adecuadamente los datos personales de los usuarios que utilizan su aplicación Rappi y su página web, vulnerando con ello el estatuto del consumidor.

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La demanda presentada por Araque Blanco fue admitida el 27 de abril de 2023. Con ella, el juzgado ordenó a la empresa que “procediera a remitir a cada una de las personas integrantes del listado de las posibles víctimas la información sobre la existencia del presente asunto”. Sin embargo, Rappi señaló que la remisión de múltiples archivos a cada uno de los usuarios implica costos elevados, “lo que sin duda impone una carga desproporcionada”.

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Asimismo, Rappi sugirió que, para evitar costos elevados, se informara a los usuarios sobre la existencia de la orden judicial a través de medios de comunicación masivos. Agregado a esto, la empresa de domicilios señaló que, en caso de enviar mensajes a los correos electrónicos de sus usuarios, estos podrían terminar en la bandeja de spam.

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Por su parte, el juzgado señaló que la empresa Rappi, al ser una empresa tecnológica, es quien “goza” de la facilidad para enviar la comunicación individual a sus usuarios. Además, indicó que la empresa de domicilios, con sus argumentos, pretendía reabrir debates que ya habían sido resueltos: “No pueden las partes pretender con argumentos diferentes reparar sobre aspectos que, cuando menos, ya han sido resueltos”.

Por ello, en un auto del pasado 7 de abril, el juzgado ordenó a la empresa dar cumplimiento a las órdenes dadas con anterioridad en un lapso de 30 días, mediante el envío de una comunicación individual a millones de usuarios de su plataforma.

Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

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