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Ordenan reparación a familia de concejal asesinado durante el atentado a Galán

Gracias a una acción de tutela, la Corte Constitucional ordenó que la familia de Julio César Peñaloza sea reparada por el Estado. El Consejo de Estado se había negado porque la Policía no podía pagar por lo que, a propósito, omitió hacer el DAS aquella noche de 1989.

01 de abril de 2024 - 03:33 p. m.
Julio César Peñaloza Sánchez, líder político fallecido tras el atentado contra Galán en 1989 en Soacha.
Julio César Peñaloza Sánchez, líder político fallecido tras el atentado contra Galán en 1989 en Soacha.
Foto: Tomada de Soacha Iniciativa Ciudadana

La noche del 18 de agosto de 1989, en la plaza principal de Soacha, es recordaba por el magnicidio contra el candidato presidencial del liberalismo Luis Carlos Galán, quien había forjado una fuerte lucha contra el narcotráfico, en una de las épocas más violentas de la historia del país. Sin embargo, en esa noche donde se activaron las armas de fuego en plena plaza pública, también fue asesinado el concejal de Soacha, Julio César Peñaloza. 35 años después, el Estado, con sus instituciones, será condenado por este crimen.

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La Corte Constitucional, al estudiar una acción de tutela de la familia de Peñaloza, anuló una sentencia del Consejo de Estado, de 2022, en la cual le habían negado la reparación. Según este alto tribunal que decide sobre las demandas contra el Estado, el Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) ya no existe como tal en Colombia. Por tanto, no era posible condenar a la Policía Nacional, la cual asumió las obligaciones del DAS una vez fue suprimido por el gobierno de Juan Manuel Santos.

La familia de Peñaloza, no obstante, no tenía de otra más que argumentar que justamente el DAS cambió y debilitó la seguridad del candidato presidencial Galán, asignando un nuevo jefe de seguridad que tenía conexión con los autores del crimen, del cual resultó también herido de muerte el concejal. Prueba de ello es que la Corte Suprema de Justicia condenó a 30 años de cárcel al general (r) Miguel Maza Márquez, entonces director del DAS.

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El problema jurídico planteado por la Policía, y las demás entidades del Estado involucradas, es que, como el DAS ya no existe, la entidad que debe responder por esa demanda es la Fiduprevisora S.A. Defensa Jurídica del Extinto DAS, y su fondo rotatorio, que actualmente responde por los procesos judiciales iniciados tras la extinción de esa entidad. De manera procesal, en 2022, el Consejo de Estado le halló la razón a la defensa planteada por el Estado y se negó a reparar a la familia Peñaloza, pues, aparte, la Fiduprevisora no había sido llamada a responder por los familiares de Peñaloza, sino la Policía Nacional.

Sin embargo, la familia del concejal asesinado no se quedó de brazos cruzados e interpuso una acción de tutela que llegó hasta la Corte Constitucional. Señaló que les habían sido vulnerados sus derechos fundamentales al debido proceso y al acceso a la administración de justicia. En síntesis, que el Consejo de Estado, aunque había cumplido estrictamente las reglas del Derecho en Colombia, de todas maneras, estaba fallando en la garantía del acceso afectivo a la administración de justicia para las víctimas de graves violaciones de derechos humanos.

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Y la Corte Constitucional le hizo caso: “Aunque esas interpretaciones son válidas (las del Consejo), la interpretación más favorable para las víctimas de graves violaciones a los derechos humanos es aquella que (…) mejor garantice la eficacia de la cláusula general de responsabilidad del Estado y el acceso a la justicia efectiva y material. En tal sentido, dado lo confuso que era determinar las competencias y el traslado a otras entidades de algunas funciones que ejercía el extinto DAS, esa carga no puede operar en contra de las víctimas al punto de limitar el acceso efectivo a la administración de justicia”, explicó.

En ese sentido, la Corte Constitucional revocó la última sentencia del Consejo de Estado y le ordenó que, en un término de 15 días, integre, en un nuevo fallo que sí reconozca la responsabilidad de la Nación, a las siguientes instituciones: Policía Nacional, Agencia de Defensa Jurídica del Estado y la Fiduprevisora que maneja los procesos judiciales del extinto DAS. El Consejo deberá prácticamente condenar al Estado a reparar a la familia de Peñaloza y a tasar los perjuicios que reclaman, al perder a uno de sus seres amados, asesinado junto a Luis Carlos Galán.

Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

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Oswaldo(50418)01 de abril de 2024 - 07:31 p. m.
Mínimo una generación de esta familia tuvo que pasar para poder tener la reparación, que clase de justicia es esta?
Arkanos(kwupp)01 de abril de 2024 - 05:52 p. m.
Menos mal fué rápido, gracias a la siempre expédita justicia criolla...
EMILIA(29392)01 de abril de 2024 - 04:40 p. m.
Me alegro por esta familia. Más de treinta años tirándose la pelota los leguleyos de éste país.
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