Este portal es propiedad de Comunican S.A. y utiliza cookies. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso, de acuerdo con esta política.

Pareja de presidente de Ecopetrol, Carlos Caicedo, afrontará juicio disciplinario

Carlos Julián Caicedo, pareja sentimental de Ricardo Roa, presidente de Ecopetrol, fue llamado a juicio disciplinario por parte de la Procuraduría. Se evalúan contratos con el Estado.

Redacción Judicial

17 de junio de 2025 - 10:26 a. m.
Presidente de Ecopetrol en rueda de prensa, presentando los resultados financieros y operativos del 2024
Foto: Óscar Pérez
PUBLICIDAD

La Procuraduría Primera Distrital de Instrucción de Bogotá formuló pliego de cargos y llamó de inmediato a juicio disciplinario a Carlos Julián Caicedo Cano, conocido por ser la pareja sentimental del presidente de Ecopetrol, Ricardo Roa. Aunque los hechos se remontan a 2023, la Procuraduría considera que Caicedo Cano no supo ejercer funciones públicas, ni tener la capacidad de entender los procesos de contratación en el sector estatal, al punto de estar vinculado con dos entidades al mismo tiempo, lo cual está prohibido por Constitución.

Lea: Las injerencias del presidente Petro en expediente por atentado a Miguel Uribe

Según el expediente, Caicedo Cano suscribió en enero de 2023 un contrato por prestación de servicios con la Institución Pública Universitaria Pascual Bravo de Medellín. Teniendo esa vinculación contractual, al día siguiente, se posesionó como asesor grado 08 en el despacho de la dirección general del Instituto Nacional de Vías (Invías). Ese segundo trabajo se mantuvo hasta marzo de 2023, fecha en la que le fue aceptada la renuncia. Es decir, hubo una época del año en el que tuvo dos trabajos con el Estado.

Al mismo tiempo, como tendría probado la Procuraduría, Caicedo Cano desarrolló actividades y obligaciones contractuales con la institución pública universitaria. Y, aunque, según los posteriores informes de supervisión, sería demostrable que a partir de febrero de 2023 el funcionario no continuó con la ejecución del contrato, mantuvo el vínculo contractual hasta octubre de ese año, momento en el cual se suscribió el acta de liquidación.

Lea también: Último parte médico de Miguel Uribe: persiste condición de “máxima gravedad”

Así las cosas, “el señor Carlos Julián Caicedo Cano (...) puede ver comprometida su responsabilidad disciplinaria, al haber posiblemente desconocido el régimen constitucional y legal de incompatibilidades para los servidores públicos, al posesionarse el 24 de enero de 2023 en el cargo de asesor Código 1020, grado 08 del Instituto Nacional de Vías (Invías) y mantener dicho vínculo laboral hasta el 30 de marzo de 2023, a pesar de tener desde el 23 de enero de 2023, relación contractual con la Institución Pública Universitaria Pascual Bravo”, consideró la Procuraduría.

Read more!

Y agregó el Ministerio Público: “una incompatibilidad es una prohibición para que un servidor público pueda desarrollar o desplegar una determinada acción o mantener una doble condición, en aras de garantizar la efectividad de los principios que deben regir la función administrativa, siendo una de estas, el suscribir y mantener una relación contractual con una entidad del Estado”. Bajo esa premisa, la Procuraduría entró a delimitar su responsabilidad como funcionario público por obtener dos trabajos con el Estado, lo cual le podría acarrear una sanción disciplinaria.

Caicedo Cano ha explicado ante la Procuraduría que durante el tiempo que estuvo en el Invías alcanzó a desarrollar sus procesos, pero se dio cuenta de lo distinto que era el secretor privado del sector público. Que a mitad de marzo de 2023 hizo una autoevaluación y se dio cuenta de que eso “no era lo suyo”. Por esa razón renunció, mientras, al mismo tiempo, esperaba paz y salvo de la institución educativa Pascual Bravo, en la cual solo trabajó una semana y sí estuvo vinculado por casi todo ese año.

Read more!

Le puede interesar: ¿Quién es Katerine Martínez, alias “Gabriela”, vinculada al atentado a Miguel Uribe?

Sobre las respuestas de Caicedo Cano, así respondió la Procuraduría: “De expresiones y manifestaciones como, el qué había renunciado a la universidad Pascual Bravo, cuando con dicha entidad tenía un contrato de prestación de servicios y no una relación laboral, así como el qué estaba esperando un paz y salvo luego de su renuncia a esta misma entidad, cuando lo procedente era la suscripción de un acta de terminación y liquidación del contrato, y su reiterada apreciación de que el sector privado era muy diferente al público, permite inferir la ausencia de conocimientos básicos en derecho y el funcionamiento de la administración pública”.

No ad for you

Sin embargo, el órgano de control consideró que Caicedo Cano no actuó con plena intención al presuntamente cometer la falta disciplinaria, pues no es abogado y para la fecha de los hechos apenas estaba iniciando su carrera en el sector público. No obstante, el órgano de control consideró la falta como gravísima, pues Caicedo Cano habría tenido las herramientas mínimas para preguntarse si cumplía con el perfil y los requisitos para asumir el cargo en el Invías, y si tenía dudas sobre las relaciones contractuales y el régimen de incompatibilidades, solo le bastaba con acudir a internet.

Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

Conoce más

Temas recomendados:

Ver todas las noticias
Read more!
Read more!
Este portal es propiedad de Comunican S.A. y utiliza cookies. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso, de acuerdo con esta  política.