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Piden a la Corte Constitucional hacer audiencia pública sobre el aborto

La solicitud la instauró la Secretaría de la Mujer de la Alcaldía Mayor de Bogotá en el marco del estudio de una demanda que pide despenalizar el aborto en Colombia. Tribunal de Ética Médica ha emitido 12 sentencias relacionadas con este asunto.

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27 de noviembre de 2020 - 10:31 p. m.
Manifestaciones de grupos a favor y en contra del aborto, realizado a las afueras del Palacio de Justicia en apoyo a sus movimientos, mientras se lleva a cabo el debate en la Corte Constitucional.
Manifestaciones de grupos a favor y en contra del aborto, realizado a las afueras del Palacio de Justicia en apoyo a sus movimientos, mientras se lleva a cabo el debate en la Corte Constitucional.
Foto: Mauricio Alvarado Lozada
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Diana Rodríguez Franco, secretaria de la Mujer de la Alcaldía Mayor de Bogotá, le solicitó a la Corte Constitucional que cite a una audiencia pública a propósito del estudio que se adelanta de una demanda que pide despenalizar por completo el aborto en Colombia. Se trata de un recurso presentado por el movimiento Causa Justa que asegura que el uso del derecho penal para regular el aborto solo trae estigmatizaciones y barreras para que las mujeres accedan a la interrupción voluntaria del embarazo, incluso en las causales que por ahora son legales.

La demanda que cursa en el despacho del magistrado Antonio José Lizarazo es foco de un amplío debate público entre organizaciones sociales, dirigentes políticos, entidades prestadoras de salud, la Academia y este gobierno, que está en contra de la despenalización. Por la magnitud del tema, Rodríguez cree que es necesario hacer la audiencia pública. En su criterio, la penalización actual es contraria “a la fórmula de Estado Social de Derecho, los fines esenciales del Estado, los derechos a la vida digna, igualdad, al libre desarrollo de la personalidad y la salud plena, entre otros”.

(En contexto: Los argumentos de la nueva demanda contra la penalización del aborto)

“Mediante la celebración de una audiencia pública la Honorable Corte Constitucional podría contar con un espacio de diálogo en el que diversos actores como la sociedad civil, la academia, expertas-os internacionales y nacionales y entidades públicas, presenten argumentos que documenten el análisis del Alto Tribunal y que aporten elementos de juicio sobre la norma demandada y frente a la garantía de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres, incluyendo el derecho a la Interrupción Voluntaria del Embarazo”, dice la petición.

La Secretaría de la Mujer apoya la demanda del movimiento Causa Justa al estimar que aunque con la sentencia C-355 de 2006 la Corte despenalizó el aborto en tres circunstancias, todavía “persisten diversas prácticas institucionales y sociales que impiden el acceso libre, informado y oportuno a la IVE. Estas tienen un efecto discriminatorio en la vida de las mujeres, desconociendo los postulados del artículo 13 constitucional y del marco internacional de protección de los derechos de las mujeres en particular las disposiciones de CEDAW (Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer)”.

(Le puede interesar: ¿Por qué la penalización del aborto atenta contra el derecho a la salud?)

“Estas barreras generan un contexto de graves vulneraciones a los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres que en muchas ocasiones hacen inocuo el reconocimiento de la IVE como un derecho fundamental, ponen en riesgo la vida y la salud de las mujeres que se ven en la necesidad de acudir a abortos clandestinos debido a la no autorización del procedimiento o al rechazo y obstáculos en la solicitud y exacerban condiciones de exclusión y discriminación y acentúan las desigualdades entre las mujeres. Estas barreras visibilizan el hecho de que restringir legalmente el aborto no lo elimina, sino que lleva a que su práctica se de en la clandestinidad y de manera insegura para las mujeres”, dice su concepto técnico.

A la Corte llegó igualmente un concepto del Tribunal de Ética Médica que señala que en su historia ha dictado 12 providencias relacionadas con el tema del aborto, que corresponden al 0.6% del total de las sentencias que ha dictado esa organización. De esas, 10 se relacionaron con la práctica de aborto por parte de profesionales médicos. En nueve casos las sanciones impuestas fueron entre los seis meses y cinco años de suspensión en el ejercicio profesional de la medicina. Y en un caso hubo prescripción del proceso por vencimiento de términos.

(Le puede interesar: Ministerio de Salud retira concepto que equiparaba al aborto con el genocidio)

En otro caso la sanción consistió en la suspensión de un mes a un médico por “negarse a practicar un aborto a una mujer con retardo mental, alegando el médico objeción de conciencia”. Y el último caso se dictó una sanción “consistente en Censura escrita pero privada por violación del secreto profesional al informar a las autoridades sobre el caso de una paciente que se practicó maniobras abortivas”.

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tefa(kh3te)28 de noviembre de 2020 - 12:53 p. m.
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Ivo(74886)28 de noviembre de 2020 - 04:53 a. m.
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Rafael(c3wml)28 de noviembre de 2020 - 04:33 a. m.
Pregunto a "Causa Justa": Son prevalentes, justos y equitativos los derechos sexuales y reproductivos, frente al vital y simple Derecho a la Vida que asistirá -y del que se les deberá despojar- a lo miles de seres humanos en estado fetal que deberán ser ejecutados para satisfacer a sus madres? El Estado debe proveer otras salidas pragmáticas y humanas. Arq. Rafael Chavarro
Rafael(c3wml)28 de noviembre de 2020 - 04:21 a. m.
"Causa Justa" lamenta se inaplique para ellas art. 13 de la C.N., impidiéndoles acceder a un aborto sin restricciones. Lo solicitan para ellas. Al hacerlo se impedirá para sus hijos en estado embrionario. Y tras ese art., la C. Constitucional aboliría tambien a esos gestantes los art. 11, 12, 14, 15, 16, 22, 23, 24, 28, 29 y 30 con Habeas Corpus incluido. Es criminal. Arq. Rafael Chavarro
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