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Piden que senador parapolítico, Luis Eduardo Vives, vuelva a la cárcel

Vives, condenado por sus nexos con las Auc, no puede ser beneficiario de prisión domiciliaria, dice el Ministerio Público.

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Redacción Judicial
26 de enero de 2009 - 11:00 p. m.
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Por considerar que se favoreció ilegalmente al ex parlamentario Luis Eduardo Vives Lacouture al otorgársele el beneficio de la detención domiciliaria, la Procuraduría le pidió a un juez de ejecución de penas que revoque de inmediato esa medida y, en su lugar, que sea nuevamente enviado a una cárcel para que purgue los 84 meses de prisión a los que fue sentenciado por la Corte Suprema de Justicia por sus vínculos con los paramilitares.

Vives Lacouture —quien sólo estuvo en prisión 22 meses— solicitó la casa por cárcel el 9 de diciembre del año pasado aduciendo la mala situación de salud y abandono en que se encontraban sus hijos. El Juzgado Tercero de Ejecución de Penas de Bogotá, el pasado 7 de enero, le concedió el beneficio argumentando además que el ex congresista es padre cabeza de familia. Razones que censuró el Ministerio Público en un vehemente recurso de apelación presentado el pasado viernes ante la jueza María Elena Vega.

Según la Procuraduría, el ex representante por el Magdalena fue condenado por concierto para promover grupos armados al margen de la ley y alteración de resultados electorales, delitos que por su gravedad no dan lugar a que se sustituya la pena por la prisión domiciliaria. Así lo expresó la propia Corte Suprema cuando lo sentenció el 1º de agosto pasado. Por eso no entiende el Ministerio Público por qué le fue otorgado a Vives este beneficio procesal. Mucho menos si, como lo constataron las autoridades, del estudio socioeconómico presentado por la familia de Vives se desprende que tiene ingresos promedio de $5 millones mensuales y goza de una buena posición social en Magdalena.

Como si fuera poco, se estableció que los hijos del ex congresista no están desamparados, que desde 2007 vienen recibiendo tratamiento psicológico particular “sin que ello afecte sus estudios o desarrollos sociales”, y que Vives no es padre cabeza de familia puesto que su esposa trabaja. Dicho de otro modo, sostiene la Procuraduría que la difícil situación familiar generada por la condena al ex parlamentario no lo exime de su responsabilidad penal. Entre otras cosas porque bastaría con que cualquier interno manifestara su preocupación por sus hijos para que pudiera salir de la cárcel a su casa.

“Una interpretación como esta en la cual la procedencia del beneficio se deriva de la simple dependencia moral de los hijos con el padre no sólo convierte en regla lo que es excepción, sino que colocaría a la mayoría de la población carcelaria en situación de acceder a este beneficio”, conceptuó la Procuraduría.

Por Redacción Judicial

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