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La Corte Constitucional tiene en sus manos el decreto de estado de conmoción interna en el Catatumbo, expedido por el gobierno de Gustavo Petro en enero de este año. Este martes, la Sala Plena del alto tribunal debatirá sobre si la medida especial —que ya fue levantada por el presidente de la República— tenía razón de ser o si fue una acción errónea por parte de la Casa de Nariño. Ya se presentó la ponencia de la decisión y apunta a tumbar lo decretado.
La magistrada Paola Meneses, ponente del proceso, ya radicó el proyecto de fallo y sus compañeros de Sala ya estudian el documento. Se conoció, que lo presentado por la magistrada apunta a que el decreto debe caerse, principalmente, porque el gobierno de Gustavo Petro buscó darle solución a problemas estructurales de esa zona del país, a través de medidas excepcionales.
Lo que se sabe hasta el momento del documento que ya estudian todos los magistrados para tomar una decisión, es que la Casa de Nariño no logró justificar adecuadamente que las medidas adoptadas en el decreto eran pertinentes. Para la togada, habría otros caminos por vías normales que permitirían superar los problemas de violencia en la región y, de haberse llevado a cabo, no habría sido necesario declarar la conmoción interna en el Catatumbo.
El caso será discutido este martes desde las 9:00 a.m., hora para la que fue citada la Sala Plena del alto tribunal. En el caso, la Defensoría del Pueblo y la Presidencia de la República habían pedido que se realizara una audiencia pública antes de que se presentara una ponencia, para que el alto tribunal escuchara distintos puntos de vista sobre el tema. Sin embargo, la magistrada Meneses negó la petición.
Lo que dijo Meneses para la negativa fue que “la celebración de la audiencia pública no es necesaria, en la medida en que tanto el decreto de pruebas como las intervenciones ciudadanas han dotado a la Corte de amplísimos y diversos elementos de juicio y argumentos de diferente índole para ejercer el control de constitucionalidad del Decreto Legislativo 62 de 2025″.
También, que la información que ha llegado a su despacho en relación con el decreto “ha surgido de distintas posturas y orígenes, por lo que concurren diversas premisas que pretenden defender o impugnar la exequibilidad del mencionado decreto”. Por eso, dice ella en el auto, “no es necesaria mayor profundización o la exposición de nuevos aspectos, distintos a los que ya se han planteado en dichos documentos y, además, profusamente sustentados por extenso material probatorio”.
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