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En un fallo de 258 páginas la jueza 11 penal de circuito de conocimiento de Bogotá, Paula Astrid Jiménez, hizo un acucioso relato de los motivos que la llevaron a absolver a las jóvenes Laura Milena Moreno Ramírez y Jessy Mercedes Quintero Moreno por los hechos que rodearon la extraña muerte del joven Luis Andrés Colmenares Escobar en hechos registrados el 31 de octubre de 2010.
La funcionaria judicial advirtió que en los cinco años de juicio no se allegaron elementos materiales probatorios que pudieran sustentar la tesis presentada en su momento por el entonces fiscal 11 de la Unidad de Vida, Antonio Luis González sobre el hecho que la muerte del joven de 20 años había sido producida por un tercero, es decir que se trataba de un claro caso de homicidio y no un accidente.
En el escrito de acusación presentado se manifestaba que el joven estudiante había sido golpeado tres veces en la cabeza con un objeto contundente. Luego sus agresores subieron su cuerpo inconsciente a una camioneta con rumbo desconocido en la madrugada del 31 de octubre del 2010. Por esto su cadáver no fue encontrado por el primer cuerpo de bomberos.
Luego, en la tarde de ese domingo, el cuerpo sin vida fue llevado nuevamente hasta el parque ubicado en el norte de Bogotá y arrojado al canal de aguas lluvias. Por esto el cadáver fue hallado “fácilmente” por el segundo cuerpo de bomberos. Las fracturas en el rostro de Colmenares Escobar –sostenía González- evidenciaban que el joven había sido agredido físicamente.
Como su prueba principal presentó la exhumación hecha por el médico forense Máximo Duque en julio de 2011. Con este informe sustentó su escrito de acusación indicando que todas las pruebas señalaban que se trataba de una muerte provocada por un tercero –en su teoría Carlos Cárdenas, exnovio de Laura Moreno- y que Jessy Quintero había hecho todo lo posible por ocultar el crimen.
Sin embargo, para la jueza todas las afirmaciones hechas por la Fiscalía General en el escrito de acusación no pudieron ser demostradas en el extenso juicio como lo exige la ley. Todos los testigos y pruebas documentales allegadas al proceso permitieron inferir que desde el momento mismo de la reapertura de la investigación se presentaron una cadena de errores.
Para la jueza no se pudo comprobar que el estudiante de la Universidad de los Andes fuera golpeado, tampoco se certificó que las dos procesadas quisieran encubrir un crimen y mucho menos que alguien quisiera hacerle daño a Luis Andrés Colmenares Escobar. La tesis de la Fiscalía General se cayó en el juicio puesto que los elementos materiales allegados no pudieron sustentarla.
Advierte la juez que en su afán de demostrar su teoría del caso la Fiscalía ocultó elementos materiales probatorios e incluso llegó a cambiar la versión de los testigos en la investigación. Los mismos que en sus declaraciones bajo la gravedad de juramento detallaron los hechos que se presentaron esa noche, coincidiendo con lo dicho por Laura Moreno y Jessy Quintero.
“Nunca en los juicios que había llevado esta funcionaria judicial había estado sujeto a un ocultamiento de evidencia cuyo origen fuera el ente acusador. Sé muy bien que al interior de la Institución la mayoría de gente es honesta y estudiosa por eso hay que establecer qué pasó aquí que fue la excepción”, precisó la funcionaria judicial en sus consideraciones.
Considera que varios funcionarios de la Fiscalía aseguraron en el juicio que “desde el principio se dijo que no había un homicidio” advirtiendo que “si se nos hubiera hecho caso no se hubieran gastado tanto tiempo en esto y habría quedado claro que el ente investigador nunca tuvo prueba alguna en el hecho ilícito”.
No fue un homicidio
La funcionaria judicial cuestionó el hecho que desde un principio se quisiera armar un debate jurídico y probatorio por fuera de las salas de audiencias. Esto a su juicio afectó el desarrollo del proceso penal puesto que se generaron teorías, se citaron pruebas que nunca fueron presentadas y se emitió un juicio antes que acabara el proceso.
“Se armó un proceso por fuera de las salas de audiencias, esto es en los noticieros, en los periódicos y en las redes sociales y se hizo ver cosas que nunca se demostraron en este juicio oral. Al quedar demostrado que la muerte de Luis Andrés Colmenares Escobar no tuvo su origen en un homicidio no hay otra alternativa que absolver a las procesadas por los delitos que les fueron endilgados”, aseguró la jueza.
Y es que en su concepto desde el primer momento se presentaron graves fallas que llevaron a constituir una tesis que no tenía soporte probatorio ni jurídico. Las versiones del primer grupo de bomberos que llegaron a buscar al joven desaparecido en el caño del concurrido parque fueron contradictorias y solamente fue en el juicio que se logró demostrar la verdad.
Y esta es que nunca ingresaron al túnel, ni siquiera al canal de aguas lluvias a revisar o verificar si el joven estaban ahí. Esta grave omisión fue la base para que se creara la teoría que el cuerpo había sido ubicado con posterioridad en el lugar por parte de sus agresores y así comenzó el mito.
“Es así como los bomberos del primer turno no cumplieron con su labor de rescate de acuerdo a sus propios procedimientos. No recorrieron el túnel por lo tanto ninguno podía saber si el cuerpo de Luis Andrés Colmenares estaba allí o no. Si Luis Andrés estaba vivo al momento de su cuerpo llegar al hueco donde fue encontrado”, aclaró la jueza.
“Podríamos decir que la inadecuada labor de los bomberos ayudó al desenlace lamentable que hoy nos enfrentamos”. En su concepto parecía que los bomberos no estaban preparados para una diligencia de rescate, puesto que no sabía qué hacer en esa situación, no pidieron un mapa del túnel y tampoco los exploraron. “Hicieron una búsqueda superficial y mediocre”.
Los bomberos –reseña la jueza- quisieron justificar su escueta presencia en el lugar por una presión ejercida por Laura Moreno quien les aseguró que ella ya había buscado dentro del canal de aguas lluvias y no encontró nada. “Pero, Laura Milena Moreno no era la rescatista, eran los bomberos quienes tenían esa labor de búsqueda”. En el juicio se evidenció que faltaron a la verdad sobre las taras desarrolladas por lo que pidió que sean investigados por falso testimonio y fraude procesal.
Las causas de la muerte
En otros de los puntos del fallo la juez acita a varios de los peritos forenses y expertos en la materia que declararon en el juicio. Consideran que todos ellos coinciden en afirmar que en la exhumación adelantada por el médico Máximo Duque se cometieron graves irregularidades en el manejo del cuerpo y en los resultados que se presentaron en el informe que fue la base para reabrir el caso.
En las fotografías reveladas de la exhumación por el propio Duque se evidencia que se presentaron varias fallas como lo fueron: la realización de la acción en un espacio abierto como lo es el cementerio de Villanueva, la participación de personas que no tenían ningún tipo de conocimiento y experticia en la materia, el uso de elementos no verificados como un cuchillo de cocina comprado en un supermercado y por último, y más importante, haber lavado y manipulado las partes del cuerpo.
No contento con esto –cuestionó la jueza- se quiso hacer incurrir en error al despacho judicial aprovechándose de la falta de conocimiento que se tiene sobre este tipo de temas. Sin embargo, los otros expertos si evidenciaron estas falencias y las sacaron a la luz en el desarrollo del juicio lo que evitó que la funcionaria incurriera en un error de la valoración de esta prueba crucial.
Señala que en su exposición el médico Duque quiso demostrar que las heridas que presentaba el rostro de Luis Andrés Colmenares habían sido provocadas por un tercero que lo atacó con un objeto. Igualmente insistió que las fracturas no habían sido producidas por una caída sino por otra presión externa.
Esta conclusión no fue aceptada por el despacho judicial que insiste que existen diferentes conceptos de otros expertos que sostienen que en efecto las fracturas que presentaba el cráneo pudieron presentarse por el impacto de la caída de altura hecho que generó esos traumatismos.
En conclusión, para la jueza no existen pruebas que puedan demostrar la participación de Laura Milena Moreno Ramírez en el delito de homicidio agravado en calidad de coautoría y Jessy Mercedes Quintero Moreno en los delitos de encubrimiento en homicidio y falso testimonio.
La Fiscalía General y el abogado de la familia Colmenares Escobar anunciaron que presentarán recurso de apelación el cual deberá ser resuelto por la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá.