El Tribunal Superior de Bogotá declaró la prescripción del proceso contra el general en retiro Humberto de Jesús Guatibonza Carreño, quien estaba vinculado a una supuesta red de interceptaciones ilegales. La justicia determinó que la Fiscalía no logró probar la responsabilidad del excomandante de la Policía Metropolitana de Bogotá en las denominadas “chuzadas”.
La decisión fue adoptada por la Sala de Decisión Penal al resolver el recurso de apelación presentado por la Fiscalía General de la Nación contra el fallo de primera instancia que, en abril de 2025, absolvió al exoficial. En un pronunciamiento de 24 páginas, el alto tribunal dispuso: “Declarar la prescripción de la acción penal y precluir el procedimiento a favor de Humberto de Jesús Guatibonza Carreño por el delito de concierto para delinquir simple”.
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El caso de las “chuzadas” se originó en una investigación por una presunta red de interceptaciones ilegales que, según la Fiscalía, operaba a través de empresas de seguridad privada. Guatibonza, excomandante de la Policía Metropolitana de Bogotá, fue procesado por los delitos de concierto para delinquir agravado, interceptación de datos informáticos agravada y uso de software malicioso agravado.
Para la Fiscalía, Guatibonza habría tenido un papel determinante en la presunta creación de una red ilegal de interceptaciones, que, según el ente acusador, le permitió acceder a información reservada de empresarios, integrantes de la Fuerza Pública, funcionarios judiciales y particulares. Además de la supuesta interceptación de comunicaciones, las autoridades lo señalaron de, presuntamente, comercializar datos confidenciales mediante el uso de herramientas tecnológicas.
El general en retiro fue capturado el 12 de septiembre de 2018, en el marco de las investigaciones adelantadas por la Fiscalía. Posteriormente, el ente acusador radicó el escrito de acusación en enero de 2019. Sin embargo, el 22 de octubre de ese mismo año, el exoficial recuperó la libertad. A lo largo del proceso, que se extendió por cerca de siete años, su defensa sostuvo que las diligencias de policía judicial presentaban falencias y que no existían pruebas concluyentes que acreditaran su participación en las conductas investigadas.
Finalmente, en agosto de 2025, el Juzgado 35 Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá lo absolvió, tras siete años de proceso, al concluir que el ente acusador no logró demostrar su responsabilidad más allá de toda duda razonable.
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“No hay información suficiente que permita establecer qué sistema informático fue vulnerado, cuándo fue vulnerado, cómo fue vulnerado y qué participación habría tenido en esa vulneración cada uno de los tres procesados que aquí se encuentran”, dijo el juez durante la lectura del fallo.
El despacho también advirtió que el material presentado por la Fiscalía “no superó el estándar de conocimiento requerido para desvirtuar la presunción de inocencia” y recordó que “las pruebas de referencia no pueden ser el único soporte de una sentencia condenatoria en el sistema penal acusatorio”.
Aunque la Fiscalía buscaba que se revocara la absolución y se emitiera una condena, el Tribunal concluyó que, además de las fallas probatorias advertidas en primera instancia, la acción penal ya había prescrito, lo que cierra definitivamente el caso contra el general (r) Guatibonza por el caso de las “chuzadas”.
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