¿La JEP considera que las sanciones que está estudiando el Tribunal de Paz, (sobre búsqueda de desaparecidos, acciones contra minas antipersonal, restauración ambiental en el Sumapaz y actos de memoria) son suficientes?
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La JEP aún no ha tomado una decisión sobre las sanciones. La última palabra la tiene la Sección de Reconocimiento de Verdad cuando emita la sentencia. Estas fueron las sanciones pactadas en el Acuerdo Final de Paz y creemos que pueden ser más efectivas que la cárcel y que valen la pena porque reconstruyen los lazos que el conflicto rompió, porque involucran a todos los actores y porque permiten que los responsables se reintegren a la sociedad beneficiando a las comunidades. Además, es necesario aclarar que la JEP ha estado restaurando a las víctimas a lo largo del proceso judicial y que la restauración no llegará solo con la sanción.
En el proceso han sido restauradas con la verdad que han entregado los comparecientes (por ejemplo, se pudieron conocer los detalles del asesinato del exgobernador de Antioquia Guillermo Gaviria); con el hallazgo de sus seres queridos desaparecidos (una vendedora ambulante recuperó el cuerpo de su hijo exsoldado, secuestrado por las Farc); con la reivindicación de su buen nombre (como pasó con Sigifredo López), entre muchas otras acciones.
Estamos en proceso de dictar las primeras sanciones. El tipo de sanción que vamos a imponer fue contemplado en La Habana, incluido en la Carta Política y validado por la Corte Constitucional. Se aplican, únicamente, a quienes aporten verdad plena y reconozcan responsabilidad. Se trata del corazón del modelo de Justicia Transicional Restaurativa que busca garantizar los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia, la reparación y la no repetición.
Las sentencias en la JEP, a diferencia de la justicia ordinaria, no son el punto final de un proceso, sino uno intermedio, entre una fase inicial de macro investigación y la participación activa de las víctimas, y una final de su materialización en proyectos restaurativos. El criterio no es solo la duración de la sanción, sino su capacidad para contribuir a reparar el daño, reconstruir confianza social y evitar que la tragedia del conflicto armado se repita. La sociedad colombiana, como muchas otras en el mundo, está acostumbrada a un modelo de justicia punitivo en el que se castiga al responsable, pero se hace muy poco para resarcir el daño causado a las víctimas. La sentencia es resultado del proceso restaurativo y dialógico por el que han transitado miles de víctimas y comparecientes.
(En contexto: Las polémicas sanciones que la JEP está a punto de avalar contra exjefes de las Farc)
Entendemos la novedad de un sistema de justicia como este, pero: ¿cómo se mide que esas sanciones sí sean verdaderamente restauradoras y reparadoras?
Estas sanciones restauran porque se imponen después de un proceso que ha garantizado que los comparecientes aporten verdad a las víctimas, porque las víctimas participan en la concertación de las sanciones y porque el Tribunal buscará con sus sentencias que se contribuya a la restauración del daño que causaron los comparecientes.
Las acciones a las que se vincularán los comparecientes, como parte de su sanción, se definen después de un diálogo con amplia participación de las víctimas. Ellas, tanto en audiencia, como en espacios de trabajo nos han dicho cómo se sentirían restauradas. En el caso 01 (sobre secuestros), se definió una estrategia de participación en la que se desarrollaron prácticas restaurativas que permitieron recoger las demandas de las víctimas sobre el tipo de acciones que podrían contribuir a enmendar el daño causado.
Recordemos también que las sanciones propias tienen dos componentes. El primero es este del que estamos hablando, que va encaminado a que los máximos responsables contribuyan directamente a la restauración del daño. El otro componente está asociado a las condiciones en las que se cumplirá la sanción. Es decir, su cumplimiento implica restricciones efectivas de derechos y libertades como de movimiento y residencia. Asimismo, la Sección de Reconocimiento de Verdad verificará el cumplimiento de la sanción junto a la Misión de Verificación de la ONU. Hay un componente nacional y otro internacional para garantizar que se cumpla la sanción.
Y algo todavía más complicado: ¿cómo se mide que sí sean restauradoras y reparadoras si no se puede saber hoy el resultado de esas sanciones?
La restauración se mide de manera diversa porque existen diversos tipos de víctimas y hemos creado metodologías para poder hacerles seguimiento. El conflicto dejó un universo diverso de víctimas: de todas las identidades étnicas, etarias y políticas, que llevan décadas acumulando dolores y reclamos, profundizados por la impunidad y la inacción del Estado frente a lo que vivieron. En estos siete años, por ejemplo, a través de las medidas cautelares hemos recuperado más de 1.891 cuerpos, identificado 200 de ellos y realizado 128 entregas dignas. En ese escenario, también nos hemos encontrado con cientos de personas ya identificadas, pero no reclamadas. Eso nos llevó a desplegar, junto con la Unidad de Búsqueda y Medicina Legal, una Estrategia de Búsqueda Inversa. Recientemente, en Casanare, entregamos 19 placas conmemorativas para dignificar el nombre de víctimas de falsos positivos, atendiendo una solicitud directa de sus familiares.
Enlisto estos hechos para evidenciar cómo el daño causado fue sistemático y generalizado, pero no uniforme, no podemos atender los reclamos de las víctimas con una sola estrategia. Escucharlas en el proceso judicial nos ha permitido identificar diferentes líneas de acción que coinciden con lo trazado en el mandato constitucional y con lo que esperamos que los máximos responsables contribuyan a la restauración, no solo individual, sino también familiar, colectiva y social. En este camino, por ejemplo, nos hemos encontrado con que hay víctimas que, como parte de la restauración, esperan la ubicación de sus seres queridos desaparecidos, otras que se limpie el nombre de quienes fueron estigmatizados, se despejen zonas contaminadas con artefactos explosivos... la lista es larga.
Por eso nos vimos en la necesidad de impulsar líneas de acción diferenciadas, muchas de las cuales ya están en marcha y que las sentencias están llamadas a fortalecer. En la etapa de juicio, estos procesos restaurativos se diseñan junto a las comunidades y hemos hecho todo lo posible para que no se queden en el papel, y por eso hemos hecho llamados contundentes para que se garantice la financiación del Estado. Para que sean restauradoras y reparadoras parte del hecho de que no caen en paracaídas: se construyen desde la base, con las víctimas, y no se cumplirán a espaldas de la sociedad.
Según los lineamientos complementarios en materia de sanción propia y TOAR, para que un proyecto tenga vocación restaurativa debe tener una relación de causalidad directa o indirecta con el daño. En ese sentido, ¿qué tiene que ver una propuesta como la de las minas antipersonal con el secuestro? ¿Dónde está el carácter restaurador para las más de cuatro mil víctimas acreditadas en un proyecto, por ejemplo, como el de realizar acciones de “cabildeo sobre la vigencia de la Convención de Ottawa?
Eso todavía no es una realidad. Todavía no se ha dictado la sentencia. Ahora bien, el esclarecimiento de la política de secuestro de las Farc que documentó la JEP puso en evidencia que esta guerrilla usó minas antipersonal como parte de su estrategia de control territorial, y esto hace parte de uno de los tres patrones macrocriminales identificados en el caso 01. En el intento de esa extinta guerrilla de tomarse el poder por las armas, se valieron de una amplia gama de estrategias que involucraron mecanismos prohibidos por el Derecho Internacional Humanitario, como el uso de minas antipersonal.
La relación de causalidad entre el daño y la sanción no solo se debe entender caso a caso. Como lo planteó la Sección de Apelación, el deber de contribuir a la reparación debe guardar una relación de aproximación o correspondencia con el daño causado a la sociedad y a las víctimas en el amplio repertorio de los crímenes cometidos donde concurren en muchos casos, multiplicidad de victimizaciones. El carácter restaurador para las más de 4.000 víctimas de secuestro que participan en la JEP lo vamos a saber cuando se emita la sentencia y conozcamos con certeza cuáles son esos proyectos restaurativos a los que se vinculará el Secretariado de las Farc como parte de su sanción.
Nadie puede desconocer que la guerra tuvo un impacto ambiental cuyo daño sigue sin repararse. Pero, ¿cómo se puede entender la relación de causalidad directa o indirecta del secuestro con el daño si una de las sanciones propuestas es que los miembros del Secretariado realicen procesos de capacitación y alfabetización en asuntos de restauración ambiental?
Insisto en que la última palabra la tiene la sección y los proyectos que se están analizando se han identificado a partir de las propuestas y observaciones que nos han hecho las mismas víctimas. Frente a esta pregunta puedo decir que el secuestro no solo dejó consecuencias devastadoras entre las colombianas y los colombianos. Su práctica sistemática implicó el uso de campamentos en zonas de reserva, tala de bosque para abrir paso en la selva, contaminación de fuentes hídricas, alteración de ecosistemas y daños en territorios con especial valor ambiental. En muchos casos, además, estas afectaciones ocurrieron en zonas habitadas por comunidades étnicas y campesinas que también sufrieron las consecuencias de este daño. Por eso, la JEP no analiza el secuestro solo como un crimen aislado, sino como parte de un fenómeno de macro victimización con múltiples impactos: físicos, psicosociales, culturales y también ambientales. Pero, repetimos, eso será materia de análisis de la sentencia.
Sobre el componente reparador, el proyecto de sanciones habla de que los comparecientes realizarán una construcción de una placa con nombres de las personas secuestradas, en lugares representativos donde hayan ocurrido estos hechos. ¿La sentencia va a incluir los lugares específicos o el número de placas? Después de más de cuatro años de estar estudiando el caso, se esperaría que la JEP fuera mucho más específica, ¿no cree?
Como bien se menciona en la pregunta, estos proyectos aún están siendo estudiados por la magistratura y se definirán en la sentencia. En dos semanas tenemos una audiencia para terminar de escuchar a las víctimas y sus representantes, así como a los máximos responsables. En esta diligencia se definirán las condiciones de ejecución de los proyectos de sanción. Ahora, el análisis que hace la sentencia será integral y los proyectos no se pueden evaluar de manera aislada. En este caso hay acreditadas 4.000 víctimas a las que hemos escuchado en toda su diversidad. Nos hemos tomado la tarea de escucharlas muy en serio, como ningún otro tribunal en el mundo. Esto toma tiempo y es complejo, pero es lo único que va a permitir que las víctimas se sientan restauradas.
Otro de los requisitos para llegar a estas sanciones es que las víctimas debían participar de manera activa en el diseño del proyecto restaurativo. ¿De qué manera participaron en la elaboración de esta propuesta?
Para el caso 01, las víctimas e intervinientes han contado con una participación integral y efectiva, presentando observaciones, iniciativas y propuestas que integran su visión sobre las propuestas de sanción propia que se están analizando. Teniendo en cuenta que las iniciativas entregadas al tribunal correspondían a expectativas de reparación y no a proyectos restaurativos consolidados, la JEP desarrolló espacios de trabajo con víctimas en 2024 y 2025. A partir de las observaciones, cuestionamientos y aportes formulados por las víctimas, se procedió a la incorporación de ajustes en el diseño de los proyectos, con el fin de fortalecer su legitimidad restaurativa, pertinencia territorial y capacidad de respuesta frente a los daños sufridos. Insisto en que el Tribunal para la Paz analizará y fijará una posición equilibrada capaz de ponderar las propuestas y expectativas de las víctimas, respecto a las propuestas presentadas de sanción propia, así como las observaciones que estas han presentado a los proyectos que se analizan.
Haciendo una comparación entre la propuesta que el secretariado le entregó a la JEP en 2021, no se ven muchos cambios o que las víctimas hubieran participado u opinado en su contenido…
Las propuestas del Secretariado de las Farc que usted menciona no son los únicos proyectos que analiza el Tribunal, sino que hacen parte del abanico de iniciativas que están sobre la mesa. Incluso, eso que ellos presentaron ha sido objeto de observaciones de las víctimas y Procuraduría y nuestra autonomía judicial está modificar, completar y ajustar la propuesta presentada. Para ello se han realizado nueve encuentros con víctimas, comparecientes y sus representantes judiciales, dos audiencias de observaciones a la Resolución de Conclusiones, tres rondas de mesas técnicas con entidades del Gobierno. Lo que suceda en la Audiencia Pública de Verificación también será determinante a la hora de emitir la sentencia.
Las víctimas y sus representantes, así como la Procuraduría, presentaron 290 propuestas de sanción propia a lo largo de la instrucción del caso 01, ¿No quedó ninguno de lo de los 290?
Como he dicho, todas las iniciativas y proyectos han sido analizados, sistematizados y tenidos en cuenta por la magistratura. De hecho, en la etapa de investigación, las víctimas presentaron a la Sala de Reconocimiento de Verdad ideas de proyectos con las que se está complementando la estructuración de lo que hoy analiza el Tribunal para la Paz. Esta sistematización arrojó alrededor de 285 iniciativas. No entiendo qué lleva a concluir que no hemos tenido en cuenta las propuestas de las víctimas, cuando la sentencia ni siquiera se ha emitido. De hecho, puedo decir que la Procuraduría no ha presentado un listado puntual de proyectos. Lo que sí tenemos son sus observaciones y peticiones de las víctimas y sus representantes.
¿Qué les dice a las víctimas que no están convencidas de estas sanciones?
Aún no sabemos el contenido de la sentencia. Ahora bien, las diferencias hacen parte del proceso con el que los jueces lidiamos a diario. Si las víctimas no están convencidas con las sanciones, es legítimo y están en todo su derecho. El conflicto armado nos desgarró por más de 50 años, dejó un universo heterogéneo de víctimas con historias, afectaciones, identidades y reclamos de todo tipo. Es natural que persistan en los reparos sobre los proyectos e iniciativas que se vienen analizando. Este proceso judicial no busca imponer una sola verdad ni una única forma de reparación, sino abrir un camino que reconoce esa diversidad y que entiende que, para resolverlo, no hay una fórmula mágica. ¿Cuál fue nuestro punto de partida? Que los crímenes no fueron simples violaciones a la ley, sino que tuvieron un impacto profundo y del que poco se ha hablado. Por eso, la restauración también pasa por comprender ese daño y que quienes lo causaron contribuyan con sus propias manos a enmendarlo.
En la etapa de juicio trabajamos para proteger los derechos de las víctimas, ofrecer seguridad jurídica a los comparecientes y cumplir con los estándares internacionales. ¿A dónde voy con ello? Las víctimas están en todo su derecho de impugnar las decisiones, pero me parece importante recalcar que estas sanciones no son el final del camino. Son un primer paso en un proceso que se seguirá nutriendo con nuevas sentencias por otros crímenes atroces que estamos investigando, nuevas verdades y acciones restaurativas. Sabemos que nada será suficiente para reparar completamente tanto daño, pero cada paso que damos es guiado por el compromiso de no repetirlo.
La Corte Constitucional determinó que la JEP debía determinar si las sanciones propias eran compatibles con el ejercicio político de los comparecientes. ¿La sentencia incluirá una sanción a este ejercicio político?
Ese es uno de los puntos sensibles que deberá resolver la Sección de Reconocimiento de Verdad en la sentencia.
¿Cómo se van a monitorear estas sanciones si la Misión de Verificación de las Naciones Unidas no va más? Hay congresistas pidiéndole a Estados Unidos que, por falta de resultados de la JEP, ejerza su poder de veto y no renueve ese mandato…
El mandato legal indica que el mecanismo internacional que apoye al Tribunal para la Paz asumirá tareas de verificación del cumplimiento de las sanciones. Esta semana, precisamente, estuve en Nueva York, en la sesión del Consejo de Seguridad y la lectura que tengo de la situación no corresponde con la hipótesis de la pregunta. Me reuní con representantes de los 15 países que conforman el Consejo de Seguridad de la ONU y todos manifestaron su respaldo al trabajo que está haciendo la JEP por investigar, juzgar y sancionar a los máximos responsables de los crímenes más atroces perpetrados en el conflicto.
La Misión de Verificación nos acompaña en el Mecanismo de Monitoreo y Verificación de las sanciones propias. Son ese ojo externo que vigila y comprueba que las cosas se están haciendo bien y que la ejecución de las sanciones propias responde a las demandas de las víctimas y a las dinámicas del territorio. Por eso resulta indispensable que se renueve su mandato en Colombia, pues son quienes le darán ese aval internacional a la implementación de las sanciones. Ese aval blindará jurídicamente al país ante tribunales internacionales, como la Corte Penal Internacional, que estarán muy vigilantes de revisar que acá efectivamente hayamos investigado, juzgado y sancionado los crímenes.
Tenemos más resultados que cualquier otro tribunal de su tipo en el mundo. A la fecha, hemos imputado a 233 máximos responsables. En estas investigaciones hemos ofrecido respuestas para superar el umbral de verdad conocido hasta ahora por la justicia. Prueba de ello es que, por primera vez, es posible reconstruir la magnitud de los delitos imputados, la evolución de las prácticas, las dinámicas que alimentaron las atrocidades, los impactos físicos y psicológicos sufridos por las víctimas y sus familias, el daño a comunidades y territorios, así como las políticas que llevaron a que se cometieran esas atrocidades. La Jurisdicción ha superado las limitaciones de la justicia para investigar crímenes masivos, esclarecer fenómenos macrocriminales y materializar un camino para resolver pacíficamente los horrores de la guerra y, con ello, avanzar hacia la reconciliación.
Según el cronograma, vienen dos audiencias de verificación que son claves para que la JEP pueda emitir las primeras sentencias. Primero será la del subcaso Costa Caribe sobre asesinatos y desapariciones forzadas ilegítimamente presentadas como bajas en combate por agentes del Estado y luego la del caso 01 contra el Secretariado. Según el reglamento, luego de esas audiencias, la JEP tendría 31 días para emitir la sentencia. ¿Qué garantía tiene el país de que, por fin, se conocerá el fallo luego de ese tiempo?
El Tribunal para la Paz está plenamente comprometido con cumplir los plazos y mandatos que le impone la Constitución. Para ello, ha desplegado todos los esfuerzos necesarios para avanzar hacia la emisión de las primeras sentencias protegiendo los derechos de las víctimas, ofreciendo garantías a los comparecientes y cumpliendo con estándares internacionales. El compromiso de la JEP es claro: seguir actuando con la mayor responsabilidad y celeridad.
Si primero es la audiencia contra 12 máximos responsables y exintegrantes de la fuerza pública, ¿esto quiere decir que la JEP emitirá la primera sanción de su historia contra ellos y no contra las Farc?
No necesariamente. Los dos procesos han venido adelantándose casi de manera paralela. Ahora, no se puede definir cuál decisión se va a conocer primero por la fecha de la realización de una audiencia. Las contingencias que se pueden presentar en un proceso judicial son múltiples y, por tanto, la definición respecto de contra quién la JEP emitirá la primera sanción de su historia es algo que no se puede anticipar.
La semana pasada, la fiscal Luz Adriana Camargo le envió a la JEP un oficio en el que alertó que la jurisdicción no ha tenido en cuenta todos los procesos penales de los comparecientes y que la falta de cierre judicial está yendo en contra de la situación jurídica de quienes están sometidos a la JEP. ¿Qué le contesta a Camargo?
Mi lectura de la carta es distinta. La señora fiscal no dice que no se hayan tenido en cuenta los procesos, sino que no se han trasladado a la Jurisdicción y sobre eso, aunque responderemos en detalle a las inquietudes que manifiesta, también debemos resaltar que actuamos en el marco que establece la ley. Por otro lado, quiero resaltar que, precisamente, esa inquietud de la fiscal ilustra la magnitud del desafío que enfrenta la JEP, en materia de resolver la situación jurídica a los comparecientes y en juzgar y sancionar 50 años de conflicto armado interno. En la JEP no existe una ruta única para la solución de la situación jurídica. En ellas se contempla tanto a los firmantes del Acuerdo Final de Paz, quienes han sido beneficiados de amnistías o indultos, en los casos en los que la ley lo permite; pero también están los máximos responsables que están en curso de ser juzgados y sancionados en cada macrocaso, recordemos que no juzgamos el hecho a hecho, sino conductas macrocriminales; y, finalmente, los comparecientes no seleccionados como máximos responsables, que son el grueso de los comparecientes sometidos a la JEP, y quienes están en una ruta para resolver su situación jurídica garantizando los derechos de las víctimas, es decir, aportando verdad, reconociendo responsabilidad y realizando acciones restaurativas. Y eso es así porque no podemos dejar en la impunidad los crímenes en los que participaron los distintos actores del conflicto.
En la JEP tenemos acreditadas a 11.746 víctimas individuales y 394 sujetos, donde hay miles de víctimas individuales. Por ejemplo, solo en el caso 05, que investiga la situación en norte del Cauca y sur del Valle del Cauca, hay acreditadas 200.000 víctimas. Es decir, la magnitud en cantidad de personas que intervienen en nuestros procesos es muy grande. Por eso, recibimos las inquietudes de la señora fiscal y las estamos estudiando para dar una respuesta que nos permita activar los distintos escenarios de articulación que tenemos con la Fiscalía. Por lo demás, consideramos que nuestra comunicación y articulación con la Fiscalía es fluida y el trabajo intenso. Por ello debemos seguir trabajando juntos en la mesa técnica que creamos para tal efecto. Mi invitación es a continuar trabajando de forma mancomunada, con miras a garantizarle seguridad jurídica a todos los comparecientes.
Hace unos días, exjefes de las Farc reconocieron que en su organización existió una política de reclutamiento de menores, pero negó que existiera un patrón de violencia sexual y de género entre sus filas. Si no lo reconocen, el paso siguiente sería llevarlos a juicio. ¿La JEP será capaz de tomar esta ruta si los comparecientes no reconocen ese patrón criminal?
La Sala de Reconocimiento de Verdad se encuentra evaluando y estudiando con mucho cuidado lo consignado por los comparecientes en el escrito de más de 400 páginas que enviaron. La sala recoge estos planteamientos hechos por el antiguo secretariado y su defensa, en el marco del proceso dialógico de la Justicia Transicional Restaurativa, y se pronunciará al respecto cuando sea debido.
Se puede hablar de verdad plena y reparación, sin un reconocimiento explícito de ese tipo de violencias?
En este modelo de justicia se exige la verdad plena y el reconocimiento de responsabilidad como requisitos para acceder a una sanción propia. Por eso, debemos esperar el análisis que haga la Sala de Reconocimiento sobre el documento presentado por los comparecientes y, con base en ese estudio, tomar una determinación al respecto.
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