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Proceso en el Consejo de Estado pone a tambalear decreto que recortará sueldo a congresistas

Aunque la Sección Segunda del alto tribunal admitió la demanda, ningún magistrado podrá participar de la decisión. Todos se declararon impedidos, porque sus sueldos se calculan basándose en el de los congresistas. Ahora, todo está en manos de seis conjueces que preparan una sentencia.

Jhordan C. Rodríguez

20 de abril de 2026 - 09:28 p. m.
Aunque la Sección Segunda del Consejo de Estado admitió la demanda, ningún magistrado podrá participar de la decisión, pues todos se declararon impedidos, porque sus sueldos se calculan basándose en el de los congresistas.
Foto: Presidencia
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Una demanda que busca tumbar el decreto con el cual el gobierno de Gustavo Petro ordenó un recorte salarial para congresistas a partir de julio de este año fue admitida en el Consejo de Estado. El caso no es solo una demanda de nulidad ordinaria, sino que también toca las fibras del poder judicial, pues además de modificar los sueldos de los legisladores, cambiaría directamente los de magistrados, fiscales y otros servidores de la rama judicial. El caso es tan delicado que los seis magistrados titulares de la Sección Segunda no podrán participar del proceso y ahora todo está en manos de un grupo de conjueces que estudia a fondo el tema.

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La demanda fue presentada ante el alto tribunal por el abogado Sady Andrés Orjuela Bernal, quien pidió además que se suspenda provisionalmente la entrada en vigencia del documento, pues, a su parecer, la medida vulnera los derechos adquiridos por los congresistas y funcionarios judiciales que se verían afectados a partir del próximo 20 de julio. También, porque, según él, el decreto se expidió sin tener el cuenta aspectos técnicos clave y fue más una medida “populista”.

El gobierno expidió el pasado 19 de enero el decreto 0030 de 2026, con el cual deroga; es decir, deja sin efectos, el decreto 2170 de 2013, con el que, dentro de otras cosas, se le sustituyó las primas de localización, vivienda y salud de los congresistas por una prima especial de servicios. Esa prima equivalía a cerca de COP 7 millones cuando fue firmada y, con los reajustes, actualmente está cerca de COP 16 millones.

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El documento señala que el decreto viola el principio de progresividad y de prohibición de regresividad. Según el demandante, eliminar la prima especial es un retroceso injustificado en los derechos sociales, lo cual está prohibido por la Constitución y tratados internacionales, a menos que exista una justificación extrema. Según él, en este caso no se dio. Según reza en la demanda, “el Decreto 0030 de 2026 constituye una medida regresiva en materia de derechos sociales y laborales, dado que reduce el nivel de protección alcanzado, sin que se hayan presentado razones justificadas que permitan limitar o disminuir este derecho, contrariando el principio de progresividad y prohibición de regresividad consagrado en los artículos 48 y 53 de la Constitución”.

Por otra parte, el demandante dice que el decreto carece de sustento técnico y es más una medida “populista”. Según el abogado Orjuela Bernal, “La medida adoptada por el Gobierno Nacional carece de un estudio técnico que justifique la necesidad de la derogatoria del Decreto 2170 de 2013. No se presentaron evaluaciones económicas, sociales o jurídicas que sustenten de manera razonable y proporcional esta decisión (...) dicha disposición carece de sustento jurídico suficiente y evidencia una finalidad ajena al interés general, orientada primordialmente a la obtención de réditos políticos de cara a las elecciones legislativas previstas para el mes de marzo de 2026”.

Por otra parte, el abogado aseguró en su demanda que la prima especial ya formaba parte del patrimonio de los trabajadores y que su eliminación súbita rompe la confianza en la estabilidad del Estado. “La derogatoria del Decreto 2170 de 2013 desconoce los derechos adquiridos por los congresistas, magistrados y demás empleados públicos, afectando la confianza legítima que los trabajadores tienen en la estabilidad de sus condiciones laborales y prestacionales”. Asimismo, que la medida que afectaría a los congresistas también tendría impacto en toda la rama judicial y organismos de control, cuyos salarios se calculan y dependen legalmente de lo que percibe un congresista.

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“La eliminación de la prima especial de servicios reconocida a los congresistas genera de manera automática y directa la disminución de la base salarial sobre la cual se calculan las remuneraciones de los demás servidores públicos mencionados (magistrados, jueces, fiscales), lo que implica una reducción efectiva de sus ingresos laborales y prestacionales, configurándose así una afectación generalizada y sistemática”, se lee en la demanda.

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El caso aterrizó en la Sección Segunda del Consejo de Estado desde el pasado 23 de enero, pero tuvo demoras desde el primer momento, pues los consejeros que tenían que revisar el caso se declararon impedidos. El 5 de marzo pasado los seis integrantes de la sección se declararon impedidos para adelantar el caso, pues “los magistrados de las altas cortes tienen derecho a una prima especial que, sumada a los demás ingresos laborales, iguala lo percibido por los miembros del Congreso”.

Bajo ese argumento, los consejeros Jorge Iván Duque Gutiérrez, Elizabeth Becerra Cornejo, Juan Enrique Bedoya Escobar, Luis Eduardo Mesa Nieves, Juan Camilo Morales Trujillo y Jorge Edison Portocarrero Banguera pidieron ser apartados y así lo determinaron los conjueces, liderados por Héctor Santaella Quintero, quien fue designado como ponente del caso. Apenas hasta el pasado 9 quedó resuelto todo el tema de impedimentos y correcciones que tenía pendiente la demanda.

Cinco días después, el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República (Dapre) interpuso un recurso de reposición contra el auto que admitió la demanda, alegando que el abogado Orjuela, supuestamente, cometió errores al identificar a su representante legal y que la Presidencia no debería ser parte del proceso, pues para eso está el Dapre. Por su parte, el pasado 17 de abril el Ministerio de Hacienda y Crédito Público presentó los argumentos por los cuales se opone a que el Consejo de Estado suspenda provisionalmente el decreto como lo pide el demandante. Según esa cartea, la medida fue expedida legalmente y el recorte del salario de congresistas es vital para la sostenibilidad fiscal.

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Por ahora, el conjuez Santaella Quintero evalúa si aceptar o no la petición de la Presidencia de la República y no darle continuidad a la demanda, lo que enterraría el caso. Por otra parte, en caso de dejar en firme el proceso, tendrán él y sus compañeros conjueces definir si decretan o no la suspensión provisional solicitada por el demandante, antes de que empiece a regir el recorte cuando se instale el nuevo Congreso de la República, el próximo 20 de julio.

Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

Por Jhordan C. Rodríguez

Periodista y creador de contenido con más de cuatro años de experiencia cubriendo fuentes de poder político y judicial.@JhordanR11jrodriguez@elespectador.com
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