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Procurador publicó 25 puntos para "blindar" el proceso de paz

El jefe del Ministerio Público reiteró que la conexidad con los delitos políticos no impide la extradición.

Redacción Judicial

14 de noviembre de 2014 - 05:48 p. m.
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El procurador General, Alejandro Ordóñezn Maldonado presentó 25 puntos que según él permitían blindar el proceso de paz que adelanta el Gobierno con la guerrilla de las Farc en La Habama, Cuba..

El jefe del Ministerio Público aseguró que “se debe investigar, juzgar y condenar en la justicia penal a todos los máximos responsables y a todos los delitos que tengan la connotación de delitos de lesa humanidad, genocidio y crímenes de guerra cometidos de manera sistemática, no solo algunos”.

Así mismo, exige transparencia en el proceso de selección de casos y la investigación deberá ser, según él, imparcial, efectiva, cumplida en un plazo razonable y con participación de las víctimas.

En cuanto a las leyes reglamentarias del marco jurídico para la paz que estarán a cargo del Gobierno Nacional el jefe del Ministerio Público asegura que debe establecer un recurso “mediante el cual se pueda impugnar la decisión sobre la selección y la priorización de un caso”.

Y solicita que la aplicación de dicha norma constitucional “exige la terminación del conflicto armado respecto al grupo que se desmovilice colectivamente, haber producido la dejación de armas. Esto, en criterio de la Procuraduría, equivale a su desarme”.

Ordóñez Maldonado dice que si bien hay que priorizar los casos “se puede ordenar que el Estado concentre la persecución penal en los máximos responsables de delitos de lesa humanidad, genocidio y crímenes de guerra cometidos de manera sistemática, el Estado tiene la obligación de investigar y sancionar todas las graves violaciones a los Derechos Humanos y al Derecho Internacional Humanitario”.

El funcionario advierte que el Estado no puede renunciar a la persecución de los delitos de lesa humanidad, ni de los delitos transnacionales, “por ejemplo, el narcotráfico, la trata de personas y otras conductas de similar gravedad, podrían ser también objeto de la acción de la justicia penal ordinaria”.

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Y recomienda priorizar la investigación y el castigo de “las ejecuciones extrajudiciales; tortura; desapariciones forzadas; reclutamiento ilegal de menores; y violencia sexual contra la mujer, siempre y cuando sean calificados como delitos de lesa humanidad, genocidio o crímenes de guerra cometidos de manera sistemática”.

Entre otros puntos que exalta el Procurador están que los beneficios de la justicia transicional “exigen que el grupo armado libere a los secuestrados y a los niños reclutados forzosamente”.

Y advierte que no se puede suspender la ejecución de la pena “no puede operar para los condenados como máximos responsables de los delitos de lesa humanidad, genocidio y crímenes de guerra cometidos de manera sistemática. Eso está acorde con lo expresado por la Fiscal ante la Corte Penal Internacional: se impone respetar la proporcionalidad que debe existir entre la pena y la gravedad de los crímenes cometidos”.

Por último, asegura que no podrá haber conexidad del delito político “respecto de los crímenes de lesa humanidad ni de genocidio cometidos de manera sistemática. Es una exclusión perpetua. No todos los delitos se pueden reputar como conexos con el delito político. La conexidad con los delitos políticos no impide la extradición”.

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Por Redacción Judicial

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