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Procuraduría busca apartar a magistrado Claros de discusión en caso Abadía

Lo recusó para evitar que intervenga en la decisión de segunda instancia de la tutela que restituyó al dirigente en la Gobernación del Valle.

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El Espectador
25 de junio de 2010 - 12:07 p. m.
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La Procuraduría General de la Nación radicó una recusación en contra del magistrado Ovidio Claros, para evitar que el alto funcionario judicial tenga parte en la discusión que entorno a la tutela que restituyó a Juan Carlos Abadía en la Gobernación del Valle se libre en el Consejo Superior de la Judicatura, que actuará como juez de segunda instancia en el caso.

Para el Ministerio Público, las declaraciones ofrecidas por el actual vicepresidente de la Judicatura frente a la decisión del Consejo Seccional del Valle constituyen el argumento contundente del impedimento que cobija al magistrado.

Sin embargo, un jurista consultado por ElEspectador.com, que prestó sus servicios a la Rama Judicial, aseguró que según el artículo 39 del decreto 2591 de 1991, que reglamentó la acción de tutela como mecanismo de defensa de derechos fundamentales, en Colombia no es procedente la recusación ante la presentación de una acción jurídica de esta naturaleza.

“Recusación. En ningún caso será procedente la recusación. El juez deberá declararse impedido cuando concurran las causales de impedimento del Código de Procedimiento Penal so pena de incurrir en la sanción disciplinaria correspondiente. El juez que conozca de la impugnación del fallo de tutela deberá adoptar las medidas procedentes para que se inicie el procedimiento disciplinario, si fuere el caso”, dice la norma.

Claros señaló públicamente que no consideraba viable el anuncio de la Procuraduría de apelar el auto en el cual se ordenaba la restitución provisional de Abadía en el cargo del cual había sido destituido, por cuanto se trataba de una decisión que no encerraba el pronunciamiento de fondo que, cabe recordar, revocó la sanción contra el Gobernador.

El organismo de control, en cabeza de Alejandro Ordóñez Maldonado, había manifestado que se trataba de una decisión "absurda" y que la Judicatura no tenía competencia para objetar la determinación sancionatoria, pues se trataba de un asunto del resorte de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

En caso de ser aceptada la recusación, la Sala Disciplinaria se verá en la obligación de nombrar a un conjuez en reemplazo de Claros Polanco, toda vez que será ese organismo el que determine si confirma o rechaza la decisión de tutela del Consejo Seccional de la Judicatura del Valle, que dejó sin efecto la medida en contra de Abadía.

El dirigente retornó a su cargo luego de ser destituido de la Gobernación y de ser inhabilitado por espacio de diez años en el ejercicio de la función pública, luego de haber incurrido en participación indebida en política a favor del ex precandidato presidencial conservador Andrés Felipe Arias, según lo conceptuó la Procuraduría.

Por El Espectador

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