La Procuraduría acaba de confirmar, en segunda instancia, su sanción en contra del exalcalde de Medellín, Daniel Quintero Calle, por participación indebida en política cuando era mandatario de la capital antioqueña. De acuerdo con la decisión, queda en firme la sanción que lo inhabilita por seis meses para ocupar cargos o ejercer funciones públicas.
Según se lee en la decisión de 35 páginas conocidas por este diario, se encontró probado que “en ejercicio del cargo de alcalde de Medellín publicó en Twitter mensajes que, analizados en contexto y en conjunto, permiten deducir que para ello medió su voluntad, no solo para realizar publicaciones, sino para elaborar contenidos. No fue una fotografía, mensaje o video casual publicado sin su consentimiento y en un medio no cobijado por su voluntad, todo lo contrario, fue en su propia cuenta de Twitter, a sabiendas del impacto que tenía y en efecto tuvo”.
El Ministerio Público determinó que “su voluntad se orientaba inequívocamente a generar polémica por la manifestación implícita de una preferencia electoral que mostraba públicamente con el ánimo de influir en las elecciones”. Dentro de los actos revisados por el ente de control está que “desde su cuenta ‘@QuinteroCalle’ de la otrora red social Twitter, publicó mensajes o trinos con fotografías y videos aludiendo a su preferencia política por los candidatos de la coalición Pacto Histórico a la Presidencia y Vicepresidencia de la República, para el periodo 2022-2026″.
En el documento, la Procuraduría resaltó que Quintero, como alcalde de Medellín, “tenía el deber constitucional y legal de actuar con responsabilidad, imparcialidad y neutralidad frente a los procesos electorales”. Sin embargo, dice el ente de control, faltó a su deber al “publicar mensajes en su cuenta de Twitter —utilizada también para fines institucionales— en los que expresó apoyo a una coalición política e invitó a votar por ella".
Quintero “quebrantó su deber funcional, pues con su actuar afectó el equilibrio democrático, al tomar partido en la contienda electoral y comprometer la confianza pública en la neutralidad de la administración”, señala la decisión. Por eso, fue confirmada la sanción de primera instancia en la que se le encontró responsable de la comisión de una falta grave imputada a título de dolo, es decir, con conocimiento de que lo que iba a hacer estaba por fuera de la ley.
Aun así, Quintero Calle tiene un chance más de que la sanción no quede en firme, pues el caso pasa a revisión automática del Consejo de Estado. La defensa del político tiene 30 días para presentar recursos y pruebas al alto tribunal.
Este es el fallo de segunda instancia de la Procuraduría:
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