Ante la Corte Suprema de Justicia, un delegado de la Procuraduría General radicó un recurso para que se revise la decisión con el cual la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá revivió la orden de captura en contra del excomisionado de Paz, Luis C. Restrepo en el proceso que se le adelanta por la falsa desmovilización de la compañía Cacica La Gaitana de las Farc.
Según el Ministerio Público, la acción de tutela que resolvió el Tribunal Superior no era procedente en estos momentos, puesto que no se podía admitir en contra de una providencia judicial, sino solamente en circunstancias excepcionales.
En este sentido la Procuraduría, la decisión de la juez 45 de conocimiento, Johana Rodríguez, fue tomada en derecho, puesto que se hizo una valoración adecuada de los procesales que se presentaron durante la imputación de cargos y solicitud de medida de aseguramiento en contra del excomisionado de paz, cuyo paradero se desconoce desde el pasado 8 de enero.
"Para la Procuraduría, la decisión que revocara la medida cautelar en contra del excomisionado de Paz se soportó en la no demostración de la inferencia razonable de autoría en los hechos, apreciando los medios de conocimiento en una justa y objetiva ponderación, en forma conjunta y no aislada e individual como pretende el Tribunal en el fallo de tutela", dice el comunicado.
La Procuraduría concluyó que el Tribunal no podría hacer ninguna mención sobre “exceso de competencias” puesto que la funcionaria judicial sí se refirió a los elementos probatorios y a los sucesos registrados presentados por la Fiscalía en este proceso.
“En gracia a discusión se admite que la juez fue más allá de su competencia, ninguna incidencia tuvieron las órdenes, invitaciones, reconsideraciones o recomendaciones en la decisión que tomó de revocar la medida de aseguramiento intramural impuesta”, concluye la misiva.