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Procuraduría pide que se avale la seguridad ciudadana del Gobierno Duque

En un concepto de seis páginas, el Ministerio Público le solicitó a la Corte Constitucional que deje en firme la norma que le dio vida a unas modificaciones en la Ley de Seguridad Ciudadana del actual Gobierno. La norma ha sido criticada y demandada ante el alto tribunal en varias ocasiones.

17 de mayo de 2022 - 02:30 p. m.
Procuraduría pide que se avale la seguridad ciudadana del Gobierno Duque
Procuraduría pide que se avale la seguridad ciudadana del Gobierno Duque
Foto: Policía Nacional

En un concepto de seis páginas, la Procuraduría en cabeza de Margarita Cabello le pidió a la Corte Constitucional que deje en firme la Ley de Seguridad Ciudadana, iniciativa del actual Gobierno que salió del legislativo en tiempo récord debido a que ni siquiera duró menos de un mes en trámite, y lo sacaron en medio de sesiones extraordinarias en el Congreso. La pretensión ha sido cuestionada por varios sectores políticos debido a que la nueva norma no solo aumenta penas, sino que crea nuevos delitos, y adiciona apartes al Código de Policía que quedó en firme en 2016.

El Código de Policía, además de hablar de la dosis mínima, también clasificaba una serie de conductas ciudadanas irregulares y las llevaba al plano económico o pedagógico, según la gravedad del hecho. Así las cosas, los llamados de atención iban desde asistir a charlas pedagógicas hasta cancelar más de tres o cuatro salarios mínimos legales. Por lo general, las multas quedaban en manos de un comisario que determinaba si la sanción era pedagógica o económica. En este caso, el gobierno Duque modificó esas iniciativas.

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Reseñó que si algún ciudadano no cancela los comparendos impuestos no podrán acceder a una serie de beneficios. Entre ellos, aspirar a cargos públicos o activar sus licencias de conducir. Esa es una de las modificaciones que hizo el Gobierno, situación que fue reprochada por varios sectores. No obstante, este lunes, la Procuraduría le dio un espaldarazo. “El Ministerio Público evidencia que, según la jurisprudencia, el registrador está habilitado para imponer requisitos para el acceso a cargos diferentes al mérito, como son aquellos vinculados a la moralidad pública”, dice el documento.

Para la Procuraduría las medidas adoptadas “buscan optimizar el principio de moralidad”. Además, permiten obligar al infractor a que pague las multas que le han sido impuestas. “Las medidas son necesarias puesto que no hay otros mecanismos menos lesivos para el derecho a ocupar cargos públicos e igual de efectivos para optimizar el principio de moralidad administrativa, diferentes a impedir que las personas con multas pendientes de pago puedan aspirar a prestar sus servicios al Estado”, dice el documento.

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De acuerdo con el concepto del Ministerio Público las medidas son proporcionales, si bien tienen un impacto en el derecho de acceder a cargos públicos, lo cierto es que no se trata de restricciones absolutas, sino de limitaciones que están supeditadas a la condición de cancelar la multa impuesta. Por lo anterior, la Procuraduría consideró que la norma del actual Gobierno se ajusta a la constitución y debe quedar en firme conforme salió del legislativo hace un par de meses.

Por su parte, el Ministerio de Justicia, que también allegó concepto al alto tribunal apoyó la postura del Ministerio Público. “En particular, ambos numerales pretenden garantizar que toda persona que aspire a ingresar o ascender en un cargo cumpla con sus deberes legales y constitucionales y que su comportamiento también se encamine al respeto de aquellos bienes constitucionalmente relevantes, como las relaciones de convivencia entre los ciudadanos y entre éstos y las autoridades”, resalta el documento del Ministerio.

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Para la cartera de justicia es claro que las modificaciones que hizo el actual Gobierno son justificables. “Solicitarles que para presentarse a concursos o para ser nombrados o ascendidos, se deba cumplir con el pago de las obligaciones pendientes por el incumplimiento de una ley y sobre todo al tratarse de asuntos de convivencia ciudadana es justificable, pues todo servidor público está llamado a responder a las necesidades concretas de una persona o de una comunidad y en este sentido debe acatar las sanciones que se impongan en razón a un actuar contra normas de convivencia”, explicaron en el texto allegado a la Corte.

El Ministerio de Defensa, por su parte, resaltó que “todo cambio normativo puede generar inconformismo de algunos ciudadanos, máxime cuando se busca mantener el orden en las ciudades y por lo tanto, se pueden restringir con la debida justificación algún margen de libertades, a través de la exigencia del cumplimiento de deberes, que siempre propenden por el bienestar general y particular”. Para la cartera que lidera el ministro Diego Molano, está claro que el legislador estructuró disposiciones que contiene herramientas necesarias para sostener una vida en comunidad.

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Para la Defensoría del Pueblo, las directrices del Gobierno que quedaron estipuladas en la norma son acordes debido a que se trata de “defender el interés general representado por la necesidad de actuar en favor del patrimonio público”. A juicio del órgano defensor, la medida es necesaria y proporcional porque no “sacrifica” valores ni principios como el interés general, la imparcialidad, la moralidad y la eficacia de la administración pública.

Por el momento, la ley de seguridad ciudadana está demandada ante el alto tribunal en más de cuatro ocasiones, y el tema de los cargos públicos en materia de comparendos, es apenas una de los artículos que busca tumbar. Por ahora, este caso está en el despacho del magistrado Jorge Enrique Ibáñez.

Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

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Álamo(88990)17 de mayo de 2022 - 10:07 p. m.
Simplemente una aberración secretada por un cuerpo más aberrado aún.
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