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Procuraduría solicitó seguir cobrando cuota alimentaria a colombianos en exterior

La Procuraduría le solicitó a la Corte Constitucional mantener el convenio que permite el cobro de cuotas alimentarias a colombianos que viven en el extranjero.

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18 de febrero de 2023 - 12:50 a. m.
El derecho de alimentos a los hijos comprende la comida, la salud, la ropa, la educación y la recreación.
El derecho de alimentos a los hijos comprende la comida, la salud, la ropa, la educación y la recreación.
Foto: Getty
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La Procuraduría le solicitó a la Corte Constitucional mantener el convenio sobre el cobro de la cuota alimentaria para niños y otros miembros de la familia. El acuerdo, firmado en el Reino de los Países Bajos en 2007, tiene el objetivo de asegurar las obligaciones alimentarias cuando la persona responsable de pagar tal cuota se encuentra en el extranjero. Debido a esto, el Ministerio Público hizo varias anotaciones respaldando la decisión.

El Congreso de la República aprobó el convenio sobre el cobro de la cuota alimentaria mediante la Ley 2212 de 2022. Se trata de un instrumento para garantizar el derecho de niños/as, adolescentes e integrantes de las familias, a que reciban los recursos para garantizar el acceso a comida, salud, ropa, educación y recreación por parte de otras personas, por ejemplo, padres ausentes que viven en un país del exterior. Esta ley permite que los responsables no eludan su obligación al no estar en Colombia.

Para el ente de control un tratado como este permite “garantizar la vida digna, el mínimo vital y los derechos fundamentales de aquellas personas, primordialmente miembros de la familia o vinculadas legalmente, frente a quienes asiste una obligación de solidaridad y equidad en razón a que no pueden procurarse su sostenimiento por sí mismas”, objetivos a los que deben propender los Estados que hacen parte del acuerdo.

Según la Ley 2212, fue un convenio que nació con el deseo de mejorar la cooperación entre los Estados en materia de cobro internacional de alimentos para los niños/as y otros miembros de la familia, y crear un sistema que garantice sus derechos. De ahí que los padres u otras personas encargadas del menor están en obligación de proporcionar las condiciones de vida necesarias para su desarrollo.

Asimismo, la Procuraduría manifestó que el convenio protege a la familia como institución básica y núcleo fundamental de la sociedad, y que facilita los procedimientos jurídicos disponibles en los diferentes países para el cobro de las cuotas alimentarias, evitando la evasión de las obligaciones de quienes tienen ese deber y se encuentran fuera de Colombia. Recordemos que en el país, el beneficio de la cuota alimentaria se les concede a los hijos menores de edad y hasta los 25 años cuando son estudiantes.

Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

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