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¿Quiere hacer una tutela por su cuenta? Así funciona “La tuteladora” de Temblores

“La tuteladora” es una herramienta automática con la cual usted podrá redactar una acción de tutela que estará casi lista para interponerse ante la justicia colombiana, y con la cual usted puede proteger sus derechos fundamentales. Conozca aquí los pasos que debe seguir.

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06 de septiembre de 2023 - 11:14 a. m.
Temblores ONG moviliza procesos comunitarios de transformación social contra las estructuras que garantizan el mantenimiento de la exclusión, la violencia y la discriminación.
Temblores ONG moviliza procesos comunitarios de transformación social contra las estructuras que garantizan el mantenimiento de la exclusión, la violencia y la discriminación.
Foto: Temblores ONG
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¿Le cobran mucho dinero por la redacción de una tutela? ¿Le han dicho que presente una tutela pero no sabe cómo redactarla? ¿Se ha sentido frenado a pelear por sus derechos al no tener cómo acceder a la justicia? Si ese es su caso, Temblores ONG presenta una nueva herramienta en la que usted mismo puede redactar esa tutela que puede presentar a la justicia y, así, reclamar sus derechos fundamentales: “La tuteladora”.

La reciente herramienta lanzada por Temblores ONG que le permitirá a la ciudadanía construir una tutela en línea para reclamar los derechos fundamentales que le hayan sido vulnerados. Las personas que sientan que la justicia puede echarles una mano solo deben llenar un formulario y, al finalizar, podrán descargar un documento en el que encontrarán una tutela casi lista para radicar.

::Para ingresar al sistema de “La Tuteladora” haga click en este enlace::

En el formulario, los ciudadanos deben dejar claro su nombre, el nombre de la entidad o el particular contra quien quieren radicar la tutela, así como una descripción de los hechos que luego conocerá un juez o una jueza de la República por reparto. Recuerde que a través de la acción de tutela no se pueden solicitar reparaciones económicas. No obstante, puede pelear por sus siguientes derechos fundamentales:

  • Acceso a la justicia
  • Acceso y libertad de información
  • Autonomía personal y protección del proyecto de vida
  • Derecho a solicitar asilo en Colombia
  • Derechos a la infancia y a la adolescencia
  • Educación
  • Igualdad y no discriminación
  • Libertad de conciencia y cultos
  • Participación y expresión ciudadana
  • Protección a la vida e integridad
  • Protección a la vida privada
  • Protección del trabajo

Preguntas y respuestas para entender mejor la acción de tutela, por Temblores ONG

¿Se pueden radicar virtualmente?

Sí, a través de este enlace. Si prefiere hacerlo presencialmente, puede radicarla de forma física en los edificios de la Rama judicial.

¿Qué pasa una vez se radica?

En cuestión de horas el accionante recibe un correo donde le indican qué juzgado es el encargado d resolverla. Después de esto, el juzgado debe enviar un correo donde notifica que la tutela fue admitida. Desde ese momento, el accionante debe esperar 10 días hábiles para que se tome una decisión.

¿Contra qué o quién se puede radicar una tutela?

Se puede poner una tutela en contra de cualquier autoridad pública, instituciones y entidades del Estado. ¡OJO! Solo se pueden poner tutelas en contra de particulares en casos muy excepcionales, por ejemplo, cuando prestan un servicio público.

::Para ingresar al sistema de “La Tuteladora” haga click en este enlace::

¿Por qué me pueden negar una tutela?

Si el accionante no acudió con anterioridad a otro mecanismo judicial que podría haber solucionado la afectación de sus derechos. Por ejemplo, si una entidad niega el servicio de salud, es importante que antes de presentar un tutela se envié una petición la entidad solicitando la prestación del servicio.

Otra razón puede ser porque la tutela busque únicamente la protección de derechos colectivos. En esos casos, el mecanismo que se debe usar es la acción popular.

¿Qué pasa si me niegan la tutela?

El accionante puede acudir a una figura jurídica llamada impugnación. Esta es la posibilidad de explicarle al juzgado de segunda instancia que no se está de acuerdo con la decisión que se tomó en primera instancia. Esta impugnación deberá resolverse en un término de 20 días hábiles.

Esta es la guía completa para acceder a “La tuteladora”:

Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

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Sonia(57730)06 de septiembre de 2023 - 12:20 p. m.
Buenos días. Gracias por publicar tan importante noticia. Faltó la última parte: Esta es la guía completa para acceder a la “tuteladora”
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