Reclamo wayuu ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos
Las madres lactantes y gestantes siguen sin atención médica y los niños continúan muriéndose de hambre. Abogados de los indígenas le pidieron a la Comisión Interamericana acciones urgentes pues, a pesar de los múltiples pronunciamientos judiciales que tiene a su favor, poco se ha hecho para lograr que este pueblo sobreviva.
Diana Durán Núñez / @dicaduran
Las decisiones judiciales sin voluntad política son tierra estéril. Ese es, palabras más palabras menos, el resumen de lo que está pasando con el pueblo wayuu en la Alta Guajira: tienen en su favor fallos de la Corte Suprema, la Corte Constitucional y hasta medidas cautelares de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), pero nada es suficiente para que el Estado colombiano los proteja de forma justa con la realidad que padecen. Por eso los abogados de la comunidad Shipia Wayuu recurrieron, una vez más, al sistema interamericano, en donde radicaron un detallado documento de 113 páginas el pasado 4 de septiembre.
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Las decisiones judiciales sin voluntad política son tierra estéril. Ese es, palabras más palabras menos, el resumen de lo que está pasando con el pueblo wayuu en la Alta Guajira: tienen en su favor fallos de la Corte Suprema, la Corte Constitucional y hasta medidas cautelares de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), pero nada es suficiente para que el Estado colombiano los proteja de forma justa con la realidad que padecen. Por eso los abogados de la comunidad Shipia Wayuu recurrieron, una vez más, al sistema interamericano, en donde radicaron un detallado documento de 113 páginas el pasado 4 de septiembre.
::Pueblo indígena wayúu, en riesgo de extinción::
En su documento, los representantes de los wayuus piden especial protección para la comunidad Shipia Wayuu y para las madres gestantes, los menores de edad y los adultos mayores. El fundamento que envuelve cada una de sus observaciones es uno: las medidas judiciales que se han tomado han servido de poco o nada para protegerlos, incluidas las de la Comisión Interamericana. “Las decisiones judiciales dictadas a favor de los intereses de Shipia Wayuu no han sido ejecutadas y, como consecuencia, las situaciones violatorias a los derechos humanos descritas en los capítulos anteriores continúan perpetuándose en el tiempo”, se lee en el escrito.
Y es que los wayuus han tratado por todos los caminos que les paren bolas, por ejemplo, los representantes de la comunidad han presentado distintas acciones dirigidas a exigir el cumplimiento de la sentencia que protege sus derechos fundamentales. Entre las acciones que han tomado está la petición a un juez de que se declare un incidente de desacato por parte del ICBF y del Ministerio de Salud, radicado en marzo de este año. Es decir, que se declare que estas entidades no han cumplido ciertas determinaciones judiciales relacionadas con este pueblo indígena, lo cual ha generado un grave impacto sobre ellos.
“A pesar de haber transcurrido más de dos años desde la promulgación del fallo (una tutela de la Corte Constitucional de 2016) y más de tres años (de) amparo con medidas cautelares (de la Comisión Interamericana), los niños, niñas adolescentes, madres gestantes y lactantes pertenecientes a la asociación Shipia Wayuu no han sido atendidas por parte del ICBF, y como consecuencia de ello durante los años 2015, 2016, 2017, 2018 y lo que ha transcurrido de 2019 se han reportado la muerte de niños wayuus por causas asociadas con la desnutrición”, le explican los representantes de los wayuus a la Comisión Interamericana.
Esas “situaciones violatorias” tienen que ver con la falta de garantías que han tenido para gozar de una vida digna, pues sus condiciones, aseguran los indígenas, son críticas: ya se cuentan por miles los niños que han tenido que enterrar porque la desnutrición se los llevó; el sistema de salud no hace trabajos preventivos con ellos; la ausencia de agua potable los sigue afectando y, aunque se suponía que el problema del río Ranchería se iba a resolver pronto, su caudal -el más grande de La Guajira- “está totalmente seco y los habitantes de los alrededores no tienen acceso al agua”, además de que “fue construida una represa que detiene su cauce”.
::El pueblo Wayúu que aprendió a vivir sin agua en La Guajira::
Los datos que provee la comunidad son poco alentadores: “Entre enero y octubre de 2018, 41 niños wayuus fallecieron por razones relacionadas con desnutrición y falta de agua potable en La Guajira. (Veinte mil) niños y niñas menores de 5 años en este departamento presentan riesgo de desnutrición. Las tasas de mortalidad materna de mujeres indígenas triplica a 2016 con la del resto de Colombia”. Así las cosas, “como consecuencia de lo anterior, esta Comisión debe establecer que el Estado es responsable de la violación a los derechos a la vida e integridad personal de los integrantes de la comunidad Shipia Wayuu”.
Decisiones en vano
El reclamo principal que plasman los wayuus en su documento a la Comisión es que, a pesar de la cantidad de decisiones que han salido en su favor, poco se ha hecho para cambiar sus circunstancias de vida. Para empezar, entre 2015 y 2017, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos profirió en tres oportunidades medidas cautelares que, en teoría, debían beneficiarlos. En la primera resolución, expedida para proteger a los menores de edad de las comunidades asentadas en Uribia, Manaure, Riohacha y Maicao, se lee que la CIDH acepta que se trata de un asunto “de gravedad”.
La CIDH resaltó que los niños wayuus viven en la Alta Guajira -en paisajes “áridos y desérticos- en una crisis humanitaria, pues en los últimos ocho años (hasta 2015), 4.770 pequeños habrían muerto por desnutrición aun cuando podía evitarse. Así lo han reconocido entidades como la Defensoría del Pueblo. En ese momento, según la Comisión, el Estado colombiano no entregó “información consistente” sobre su estrategia para evitar que más niños siguieran muriendo por falta de comida y de atención en salud. En ese momento, la CIDH pidió al Estado “medidas necesarias para preservar la vida y la integridad” de los niños wayuus.
Las segundas medidas cautelares se profirieron en enero de 2017. O, más bien, la CIDH amplió la base de beneficiarios de la decisión de 2015 e incluyó a las mujeres gestantes y lactantes de esta comunidad. “La última información aportada sugiere que un aproximado de 623 mujeres wayuus en estado de gestación no estarían teniendo acceso a servicios en salud materna, desde una perspectiva integral, culturalmente adecuada y que tome en consideración las dinámicas territoriales de la zona”, resaltó la Comisión. En diciembre de 2017 vino otra ampliación de beneficiarios de las medidas cautelares: los adultos mayores.
::Las cédulas de la burla wayuu::
Entre 2016 y 2019, la Corte Constitucional se ha pronunciado cuatro veces -al menos esos son los fallos que destacan los demandantes- frente al tema de la comunidad wayuu. En la discusión por el primer fallo, la Asociación Shipia Wayuu confirmó la ejecución de “una serie de ‘acciones relámpago’ desplegadas por diferentes entidades públicas”, fruto de la decisión de la CIDH. No obstante, manifiestan que la situación de vulneración de los derechos humanos de las comunidades persiste y es especialmente grave en el caso de los niños”. En ese momento, la pelea era específicamente con el ICBF.
El organismo, reclamaron los wayuus, hizo pronunciamientos públicos señalando que “a pesar de que los niños tengan atención integral y las familias alimentos y servicio de salud, como ‘tradición cultural’ se prefiere alimentar a los adultos y no acceder al uso de servicios médicos”. Los indígenas calificaron las aseveraciones de “desconsideradas, irrespetuosas” y expusieron que, así, el Estado justificaba sus falencias. Esa pelea no la ganaron los wayuus, pero la Corte se pronunció además sobre algo clave: ordenó la protección de “los derechos de los niños del pueblo wayuu, especialmente los relativos a la salud y alimentación adecuada”.
En 2017 vino una segunda tutela muy importante: la T-302, que declaró “un estado de cosas inconstitucional” sobre el goce de los derechos a la alimentación, a la salud, al agua potable y a la participación de los niños y niñas del pueblo wayuu. El fallo, sin embargo, tiene un gran pero para los indígenas: ordenó un “mecanismo especial de seguimiento” para la superación de ese estado de cosas inconstitucional que, lo confirmó la propia Corte en mayo de este año, no ha sido creado aún. “Los frutos que se esperan de una decisión con cosa juzgada constitucional, dictada por la máxima autoridad constitucional de Colombia, no existen”, reprochan los wayuus.
En agosto de 2018, el alto tribunal se refirió al tema por tercera vez. Acumuló varias demandas similares que, en pocas palabras, protestaban por “la falta de abastecimiento de agua potable, la escasez de alimentos, el efímero servicio de salud y la falta de atención integral a los niños, niñas y adolescentes, madres lactantes y gestantes”. Para ese momento la Comisión Interamericana ya había ordenado reiteradamente medidas cautelares para esta comunidad indígena, para sus niños, sus viejos y sus madres gestantes. Los wayuus sostienen que las disposiciones de ese organismo internacional han caído en oídos sordos.
::El pueblo wayuu que el carbón desterró::
En el fallo de 2018, la Corte pidió al Tribunal Administrativo de Riohacha que informara a estos indígenas y a las entidades estatales involucradas del estado de cosas inconstitucional declarado en 2017, “razón por la cual su situación debe ser atendida por las autoridades vinculadas a la superación del estado de cosas descrito, en el marco de las medidas y políticas estructurales que se adelanten”. Para los indígenas se trata de letra muerta. Tan muerta, que la propia Corte tuvo que admitir en el fallo más reciente de este asunto, en 2019, que el mecanismo especial que ordenó crear no se ha constituido.
En julio de este año, la Contraloría elaboró un dictamen sobre el cumplimiento de la sentencia de 2017, la que declara el estado de cosas inconstitucional para el pueblo wayuu. Sus hallazgos, sostienen los demandantes ante la CIDH, no dan consuelo: “Hubo incumplimiento en la entrega de los alimentos (…) términos de cantidad, calidad y oportunidad”. “Existe ‘incumplimiento material’ respecto al ‘acceso al agua potable’ debido a la ‘baja inversión realizada por las entidades responsables’”. “Existió ‘insuficiente inversión para garantizar los derechos de los niños y niñas del pueblo wayuu al agua, a la alimentación, a la salud (…)”.
“Corte, por favor escúchenos”
Marcela Epieyú, representante legal encargada de la Asociación Shipia Wayuu, le dijo a este diario que considera la petición al sistema interamericano importante, “porque vamos a completar dos años de incumplimiento de las medidas cautelares. El estado en que se encuentra la comunidad es vulgar, duele. Todos los días se mueren nuestros niños en nuestras narices y nada pasa. Contrario a lo que se esperaba cuando nos otorgaron las medidas, el Gobierno decidió volvernos sus enemigos, perseguirnos, segregar a la comunidad. En el transcurso de este año nada más van unos 50 niños fallecidos por absoluta hambre”.
Esta líder indígena sostiene que, con este recurso, su comunidad espera “que el Estado empiece a hacer su tarea, que se generen proyectos productivos, reales y acordes con las necesidades del territorio”. Epieyú afirma que el tema de la salud está tan complejo como el de la alimentación y que, de no ser por una “única” funcionaria del Ministerio de Salud “que se ha puesto la camiseta”, a los wayuus de la Alta Guajira no los atenderían. Pero, agrega, “después de lo que pasó con Javier Rojas, el representante anterior de la Asociación, todo se tiñó de miedo. Le montaron un falso positivo judicial y las amenazas continuaron para los que seguimos peleando”.
Todos estos fallos y anexos de entidades colombianas los tiene ya la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, a la cual le pidieron, esta vez, la intervención de la Corte Interamericana para que “adopte medidas provisionales a favor de los niños, niñas, adolescentes, mujeres lactantes y gestantes, y adultos y adultas mayores de la comunidad wayuu, en términos similares a las medidas cautelares dictadas previamente a favor de la comunidad, dado que se conforman los requisitos de extrema gravedad, urgencia e irreparabilidad previstos en la Convención Americana”. En ese tribunal están puestas ahora sus esperanzas.
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