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                                                                                                                              Referendo antiaborto: entre su improcedencia y las irregularidades (Opinión)

                                                                                                                              En esta columna, Juliana Martínez Londoño habla de las irregularidades que ha tenido la iniciativa del referendo antiaborto. Ella es doctora en Ciencias Humanas y Sociales, integrante de La Mesa por la Vida y la Salud de las Mujeres y el Movimiento Causa Justa, y exsecretaria de las mujeres de Medellín.

                                                                                                                              Juliana Martínez Londoño

                                                                                                                              Juliana Martínez Londoño. Doctora en Ciencias Humanas y Sociales. Integrante de La Mesa por la Vida y la Salud de las Mujeres y el Movimiento Causa Justa, y exsecretaria de las mujeres de Medellín.
                                                                                                                              Foto: Causa Justa

                                                                                                                              En el 2022 iniciaron su curso dos iniciativas de referendo enfocadas en modificar el artículo 11 de la Constitución. Aunque tenían algunas diferencias, el principal propósito de ambas era que se reconociera el derecho a la vida desde la concepción y, con ello, limitar la autonomía reproductiva de las mujeres. La iniciativa, que lideraban políticos de los partidos Centro Democrático, Conservador y Colombia Justa Libres, fue archivada en mayo de este año por no contar con los apoyos suficientes y sin haber entregado, dentro del plazo de ley, información sobre sus finanzas. La otra iniciativa, que impulsan iglesias cristianas, especialmente la Misión Carismática Internacional y cuya vocera es Sara Castellanos, se encuentra actualmente en etapa de verificación de apoyos por parte de la Registraduría Nacional del Estado Civil.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              Lea también: Causa Justa advierte irregularidades en iniciativa de referendo antiaborto

                                                                                                                              Vigilantes ante estas amenazas y comprometidas con la protección de nuestros derechos, el movimiento Causa Justa, que interpuso la demanda que estudió la Corte Constitucional para eliminar el delito de aborto consentido hasta la semana 24 de gestación, encausó parte de sus esfuerzos al seguimiento de estas iniciativas. A partir de su revisión, se han identificado irregularidades que hacen dudar de la transparencia del proceso y de las funciones que cumplen la Registraduría y el Consejo Nacional Electoral (CNE) frente a las mismas.

                                                                                                                              En el seguimiento realizado por Causa Justa a la iniciativa que sigue en trámite, encontramos conductas institucionales que van en detrimento de los principios de transparencia y publicidad, y del derecho de acceso a la información.

                                                                                                                              Read more!

                                                                                                                              La resolución mediante la cual la Registraduría autorizó la inscripción del comité promotor se publicó cinco meses después de su expedición en el sitio web de la entidad, sin que se justificara la tardanza en el cumplimiento de esta obligación legal, de la que depende el conocimiento público sobre el inicio del proceso. Tampoco fueron publicadas las actas de entrega de las firmas, frente a las que, si bien no hay disposición legal expresa, aplica la obligación de publicación y divulgación proactiva.

                                                                                                                              El derecho de acceso a la información involucra el deber de las entidades de promover y generar una cultura de transparencia, por ello, deben publicar y divulgar de manera proactiva documentos y archivos de interés público, máxime ante un mecanismo de participación ciudadana que promueve precisamente la materialización de la participación democrática que aquí se ha visto vulnerada. Además, el acceso a la información que es requisito para la veeduría y el control ciudadano sobre los poderes públicos también fue entorpecida con respuestas tardías, incompletas y que inducen al error ante derechos de petición.

                                                                                                                              En otro nivel está una respuesta que falta a la verdad del director de Censo Electoral, Roberto Cadavid, quien negó en marzo de 2023 que el comité promotor hubiera entregado las firmas. Posteriormente, Causa Justa conoció que, en septiembre de 2022, se había hecho entrega de los apoyos recogidos entre el 23 de febrero y el 23 de septiembre de ese año, según consta en el Acta 001 de 2022, que fue firmada por el mismo funcionario, contradicción que no ha sido explicada.

                                                                                                                              Adicionalmente, el CNE les concedió una prórroga en el plazo de recolección de firmas, lo que es injustificado, ya que el comité promotor no probó cómo el fenómeno de La Niña impidió esa actividad. Aunque las lluvias están fuera del control humano, no se acreditó que sus efectos configuraran una fuerza mayor, requisito legal para la autorización de la prórroga. A pesar de que se presentó una acción de nulidad contra esta decisión ante el Consejo de Estado, este tribunal consideró que la resolución en la que se otorga la prórroga es un acto administrativo de trámite y que, por lo tanto, no es susceptible de estudio judicial, lo que genera inquietudes sobre el control a este tipo de decisiones del CNE. Valga decir que, a la fecha, la resolución que autoriza la prórroga no se encuentra publicada en la página de la entidad.

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              Para algunas personas, estos hallazgos pueden parecer menores ante la cantidad de faltas y deficiencias del Estado colombiano y sus instituciones, particularmente, ante la cuestionada independencia y transparencia de los órganos electorales. Pero ojo, esto no es menor. Desde Causa Justa queremos enfatizar lo improcedente que resulta deformar un mecanismo de participación ciudadana al punto de ser presentado sin ningún tipo de límite para atacar derechos fundamentales, contrariando la aspiración de ampliación democrática que condujo a incorporar en nuestra Constitución alternativas directas de participación. Así mismo, en la práctica estamos observando que los procedimientos se están adelantando con fallas, de manera que truncan la cultura de participación democrática que buscan alentar, y ponen en duda su legalidad.

                                                                                                                              Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

                                                                                                                              Juliana Martínez Londoño. Doctora en Ciencias Humanas y Sociales. Integrante de La Mesa por la Vida y la Salud de las Mujeres y el Movimiento Causa Justa, y exsecretaria de las mujeres de Medellín.
                                                                                                                              Foto: Causa Justa

                                                                                                                              En el 2022 iniciaron su curso dos iniciativas de referendo enfocadas en modificar el artículo 11 de la Constitución. Aunque tenían algunas diferencias, el principal propósito de ambas era que se reconociera el derecho a la vida desde la concepción y, con ello, limitar la autonomía reproductiva de las mujeres. La iniciativa, que lideraban políticos de los partidos Centro Democrático, Conservador y Colombia Justa Libres, fue archivada en mayo de este año por no contar con los apoyos suficientes y sin haber entregado, dentro del plazo de ley, información sobre sus finanzas. La otra iniciativa, que impulsan iglesias cristianas, especialmente la Misión Carismática Internacional y cuya vocera es Sara Castellanos, se encuentra actualmente en etapa de verificación de apoyos por parte de la Registraduría Nacional del Estado Civil.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              Lea también: Causa Justa advierte irregularidades en iniciativa de referendo antiaborto

                                                                                                                              Vigilantes ante estas amenazas y comprometidas con la protección de nuestros derechos, el movimiento Causa Justa, que interpuso la demanda que estudió la Corte Constitucional para eliminar el delito de aborto consentido hasta la semana 24 de gestación, encausó parte de sus esfuerzos al seguimiento de estas iniciativas. A partir de su revisión, se han identificado irregularidades que hacen dudar de la transparencia del proceso y de las funciones que cumplen la Registraduría y el Consejo Nacional Electoral (CNE) frente a las mismas.

                                                                                                                              En el seguimiento realizado por Causa Justa a la iniciativa que sigue en trámite, encontramos conductas institucionales que van en detrimento de los principios de transparencia y publicidad, y del derecho de acceso a la información.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              El derecho de acceso a la información involucra el deber de las entidades de promover y generar una cultura de transparencia, por ello, deben publicar y divulgar de manera proactiva documentos y archivos de interés público, máxime ante un mecanismo de participación ciudadana que promueve precisamente la materialización de la participación democrática que aquí se ha visto vulnerada. Además, el acceso a la información que es requisito para la veeduría y el control ciudadano sobre los poderes públicos también fue entorpecida con respuestas tardías, incompletas y que inducen al error ante derechos de petición.

                                                                                                                              En otro nivel está una respuesta que falta a la verdad del director de Censo Electoral, Roberto Cadavid, quien negó en marzo de 2023 que el comité promotor hubiera entregado las firmas. Posteriormente, Causa Justa conoció que, en septiembre de 2022, se había hecho entrega de los apoyos recogidos entre el 23 de febrero y el 23 de septiembre de ese año, según consta en el Acta 001 de 2022, que fue firmada por el mismo funcionario, contradicción que no ha sido explicada.

                                                                                                                              Adicionalmente, el CNE les concedió una prórroga en el plazo de recolección de firmas, lo que es injustificado, ya que el comité promotor no probó cómo el fenómeno de La Niña impidió esa actividad. Aunque las lluvias están fuera del control humano, no se acreditó que sus efectos configuraran una fuerza mayor, requisito legal para la autorización de la prórroga. A pesar de que se presentó una acción de nulidad contra esta decisión ante el Consejo de Estado, este tribunal consideró que la resolución en la que se otorga la prórroga es un acto administrativo de trámite y que, por lo tanto, no es susceptible de estudio judicial, lo que genera inquietudes sobre el control a este tipo de decisiones del CNE. Valga decir que, a la fecha, la resolución que autoriza la prórroga no se encuentra publicada en la página de la entidad.

                                                                                                                              No ad for you

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                                                                                                                              Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

                                                                                                                              Por Juliana Martínez Londoño

                                                                                                                              Ver todas las noticias
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