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El magistrado Héctor Carvajal no seguirá participando en la decisión que definirá el futuro de la reforma pensional del gobierno de Gustavo Petro en la Corte Constitucional. Este lunes, la Sala Plena del alto tribunal lo apartó del expediente, al encontrar que estaba impedido por haber sido asesor de Colpensiones, mientras que la iniciativa se estaba tramitando. Ahora, a la corte solo le resta debatir y votar la ponencia presentada por el magistrado Jorge Enrique Ibáñez, en la que se pide tumbar la totalidad de la reforma.
Desde principios de octubre pasado, la senadora Paloma Valencia, quien demandó la reforma ante la Corte Constitucional, recusó al magistrado Carvajal, alegando que él fue el asesor del fondo público de pensiones y emitió conceptos sobre el caso en el que ahora entraba a ser juez. Tras revisar las pruebas, la Sala Plena encontró que, en efecto, Carvajal, exabogado y amigo personal del presidente Petro, no podría seguir participando del caso.
La decisión fue tomada en una Sala Plena extraordinaria convocada para las nueve de la mañana de este lunes, en la que se tenía como único proceso en el orden del día la reforma pensional. Dentro de lo revisado por la Sala Plena para apartar a Carvajal del expediente, están los documentos enviados por Colpensiones, como las copias de los contratos y conceptos que haya tenido el ahora magistrado con la entidad. Según conoció este diario, se llamará a Carlos Pablo Márquez como conjuez para que participe en la votación sobre la ponencia de Ibáñez.
La recusación en contra del magistrado Carvajal estuvo atravesada por tensiones entre el magistrado ponente, Ibáñez, y Colpensiones. Desde el pasado 28 de octubre, el magistrado Ibáñez, había pedido a Colpensiones que enviaran una serie de pruebas para resolver una recusación presentada contra su compañero de Sala, pero, para Ibáñez, las pruebas fueron enviadas mal y lanzó un regaño.
El magistrado Ibáñez dijo el pasado 7 de noviembre que pese a la claridad de las órdenes que dio, “Colpensiones no presentó en debida forma las pruebas solicitadas”. Según explicó, la documentación que envió el fondo público “no satisface los estándares mínimos de autenticidad, completitud e integridad exigidos por la normativa que regula la aportación de documentos para su valoración judicial”.
De acuerdo con lo que expuso en ese momento, Colpensiones “en lugar de remitir los archivos electrónicos originales requeridos —que permitirían verificar su autoría, fecha de creación y trazabilidad institucional—, la entidad remitió una compilación de imágenes y extractos de documentos desprovistos de sus propiedades digitales y metadatos".
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