A la par con las controversiales reformas de salud, justicia y penitenciaria, en los últimos días el gobierno Petro presentó su proyecto de ley para regular lo que, ante la falta de una normativa precisa del Estado, puede llamarse el “alquiler de vientres”. El nombre técnico es “maternidad subrogada” o, como quieren los ministerios de Justicia y de Salud, “subrogación uterina para la gestación”. Independientemente del nombre, la técnica de reproducción asistida es la misma: una mujer, generalmente con necesidades económicas, dispone de su vientre para que un adoptante soltero o una pareja infértil encargue la gestación de un bebé.
Gánale la carrera a la desinformación NO TE QUEDES CON LAS GANAS DE LEER ESTE ARTÍCULO
¿Ya tienes una cuenta? Inicia sesión para continuar
Los ministerios presentaron su iniciativa a petición de la Corte Constitucional, la cual denunció que en Colombia la práctica no está permitida ni regulada. Y, por tanto, en el país los alcances de la subrogación uterina los determinan las empresas que ofrecen los servicios (y los vientres de sus colaboradoras), como si se tratara de un plan turístico o la compra de un regalo por internet. El proyecto de ley ya está en manos del Congreso y su pilar es el altruismo. No habrá prohibición, pero tampoco libertad total. Con este planteamiento, la subrogación uterina será permitida siempre y cuando no haya un pago entre la parte adoptante y la persona gestante. No nombran a la mujer como madre, porque tendrá prohibido prestar también sus óvulos y, así, tener relación genética con el bebé.
Luego de consultar varias voces, que iban desde el feminismo, hasta la bioética, el Gobierno sentó las reglas de su regulación. Entre ellas, que los padres adoptantes demuestren médicamente su infertilidad y tengan entre 25 y 50 años. Esto último con el objetivo de que la esperanza de vida sea suficiente para darle garantías al niño por nacer. Las mujeres que dispongan de su vientre tendrían entre 24 y 34 años. Debe haber sido madre al menos una vez y solo podrán entregar hasta dos bebés por subrogación uterina. Tendrán derecho a abortar hasta la semana 24 de gestación y recibir compensaciones periódicas, en cada una de las etapas de inseminación, gestación, parto y posparto.
Helena Hernández, abogada penalista y experta en derechos de la mujer, considera que el solo hecho de regular la subrogación uterina va en contravía de la dignidad humana. “Implica comercializar con mujeres y niños. Ambos se instrumentalizan. La mujer para gestar y parir, y el niño o niña para ser adquirido por otras personas, distintas a aquella con la que tuvo vínculo por nueve meses, el cual se da independientemente tenga o no sus genes”. Cuestionó el mismo nombre de la “subrogación uterina para la gestación”, porque, determinando así el proyecto de ley, los ministerios estarían “tratando de esconder nada más y nada menos que la trata de personas y la explotación reproductiva de mujeres”.
Hernández, además, considera que el altruismo será imposible en este tipo de prácticas, que además serían certificadas mediante un contrato y registradas ante las notarías. A esa idea se adhiere María Cristina Hurtado, exdefensora del Pueblo delegada para la infancia y las mujeres, quien le reprocha al Gobierno proponer la reglamentación como si se tratara de una transacción de derecho civil. De hecho, para referirse a las compensaciones, los ministerios usan la palabra “daño emergente y lucro cesante”, que son los mismos términos que se utilizan para tasar indemnizaciones en procesos donde la plata es el centro del expediente. Entre lo más grave para Hurtado está llamar a las mujeres “personas gestantes”, y a los bebés, “productos de la gestación”.
El proyecto “deja abierta económicamente la tasación de los gastos médicos, de traslado, asesoramiento legal y psicológico, todos aquellos que sean consecuencia directa de la subrogación, incluidos los derivados de los tratamientos para provocar el embarazo, parto y posparto. Los intereses comerciales de quienes intervienen —centros de fertilidad, bufetes de abogados, psiquiatras, médicos, psicólogos...— pueden poner en riesgo el ánimo altruista del proyecto de ley y de la figura de subrogación uterina, que prohíbe los fines comerciales y el ánimo de lucro. ¿No se estaría privilegiando el deseo de particulares sobre los derechos humanos de sujetos de especial protección legal, constitucional y convencional, como los niños, niñas y las mujeres?”, señaló Hurtado.
Los particulares ya están haciendo lo que quieren con el proceso en Colombia. Mientras en Estados Unidos “alquilar un vientre” cuesta hasta US$65.000, según las empresas que ofrecen el servicio, en el país los costos oscilan entre $15 y $30 millones. Lo ofrecen a los clientes entre uno o dos bebés. Previamente, los centros de fertilidad escogen a la donante de óvulo, para garantizar la gestación de un niño sano. Se escoge, además, a las “madres de alquiler”, quienes pasan por un proceso de verificación de salud, tanto física como psicológica. Luego de ello, se firma un contrato de subrogación, cuyos términos incluyen que la mujer que ofrece su vientre no reclame derecho sobre el bebé. El cliente puede elegir más o menos garantías dependiendo del plan que escoja.
Angélica Bernal, magíster en Bioética e investigadora de la gestación por sustitución, ha estudiado la práctica de cerca. En su tesis de maestría publicada por la Universidad Javeriana establece que, como las subrogaciones en la realidad se contratan por la necesidad de la mujer, y no por deseo, se podría discutir si se trata de una nueva forma de esclavitud. Identificó que entre los fenómenos que fomentan la práctica están la pobreza, el desempleo, la falta de inclusión social y la violencia que, en general, golpea a las colombianas. Alquilar el vientre termina siendo una opción lucrativa y de poco riesgo, en comparación con la prostitución, el narcotráfico, las ventas ambulantes, el servicio doméstico y otras actividades a las que las mujeres se ven obligadas a recurrir para subsistir.
“Ante estas condiciones adversas de vida, las mujeres optan por esta práctica menos desfavorable en términos de vulneración de sus derechos. También debemos señalar que Colombia se ha vuelto uno de los destinos para las personas que buscan tener descendencia por medio de la gestación por sustitución. Así, en el país hay una gran oferta, la cual conlleva a que los precios del mercado sean bajos en contraposición a otros países”, agrega Bernal. La profesional en bioética lamentó que el Gobierno no hubiese solicitado al Ministerio de Salud la creación de una base de datos con la cual se pueda hacer seguimiento a los eventuales procedimientos que cuenten con la regulación de las instituciones del Estado.
Entre los riegos para la salud, Bernal sostiene que las mujeres que prestan su vientre deben someterse a consumir altas dosis de hormonas para preparar su útero. Las mujeres que, del otro lado del negocio, prestan sus óvulos, fuerzan la producción artificial de las mismas células sexuales, lo cual puede generar una menopausia precoz. Bernal citó la investigación de la psicóloga londinense Vivette Glover, quien ha publicado con la Universidad de Cambridge y la Sociedad Internacional de Neurociencia del Comportamiento, según la cual los bebés que nacen de madres que gestaron en altas condiciones de ansiedad tienen riesgo de presentar problemas conductuales o emocionales, como déficit de atención e hiperactividad.
Al respecto, Alexandra Delgado, viceministra de Promoción de la Justicia, le respondió a este diario que la creación de un delito no es “la única prohibición jurídica posible”. En el entendido de que, como lo plantea el proyecto, las superintendencias de seguridad social en salud y del servicio público de notariado se encargarían de imponer las sanciones a quienes, en la cadena, fallen a las reglas planteadas. Eso no implica que no haya respuesta penal de la Fiscalía, en sus palabras, cuando se presente la venta de un niño, el traslado de una persona en Colombia o hacia el exterior con fines de explotación, el que cause el aborto a una mujer sin su consentimiento o la manipulación de genes humanos con finales diferentes a la investigación científica.
“La regulación brinda la posibilidad de que las personas tengan una opción adicional para formar una familia, además de las ya existentes, como la adopción, y acudir a otros procedimientos médicos de reproducción asistida”, concluyó la viceministra Delgado. Su proyecto, apoyado por la cartera de Salud de Carolina Corcho, ya está andando en la Cámara. En el Legislativo, los representantes se darán la pelea en nombre de sus votantes. Los expertos están divididos, por una práctica de reproducción que toca desde lo judicial hasta lo ético. Las reglas determinarán si Colombia sigue siendo una tierra fértil para el “alquiler de vientres” o si se cumple la promesa del altruismo que, en el papel, sacaría el factor dinero de la ecuación. Una en la que hay vidas de por medio.